[ 21.08.2015 19:39 ] ›
Pirola insiste en la adhesión al Programa de Detección Temprana de la Hipoacusia
Se promueve el estudio temprano de la capacidad auditiva del niño recién nacido
El senador provincial justicialista Rubén Pirola (JDP-Las Colonias), presidente provisional de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, en relación al Proyecto de Ley (Expediente 30951 JL) de su autoría, ingresado nuevamente el 1º de mayo de 2015, obtuvo el dictamen de las comisiones de Salud Pública y Conservación del Medio Ambiente Humano y de Presupuesto y Hacienda, faltando solamente el despacho de la de Asuntos Constitucionales y Legislación General, por el cual: la Provincia de Santa Fe adhiere en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 25.415 sobre el Programa d Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia; con pedido de tratamiento preferencial para la sesión ordinaria del próximo jueves 27 de agosto de 2015 en razón de haber fracasado la del pasado jueves 20 de agosto por falta de quórum reglamentario.
El Senado había otorgado la media sanción, pero perdió su estado parlamentario
Cabe destacar que en la sesión ordinaria de prórroga del jueves 28 de noviembre de 2013 de la Cámara de Senadores, el senador provincial justicialista Rubén Pirola (JDP-Las Colonias) había obtenido el apoyo de sus pares, por unanimidad, para idéntico Proyecto de Ley, el que perdió estado parlamentario en la Cámara de Diputados por falta de tratamiento en tiempo y forma, motivo por el cual insiste con la misma iniciativa para que, como se indica ut supra (más arriba), la Provincia de Santa Fe adhiera en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 25.415 sobre el Programa de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia.
El niño recién nacido tiene derecho al estudio temprano de su capacidad auditiva
Se reconoce en todo el territorio de la Provincia de Santa Fe, el derecho de todo niño recién nacido a que se le estudie tempranamente su capacidad auditiva y se le brinde tratamiento en forma adecuada y oportuna si lo necesitare. Se crea en el ámbito del Ministerio de Salud de la Provincia, que será la autoridad de aplicación de la presente Ley, el Programa Provincial de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia con los objetivos fijados por el artículo 4º de la Ley Nacional Nº 25.415.
Estas prestaciones serán brindadas obligatoriamente por el IAPOS a sus afiliados
El Ministerio de Salud de la Provincia coordinará los contenidos, mecanismos operativos e implementación del Programa con las autoridades nacionales designadas al efecto. Las obras sociales y asociaciones de obras sociales regidas por leyes provinciales, incluido el Instituto Autárquico Provincial de Obras Social (IAPOS), y las entidades de medicina prepaga, que desarrollen sus actividades en la Provincia, deberán brindar obligatoriamente a sus afiliados las prestaciones establecidas en esta Ley.
El Programa se financiará con la partida presupuestaria del Ministerio de Salud
Los gastos que demande el cumplimiento del Programa Provincial de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia creado por la presente Ley, se financiarán con los créditos correspondientes a la partida presupuestaria del Ministerio de Salud, con excepción de los que se encuentran a cargo de las entidades enunciadas más arriba.
Se calcula que 5 de cada 1.000 niños y niñas nacen con alguna forma de sordera
Se calcula que uno (1) de cada 1.000 niños nace con sordera bilateral profunda y cinco (5) de cada 1.000 niños con otras formas de sordera. La hipoacusia (sordera) durante los primeros años de vida puede dificultar no sólo la adquisición del lenguaje, sino también el desarrollo psicológico e intelectual del niño, con las repercusiones posteriores en su desarrollo general. La edad del diagnóstico es importante. Trabajos científicos sugieren que si el tratamiento comienza antes de los 6 meses, el desarrollo del lenguaje y el habla es mejor que cuando se inicia después del primer año de vida.
La implementación del Programa permitiría la detección precoz de niños sordos
La implementación del Programa permitiría la detección precoz de niños sordos y la aplicación tratamientos adecuados y oportunos; fundamentó el senador provincial justicialista Rubén Pirola (JDP-Las Colonias), presidente provisional de la Cámara de Senadores, el Proyecto de Ley (Expediente 30951 JL), con pedido de tratamiento preferencial para la próxima sesión ordinaria del jueves 27 de agosto de 2015. Vale recordar que idéntico Proyecto de Ley, con media sanción de la Cámara de Senadores desde la sesión ordinaria de prórroga del jueves 28 de noviembre de 2013, había perdido estado parlamentario en la Cámara de Diputados por falta de tratamiento; sin olvidar que una iniciativa similar había sido presentada el 8 de mayo de 2008 y aprobada por la citada Cámara de Diputados, por unanimidad, el 01 de octubre de 2009, autoría del entonces diputado socialista Mario Drisun (PS-FPCS), hoy ministro de Salud de la provincia de Santa Fe, aunque con sustanciales diferencias en su contenido, la cual también perdió estado parlamentario en el Senado.
