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No prospera en Santa Fe el sistema de historias clínicas y recetas digitales

Kahlow, con escaso apoyo, insiste en crear una base de datos única de salud

No prospera en Santa Fe el sistema de historias clínicas y recetas digitales
En la sesión ordinaria de prórroga del pasado día jueves 20 de noviembre de 2014 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, el diputado provincial Germán Kahlow (FR-100%SF) obtuvo el apoyo necesario sobre tablas para el proyecto de ley (expediente 28932 100%S) (expediente 30489 CD) de su autoría, por 26 votos afirmativos, 9 votos negativos, 3 abstenciones, 11 ausencias y la presidencia del diputado justicialista Luis Rubeo (KFV), por el cual, y por intermedio de 30 artículos cuidadosamente elaborados y distribuidos en 5 Capítulos, “se establece el sistema de historias clínicas y recetas digitales para todo paciente de la provincia, a cuyo efecto se crea la base de datos única de salud, que permitirá el almacenamiento y gestión de todas las historias clínicas digitales”; comunicando otra vez la media sanción al Senado para su estudio y consideración porque, vale recordar, el mencionado diputado provincial, acompañado de los pares de bancada de ese momento: Darío Vega (FR-100%SF) quien continúa en el mismo bloque y Marcela Aeberhard (ex100%SF), hoy miembro integrante del Bloque Kirchnerista en el Frente para Victoria (KFV), había obtenido en la sesión ordinaria de prórroga del día jueves 29 de noviembre de 2012, hace poco más de dos años, el respaldo del resto de los diputados y diputadas oficialistas y de la oposición, por unanimidad en esa ocasión, para el proyecto de ley (expediente 26681 100%S) de similar tenor al aprobado ahora en la forma señalada más arriba, perdiendo en aquella oportunidad estado parlamentario por falta de tratamiento en tiempo y forma en la Cámara de Senadores.
 
Cabe resaltar que este nuevo intento, y con escaso apoyo legislativo, deberá aguardar para ser considerado hasta después del 1º de mayo de 2015, fecha de inicio del nuevo período ordinario de sesiones, aunque no con muchas posibilidades, porque los senadores oficialistas y de la oposición siguen remisos a su tratamiento y, además, no cuenta con el respaldo del Poder Ejecutivo Provincial.
 
La presente ley tiene por objeto regular el establecimiento del sistema de historias clínicas y recetas digitales, instrumentando los recaudos necesarios para su operatoria dentro de la jurisdicción provincial, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 13º de la Ley Nacional Nº 26.529, con la finalidad de efectivizar el derecho a la salud de la población mediante la provisión oportuna en todo lugar y en tiempo real de sus datos y archivos médicos; mejorar la eficiencia del sistema de salud en su conjunto; garantizando la confidencialidad y suficiente protección de los datos personales y clínicos de cada paciente.
 
Queremos enriquecer nuestra legislación a fin de garantizar el derecho que toda persona tiene al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, creando condiciones que aseguren a todos mejores estándares de asistencia médica y, en esa línea, haciendo uso de las facultades conferidas por la Constitución Nacional y la Constitución Provincial, buscamos consagrar este nuevo derecho: el derecho a una historia clínica y receta digital como documento obligatorio cronológico, foliado y completo en el que conste toda actuación realizada al paciente por profesionales y auxiliares de la salud, respetándose la integridad, unicidad e inviolabilidad.
 
Contar con una historia clínica única, homogénea, universal y digitalizada, permitirá garantizar a todos los ciudadanos un servicio de información online muy valioso, dada la importancia que implica tener dicha información actualizada y accesible en cualquier lugar del mundo en todo momento. Este servicio que el Estado puede brindar a todos los santafesinos, mejorará la calidad de atención clínica al proveer en forma sencilla, real y ágil, información clínica relevante en el momento de tomar contacto con el paciente.
 
Para un profesional de la salud es fundamental contar con información detallada, procesada y transmitida bajo estrictos criterios profesionales sobre un paciente al momento de tomar decisiones. Muchas personas enfrentan situaciones adversas evitables, ya que muchas decisiones médicas pueden cambiar de rumbo con solo conocer un simple dato genético, una afección orgánica anterior, o una intervención previa que al momento de decidir el profesional desconoce.
 
La receta digital tiene como objetivo el acceso electrónico a las órdenes de prescripción de medicamentos desde cualquier punto de dispensación de la provincia, garantizando que los ciudadanos puedan retirar los medicamentos que tienen prescriptos desde cualquier farmacia del territorio santafesino sin necesidad de presentar una receta en papel, desligando al médico de la función administrativa de la receta médica, especialmente en casos de enfermedades crónicas y favorecer el desarrollo de los programas de uso racional del medicamento.
 
La receta digital es muy difícil de falsificar o fabricar ilegalmente; puede enviarse por e-mail a cualquier sitio del país o del mundo; evita las malas praxis farmacéuticas originadas en la incorrecta lectura de la prescripción; provee de gran información al médico, al farmacéutico, a la prepaga u obra social y al inspector del Ministerio de Salud, facilitando la administración de sus actividades; el médico puede confeccionarla en cualquier lugar del mundo donde se encuentre si tiene acceso a Internet; se consigue una ágil administración y se brinda libertad e independencia a los profesionales médicos y farmacéuticos, porque se autogestionan.
 
Queremos, en definitiva, que se proceda a la creación de un sitio web gubernamental donde se estructure el archivo de historias clínicas y recetas digitales y, de esta manera, cada ciudadano podrá consultar su historia clínica en cualquier parte del mundo y en cualquier momento. Además, cada profesional de la medicina tendrá la posibilidad de observar ante cada consulta o emergencia, previa autorización, la historia clínica del paciente y actualizarla al instante de manera simultánea; fundamentó el diputado provincial Germán Kahlow (FR-100%SF) el proyecto de ley (expediente 28932 100%S) (expediente 30489 CD) de su autoría, aprobado en la sesión ordinaria de prórroga del día jueves 20 de noviembre de 2014 de la Cámara de Diputados, sobre tablas, por 26 votos afirmativos, 9 votos negativos, 3 abstenciones, 11 ausencias y la presidencia del diputado justicialista Luis Rubeo (KFV), comunicándose la media sanción al Senado para su estudio y consideración, recordando que similar proyecto de ley, hace algo más de dos años, el 29 de noviembre de 2012, en esa oportunidad por unanimidad, había recibido la media sanción correspondiente, perdiendo estado parlamentario por falta de tratamiento en la Cámara de Senadores.
 
Corresponde acotar que el citado proyecto de ley, nuevamente con media sanción de la Cámara de Diputados, aunque con escaso apoyo parlamentario, y que estudian las comisiones de Salud Pública y Conservación del Medio Ambiente Humano y de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Senadores desde la sesión ordinaria de prórroga del pasado día jueves 27 de noviembre de 2014, deberá aguardar para su consideración hasta después del 1º de mayo de 2015, fecha de inicio del nuevo período ordinario de sesiones, pero con pocas posibilidades en cuanto a su aprobación debido a que los senadores oficialistas y de la oposición continúan renuentes a su tratamiento y, además, no cuenta con el beneplácito del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Publicado: 22/Enero/2015

Fuente: Susana Goris


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