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[ 18.05.2016 14:00 ]   ›

Inés Bertero impulsa que el arbolado público sea declarado servicio ambiental

Una necesidad vital de los seres vivos es la de “respirar aire puro y limpio”

Inés Bertero impulsa que el arbolado público sea declarado servicio ambiental
La diputada provincial socialista Inés Bertero (PS-FPCS), acompañada de sus pares del Bloque Partido Socialista en el Frente Progresista Cívico y Social: Eduardo Di Pollina (PS-FPCS), Rubén Darío Galassi (PS-FPCS), Clara Rut García (PS-FPCS) y María Cecilia del Huerto Ayala (PS-FPCS), por intermedio del Proyecto de Ley (Expediente 31112 CD-FP-PS) de su autoría y suscripto por los nombrados, que consta de 14 artículos cuidadosamente elaborados, ingresado el 5 de mayo de 2016 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe y que estudian las comisiones internas para su tratamiento en el actual Período de Sesiones Ordinarias, impulsa que “se declare servicio ambiental público al arbolado público, su planificación y gestión”; porque el continuo dinamismo de las condiciones que regulan la vida de los seres humanos en sociedad, hacen imprescindible contar con normativas que tengan como objetivos mejorar los diversos aspectos que necesitamos para “vivir en un ambiente compatible con las mínimas condiciones de salubridad y sana convivencia con el ambiente”.
 
Pertenecen al arbolado público los ejemplares de especies arbóreas y arbustivas conducidos como árboles existentes en veredas, parques, plazas, paseos, caminos, rutas, escuelas, hospitales y todo lugar destinado al uso público, en áreas de dominio público o privado provincial, municipal y comunal, tanto urbanas como rurales, márgenes antropizados de cursos de agua, zonas de recreación, reservas urbanas protegidas que no sean considerados bosques de producción susceptibles de explotación racional, según el artículo 12º de la Ley Nº 13.273, o estuvieren sujetos a los regímenes especiales.
 
El Ministerio de Medio Ambiente, que será autoridad de aplicación de la presente Ley, se encargará del “control y fiscalización en jurisdicción provincial, municipal y comunal, pudiendo formalizar convenios de delegación de facultades con Municipios y Comunas para su aplicación en sus respectivas jurisdicciones” y, además, entre las muchas funciones, tendrá a su cargo declarar en forma conjunta con Municipios y Comunas: “Patrimonio Arbóreo” o “Espacios Protegidos” a ejemplares arbóreos o grupos de árboles que por su valor histórico, botánico, natural, cultural o estético deban preservarse, debiendo adoptar todas las medidas necesarias y posibles que aseguren la supervivencia de los mismos.
 
También podrá proteger territorios o ambientes, urbanos o rurales, públicos o privados, que por sus características posean valores paisajísticos, científicos, históricos, culturales u otros que justifiquen estar sujetos a un régimen especial. Asimismo, difundir los objetivos de la presente Ley, en coordinación con el Ministerio de Educación, a través de actividades en las escuelas provinciales, tendientes a lograr el desarrollo de la “conciencia necesaria entre el alumnado y personal docente respecto al arbolado en particular y al ambiente en general”.
 
Además, entre las múltiples funciones: realizar anualmente jornadas, cursos y/o reuniones de capacitación; suscribir convenios con empresas y organismos públicos o privados; fijar las normas técnicas a las que deberán ajustarse las tareas de plantación, poda y extracción; impulsar la “implementación de cortinas arbóreas de protección en las zonas periurbanas” y promover la creación de viveros forestales.
 
Se prohíbe la extracción, poda aérea y subterránea y tala de ejemplares del arbolado público, así como la fijación y acumulación de elementos extraños, la aplicación de sustancias químicas de efecto herbicida y cualquier intervención que cause daño o modifique su estado natural; con algunas causales de excepción expresamente previstas en el articulado y, las no previstas, serán sometidas a consideración y evaluación de la autoridad de aplicación, es decir, del Ministerio de Medio Ambiente.
 
Se aplicarán normas técnicas adecuadas priorizando “el cuidado y la conservación de los ejemplares”. Se implementarán políticas dirigidas al cultivo de las especies nativas. Los Municipios y las Comunas, por su parte, deberán contar con el asesoramiento de un ingeniero agrónomo o ingeniero forestal matriculado; elaborar un Plan de Ordenamiento Arbóreo; y presentar en el primer trimestre de cada año el Plan de Actividades Anual del Arbolado Público, que consistirá en tareas de plantación, poda y extracción proyectadas para el año en curso.
 
Las infracciones serán sancionadas con multas, cuyo monto se establecerá según la gravedad o la reincidencia en las mismas. Además de las multas, los infractores deberán reponer, según los casos, los ejemplares. Las Municipalidades y Comunas percibirán el 90% de los montos recaudados en concepto de multas aplicadas en su jurisdicción, quedando el 10% restante para el Ministerio de Medio Ambiente.
 
El arbolado retiene y fija polvo y microorganismos nocivos en cantidades considerables sin que ello afecte su persistencia, pero uno de los aspectos más importantes consiste en “absorber el dióxido de carbono, que es perjudicial para la vida en cantidades excesivas, y aportar oxígeno al ambiente”. De no contar con esta acción reguladora del arbolado, se acumularía dióxido de carbono en la atmósfera, se elevaría la temperatura del planeta y se pondría en riesgo la vida.
 
A su vez, “amortigua los ruidos produciendo en términos generales una disminución de 8 a 10 decibeles por metro de espesor de la copa”, fundamentó la diputada socialista Inés Bertero (PS-FPCS), acompañada de sus pares de bancada: Eduardo Di Pollina (PS-FPCS), Rubén Darío Galassi (PS-FPCS), Clara Rut García (PS-FPCS) y María Cecilia del Huerto Ayala (PS-FPCS), el Proyecto de Ley (Expediente 31112 CD-FP-PS) de su autoría y suscripto por los nombrados, que estudian las comisiones internas de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe desde el 5 de mayo de 2016, para su tratamiento en el actual Período de Sesiones Ordinarias; no sin antes destacar que la iniciativa es un pequeño homenaje a Lázaro Flury quien en el año 1958 publicara “Posibilidades de aprovechamiento de la Flora Santafesina”, editado por el Departamento de Extensión Universitaria de la Universidad Nacional del Litoral.    
 
Publicado: 18/Mayo/2016

Fuente: Susana Goris


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