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[ 04.03.2015 10:14 ]   ›

Pullaro advierte del daño que causan las radiaciones de las telecomunicaciones

Se propone, por Ley, un Sistema de Monitoreo de las Radiaciones no Ionizantes 

Pullaro advierte del daño que causan las radiaciones de las telecomunicaciones
El diputado provincial radical Maximiliano Pullaro (UCR-FPCS), reconociendo como antecedente el trabajo realizado por alumnos que cursan el primer año en la Escuela de Educación Secundaria Orientada Nº 425 “Pablo A. Pizzurno” de la localidad de Melincué; quienes, bajo la coordinación de los docentes Ramiro Barryero, Aníbal Luis Tinnirello y Juliana Cagrandi, llevaron a cabo un profundo trabajo multidisciplinario de investigación en relación al impacto en el medio de las radiaciones no ionizantes; el marco legal supranacional, nacional y provincial que debiera regular su control; y una propuesta de ley provincial que apunta en ese sentido; ingresó el proyecto de ley (expediente 29899 FP-UCR) de su autoría, por mesa de movimiento de expedientes de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, el día miércoles 24 de diciembre de 2014, para ser considerado a partir del 1º de mayo de 2015, fecha de inicio del próximo período ordinario de sesiones; por el cual, a través de siete artículos cuidadosamente elaborados, propone la creación, en el ámbito territorial de la Provincia de Santa Fe, del Sistema de Monitoreo de Radiaciones no Ionizantes.
 
El Sistema tendrá como objeto la medición de radiaciones electromagnéticas en antenas de radio, televisión y telefonía celular; transformadora de alta tensión; y, en general, en todo objeto susceptible de ser un núcleo emisor de radiaciones no ionizantes. Serán monitoreados todos estos objetos ubicados en sitios en los cuales, en un radio de doscientos (200) metros contados a partir del lugar del emplazamiento del mismo, existan áreas habitadas; entendiéndose como tal “los espacios en los que habitan o trabajan en forma permanente seres humanos, sean o no áreas densamente pobladas”.
 
La aplicación del Sistema de Monitoreo estará a cargo de los Municipios y Comunas que decidan adherir a la presente Ley. Los costos de implementación del Sistema estarán a cargo de los Municipios y Comunas que adhieran al mismo, los que podrán trasladar dichos costos a las personas físicas o jurídicas titulares del objeto potencialmente emisor de radiaciones no ionizantes. Se invita a los Municipios y Comunas a adherir a la presente Ley.
 
Las radiaciones no ionizantes son aquellas que “no poseen suficiente energía para arrancar electrones de los átomos con los que interaccionan, es decir, para producir ionizaciones”. Y, entre las más comunes a las que estamos expuestos, podemos enumerar las generadas por líneas de corriente eléctrica, por campos eléctricos estáticos, por ondas de radiofrecuencia, y en el ámbito de las telecomunicaciones.
 
Este tipo de radiación no es inocua, sino que produce alteraciones biológicas como calentamiento, alteración de reacciones químicas, e inducción de corriente eléctrica en tejidos y células, que incluso podrían conducir a procesos patológicos. Durante los últimos años, el desarrollo de las tecnologías que generan este tipo de radiaciones, en particular en materia de telecomunicaciones, ha llevado a que el problema que ocasiona en la salud adquiera un carácter preocupante; y, por lo tanto, se impone una respuesta desde el Estado.
 
La Unión Internacional de Telecomunicaciones recomienda controlar o supervisar los niveles de intensidad del campo electromagnético. En el mismo sentido se expidió la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones de la OEA, recomendando a los Estados proveer de información a la población sobre los niveles de exposición a radiofrecuencias a los que la misma está expuesta.
 
En cuanto al respaldo legal de la propuesta, se funda en numerosas normas, caso del artículo 41 de la Constitución Nacional: “…Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo…”.
 
Y, de igual modo, en la Ley Provincial Nº 11.717, que en su artículo 1º señala que “…La presente Ley tiene por objeto: asegurar el derecho irrenunciable de toda persona a gozar de un ambiente saludable, ecológicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida y la dignidad del ser humano…”.
 
La misma Ley Provincial Nº 11.717, en su artículo 2º establece: “…La preservación, conservación, mejoramiento y recuperación del medio ambiente comprende, en carácter no taxativo: la regulación, control o prohibición de toda actividad que pueda perjudicar algunos de los bienes protegidos por esta Ley en el corto, mediano o largo plazo…”; fundamentó el diputado radical Maximiliano Pullaro (UCR-FPCS) el proyecto de ley (expediente 29899 FP-UCR) de su autoría, ingresado por mesa de movimiento de expedientes de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe el día miércoles 24 de diciembre de 2014 para ser tratado después del 1º de mayo de 2015, fecha de inicio del nuevo período ordinario de sesiones; no sin antes aclarar que “la iniciativa reconoce como antecedente el trabajo realizado por alumnos que cursan el primer año en la Escuela de Educación Secundaria Orientada Nº 425 ‘Pablo A. Pizzurno’ de la localidad de Melincué”.
 
Cabe destacar que el diputado provincial radical Maximiliano Pullaro (UCR-FPCS), participará en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) del día domingo 19 de abril de 2015, alineado con la fórmula gubernamental: Miguel Lifschitz-Carlos Fascendini, por la Lista Adelante del Frente Progresista Cívico y Social, como precandidato en la Categoría: Diputado Provincial; ocupando el décimo cuarto (14º) lugar de la misma detrás de Antonio Bonfatti, quien la encabeza seguido de Jorge Henn, Clara García, Rubén Galassi, Eduardo Di Pollina, Estela Yaccuzzi, Santiago Mascheroni, Julio Garibaldi, María Cecilia “Marita” Ayala, Oscar Pieroni, Claudio Moyano, Gabriel Real y Joaquín Blanco (h); y precediendo a Inés Bertero, Alicia Gutiérrez, Julián Galdeano, Edgardo Martino, Miguel Solís, María Tejeda, Héctor Gregoret, Omar Martínez, Verónica Benas, Fabián Bastía en el puesto vigésimo cuarto (24º), Eduardo Movigliatti, Roberto Peresón, Susana Bertone y Pablo Miassi en el lugar vigésimo octavo (28º); compulsando contra otras 25 listas de precandidatos a diputados provinciales; para luego competir, una vez integrada la lista de candidatos a través del ordenamiento de los diferentes cocientes obtenidos por aplicar el sistema proporcional D´Hont para la distribución de lugares, por el sistema de boleta única y unificación de padrones, en las elecciones generales del día domingo 14 de junio de 2015, por el Frente Progresista Cívico y Social, contra las otras listas de candidatos a diputados provinciales que superen el piso electoral del 1.5% del padrón general del distrito, en este caso provincial, es decir casi 40.000 votos, con el fin de renovar la banca en la Cámara de Diputados de la Provincia.
 
Publicado: 04/Marzo/2015

Fuente: Susana Goris


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