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[ 28.09.2016 11:52 ]   ›

El Senado no retrocede en su afán de crear el Registro de Personas Mayores

Se busca asentar información de personas mayores extraviadas o sin identificación

El Senado no retrocede en su afán de crear el Registro de Personas Mayores
En atención a los dictámenes favorables de las comisiones respectivas, en la sesión ordinaria de este jueves 29 de setiembre de 2016 de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, se aprobaría el Proyecto de Ley (Expediente 31694 JL) de autoría del senador provincial justicialista Eduardo Daniel Rosconi (BJ-Caseros), que ingresara por mesa de movimiento en fecha: 24 de setiembre de 2015, hace poco más de un año, por el cual “se crea el Registro Provincial de Personas Mayores extraviadas o encontradas sin identificación”. Las Comisiones de Desarrollo Social, de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación General estudiaron y despacharon la iniciativa que aprobaría el Senado este jueves 29 de setiembre de 2016, como aconteciera con el Proyecto de Ley (Expediente 25710 JL) también de autoría del citado senador, aprobado en fecha 30 de noviembre de 2012, hace casi cuatro años, de similar tenor, sin éxito alguno en la Cámara de Diputados donde perdió estado parlamentario por falta de tratamiento en tiempo y forma.
 
El Registro Provincial de Personas Mayores extraviadas o encontradas sin identificación se complementará con la información que suministre la Base de Datos Biométricos-Genéticos-Digital que se creará al efecto, y se formará con los datos personales, físicos, fecha de la desaparición, fecha de encuentro y demás antecedentes.
 
El objetivo principal de la presente Ley es la creación de un Registro Provincial y una Base de Datos Biométricos-Genéticos-Digital en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para asentar toda la información de personas mayores extraviadas o localizadas o ingresadas sin identificación en los diversos establecimientos de salud, atención, resguardo, internación, morgues, detención o cualquier otro, y, si bien por la Ley Provincial Nº 12.545 fue creado el Registro Provincial de Información de niños, niñas y adolescentes desaparecidos, no existe el que contempla la problemática que afecta a personas mayores de edad.
 
La desaparición de personas o las demoras en la identificación no sólo constituyen una situación angustiante para las familias, sino que muchas veces resulta el antecedente de delitos como el tráfico sexual y la trata de personas, la explotación laboral, secuestros extorsivos u otras formas de privación ilegal de la libertad, homicidios, sustracción forzada de la identidad y venta de órganos, entre otros. La realidad refleja que el Estado no cuenta con herramientas que ayuden a las autoridades policiales y judiciales en la búsqueda de personas mayores extraviadas o en la identificación de aquellas encontradas con o sin vida.
 
Por ello resulta necesario proveer a la celeridad, eficacia y eficiencia en materia de búsqueda e identificación de personas a través de un registro único de casos que permita centralizar, organizar, analizar y entrecruzar la información que, en forma fragmentada y parcializada, aportan las autoridades intervinientes. A tal efecto, y puntualmente a los fines de una mejor organización y clasificación de la información, se prevé la utilización de un soporte técnico de clasificación. Asimismo, la informatización que se utilice debe ser de extrema seguridad por los datos sensibles que allí serán almacenados y su carácter confidencial.
 
Hace falta mancomunar esfuerzos, coordinar acciones y contar con una fuente de consulta de las fuerzas de seguridad y judiciales que intervienen en el proceso de búsqueda e identificación de personas mayores y, además, ampliar las acciones de publicación y difusión de la información con el objeto de poder contar también con la colaboración de la sociedad civil, razón por la cual hemos pensado en un registro real y eficiente que colabore, de manera urgente, con las investigaciones de personas mayores que han desaparecido y son buscadas incansablemente por sus familiares.
 
Se encomienda al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a que efectúe el análisis de la información recabada por el Registro para llevar adelante aquellas políticas públicas que provean de agilidad y eficacia a los procesos de búsqueda e identificación de personas mayores, todo en miras a salvaguardar la seguridad pública; fundamentó el senador justicialista Eduardo Daniel Rosconi (BJ-Caseros) el Proyecto de Ley (Expediente 31694 JL) de su autoría, ingresado en fecha 24 de setiembre de 2015 y derivado en la sesión ordinaria del jueves 1 de octubre de 2015 de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe a las Comisiones de Desarrollo Social, de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación General que emitieron despacho favorable, motivo por el cual se incluyó en el Orden del Día de la sesión ordinaria de este jueves 29 de setiembre de 2016 donde se aprobaría por unanimidad; sin olvidar que un asunto de similar tenor fue aprobado el 30 de noviembre de 2012 por el Senado, hace casi cuatro años, por unanimidad, perdiendo en la Cámara de Diputados su estado parlamentario por falta de tratamiento en tiempo y forma.
 
Publicado: 28/Setiembre/2016

Fuente: Fernando Brosutti


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