Vie, 29 de Marzo de 2024 | 4:30 hs.

[ 26.05.2015 12:40 ]   ›

Benas y otros impulsan la “paridad de género” para el acceso a cargos electivos

50% de participación femenina en la confección de todas las listas electorales

Benas y otros impulsan la “paridad de género” para el acceso a cargos electivos
La diputada provincial Verónica Benas (PARES-FPCS), acompañada de las diputadas: Inés Bertero (PS-FPCS), Griselda Tessio (UCR-FPCS), Alicia Gutiérrez (SI-FPCS), Patricia Gazcué (ECP), Miriam Cinalli (UPROF), Mariana Robustelli (ME-FV) y otras, y de los diputados: Eduardo Toniolli (ME-FV), Gerardo Rico (ME-FV), Ricardo Olivera (BJS-FV) y otros; mediante el Proyecto de Ley (Expediente 30045 DB) suscripto por los nombrados, ingresado sobre tablas en la última sesión ordinaria de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe del pasado día jueves 7 de mayo de 20015 y girado a las comisiones permanentes internas para su estudio y consideración, convocada para el próximo día jueves 28 de mayo de 2015 para una nueva sesión ordinaria del Cuerpo Legislativo por la presidencia del mismo a cargo del diputado provincial Luis Rubeo (BJS-FV); pretende modificar el artículo 1º de la Ley Provincial Nº 10.802 a los fines que “en toda lista de candidatos que presenten los partidos políticos para las elecciones provinciales, municipales, comunales y/o de convencionales constituyentes, el cincuenta por ciento (50%), como mínimo, estará integrado por mujeres en forma intercalada y/o sucesiva, comprendiendo la totalidad de las candidaturas titulares y suplentes con posibilidades de resultar electas, cualquiera sea el sistema electoral que se aplicare”.
 
En caso de suscitarse una vacante en la lista, que correspondiera a una mujer, dicha vacante sólo podrá ser cubierta por otra candidata mujer. No serán oficializadas por el Tribunal Electoral de la Provincia de Santa Fe todas aquellas listas que no cumplan con lo dispuesto en el párrafo anterior; con el objeto de garantizar la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres de acuerdo a lo establecido en la Constitución Nacional, adoptándose como regla general el principio de “paridad de género” para la confección de listas de candidatos, orientadas a disputar cargos electivos en órganos colegiados de nuestra provincia.
 
La Ley Nacional Nº 24.012 sancionada en el mes de noviembre de 1991, Ley de Cupo Femenino, primera en su tipo a nivel mundial, determinaba un mínimo de un treinta por ciento (30%) de participación de candidatas mujeres en la integración de listas para disputar cargos electivos. Esta Ley de Cupo Femenino posibilitó que la representación femenina aumentara considerablemente en el caso de la Cámara de Diputados de la Nación a partir de 1993, mientras que en el Senado de la Nación, el incremento se produjo recién a partir de 2001 cuando los senadores nacionales pasaron a ser electos de modo directo por el pueblo de las provincias argentinas.
 
Antes de la puesta en vigor de la Ley de Cupo Femenino, las mujeres apenas ocupaban un 5.4% de las bancas de la Cámara de Diputados de la Nación y un 8% en relación al Senado de la Nación. En la actualidad, el 37% de las bancas en la Cámara de Diputados de la Nación están ocupadas por mujeres (95 diputadas nacionales), elevándose la representación femenina en el Senado de la Nación al 40% (29 senadoras nacionales). En el caso de nuestra provincia, la Ley Nacional Nº 24.012 del Cupo Femenino tuvo su correlato en la Ley Provincial Nº 10.802, sancionada en el mes de mayo de 1992, casi en idénticos términos, porque en lugar de determinar un mínimo de un treinta por ciento (30%) de participación femenina, estableció la tercera parte.
 
La idea de porcentaje mínimo fue progresivamente sustituida por la necesidad de impulsar la “paridad de género en el acceso a los cargos electivos”. Existe un creciente consenso en que dicha paridad se traduciría en una mejora sustancial en la calidad democrática, así como en un ejercicio más pleno de los derechos ciudadanos. En función de ello, se fijó en un cincuenta por ciento (50%) la participación femenina en la confección de listas electorales en Santiago del Estero, Río Negro y Córdoba; y se debate en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para establecer una base de representación semejante en la confección de listas de candidatos.
 
Por nuestra parte, tenemos el convencimiento de que la ampliación del cupo femenino orientada al logro de la “paridad de género”, supondrá un salto cualitativo en términos de participación democrática al incentivar la incorporación de nuevos y valiosos referentes femeninos en la política santafesina; fundamentó la diputada provincial Verónica Benas (PARES-FPCS), acompañada de las diputadas: Inés Bertero (PS-FPCS), Griselda Tessio (UCR-FPCS), Alicia Gutiérrez (SI-FPCS), Patricia Gazcué (ECP), Miriam Cinalli (UPROF), Mariana Robustelli (ME-FV) y otras, y de los diputados: Eduardo Toniolli (ME-FV), Gerardo Rico (ME-FV), Ricardo Olivera (BJS-FV) y otros, el Proyecto de Ley (Expediente 30045 DB) suscripto por los nombrados, presentado sobre tablas y girado a las comisiones internas para su estudio durante la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe del pasado día jueves 7 de mayo de 2015 que, cabe destacar, ha sido convocada para una nueva sesión ordinaria para el próximo día jueves 28 de mayo de 2015, a las 15:00 horas, por la presidencia del Cuerpo Legislativo, comunicándose la convocatoria a todos y cada uno de los diputados y diputadas provinciales, oficialistas y de la oposición, dependiendo de ellos otorgar el quórum reglamentario.
 
Publicado: 26/Mayo/2015

Fuente: Susana Goris


EL CLIMA
NEWSLETTER

Recibí toda la información por
tu casilla de e-mail.

HORÓSCOPO

Obtén tu horóscopo diario con tu pronóstico gratis dándole clic a tu Signo del Zodiaco abajo