Publicado: 21/Agosto/2015
El Senado había otorgado la media sanción, pero perdió su estado parlamentario
Cabe destacar que en la sesión ordinaria de prórroga del jueves 28 de noviembre de 2013 de la Cámara de Senadores, el senador provincial justicialista Rubén Pirola (JDP-Las Colonias) había obtenido el apoyo de sus pares, por unanimidad, para idéntico Proyecto de Ley, el que perdió estado parlamentario en la Cámara de Diputados por falta de tratamiento en tiempo y forma, motivo por el cual insiste con la misma iniciativa para que, como se indica ut supra (más arriba), la Provincia de Santa Fe adhiera en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 25.415 sobre el Programa de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia.
El niño recién nacido tiene derecho al estudio temprano de su capacidad auditiva
Se reconoce en todo el territorio de la Provincia de Santa Fe, el derecho de todo niño recién nacido a que se le estudie tempranamente su capacidad auditiva y se le brinde tratamiento en forma adecuada y oportuna si lo necesitare. Se crea en el ámbito del Ministerio de Salud de la Provincia, que será la autoridad de aplicación de la presente Ley, el Programa Provincial de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia con los objetivos fijados por el artículo 4º de la Ley Nacional Nº 25.415.
Estas prestaciones serán brindadas obligatoriamente por el IAPOS a sus afiliados
El Ministerio de Salud de la Provincia coordinará los contenidos, mecanismos operativos e implementación del Programa con las autoridades nacionales designadas al efecto. Las obras sociales y asociaciones de obras sociales regidas por leyes provinciales, incluido el Instituto Autárquico Provincial de Obras Social (IAPOS), y las entidades de medicina prepaga, que desarrollen sus actividades en la Provincia, deberán brindar obligatoriamente a sus afiliados las prestaciones establecidas en esta Ley.
El Programa se financiará con la partida presupuestaria del Ministerio de Salud
Los gastos que demande el cumplimiento del Programa Provincial de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia creado por la presente Ley, se financiarán con los créditos correspondientes a la partida presupuestaria del Ministerio de Salud, con excepción de los que se encuentran a cargo de las entidades enunciadas más arriba.
Se calcula que 5 de cada 1.000 niños y niñas nacen con alguna forma de sordera
Se calcula que uno (1) de cada 1.000 niños nace con sordera bilateral profunda y cinco (5) de cada 1.000 niños con otras formas de sordera. La hipoacusia (sordera) durante los primeros años de vida puede dificultar no sólo la adquisición del lenguaje, sino también el desarrollo psicológico e intelectual del niño, con las repercusiones posteriores en su desarrollo general. La edad del diagnóstico es importante. Trabajos científicos sugieren que si el tratamiento comienza antes de los 6 meses, el desarrollo del lenguaje y el habla es mejor que cuando se inicia después del primer año de vida.
La implementación del Programa permitiría la detección precoz de niños sordos
La implementación del Programa permitiría la detección precoz de niños sordos y la aplicación tratamientos adecuados y oportunos; fundamentó el senador provincial justicialista Rubén Pirola (JDP-Las Colonias), presidente provisional de la Cámara de Senadores, el Proyecto de Ley (Expediente 30951 JL), con pedido de tratamiento preferencial para la próxima sesión ordinaria del jueves 27 de agosto de 2015. Vale recordar que idéntico Proyecto de Ley, con media sanción de la Cámara de Senadores desde la sesión ordinaria de prórroga del jueves 28 de noviembre de 2013, había perdido estado parlamentario en la Cámara de Diputados por falta de tratamiento; sin olvidar que una iniciativa similar había sido presentada el 8 de mayo de 2008 y aprobada por la citada Cámara de Diputados, por unanimidad, el 01 de octubre de 2009, autoría del entonces diputado socialista Mario Drisun (PS-FPCS), hoy ministro de Salud de la provincia de Santa Fe, aunque con sustanciales diferencias en su contenido, la cual también perdió estado parlamentario en el Senado.
Publicado: 21/Agosto/2015
Fuente: Fernando Brosutti
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