[ 28.09.2016 20:15 ] ›
El Senado sancionaría el Estatuto para el Personal del Tribunal de Cuentas
Se inspira, en resguardo de las instituciones, en el “constitucionalismo social”
Visto que las Comisiones de Legislación del Trabajo y de Asuntos Constitucionales y Legislación General emitieron despacho favorable para el Proyecto de Ley (Expediente 33371 DBL) ingresado durante la sesión ordinaria del pasado jueves 18 de agosto de 2016 de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, bajo la presidencia del vicegobernador Carlos Alcides Fascendini (NEO-UCR-FPCS), presidente del Cuerpo Legislativo, sobre tablas, por parte del Bloque Justicialista, al que luego se sumaron los senadores oficialistas del Frente Progresista Cívico y Social, se aprobaría en la sesión ordinaria de este jueves 29 de setiembre de 2016 la iniciativa por la cual se instituye a través de 88 artículos elaborados con sumo esmero, el Estatuto para el Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, que se compone de 10 capítulos donde se establece el ámbito de aplicación, la clasificación del personal, el ingreso, deberes, obligaciones y prohibiciones del personal, régimen disciplinario, comisión de análisis salarial y condiciones de trabajo, régimen de concursos, de asignaciones familiares, y personal no permanente.
La propuesta se enrola en las facultades conferidas por la Ley Nº 12.510 en su artículo 200, inciso b), el cual establece en el ámbito de competencias del Cuerpo Plenario de Vocales del Tribunal de Cuentas, aquellas referidas a las “…modificaciones de la estructura orgánico funcional, el reglamento interno, el régimen laboral, las normas de ingreso de su personal y el régimen salarial”.
Esta iniciativa se enmarca en el proceso de vinculación con el Poder Legislativo que se tiene iniciado, conforme una “óptica de vanguardia constitucionalista” que brega por el resguardo de las instituciones que aseguran un equilibrio e independencia en el ejercicio de las funciones estatales.
Desde el punto de vista sustancial, el cuerpo normativo estatutario condensa el reconocimiento de derechos, deberes y obligaciones para el personal. Este tipo de normas viene a reflejar el conjunto de principios que inspiran el denominado “constitucionalismo social”, cuyo eje principal de reconocimientos gira en torno del trabajador y su relación laboral, desde su perspectiva como persona.
Por ello, el articulado guarda relación con normas de igual tenor vigentes para casos similares en la administración pública provincial, pero con salvaguarda de notas distintivas que caracterizan las particularidades de los sujetos que integran la relación con este Organismo de control externo del sector público provincial.
Es de público conocimiento el largo camino de conquistas y revalorización de los derechos del trabajador hasta la fecha, pero también es cierto que la actual composición e idiosincrasia de la sociedad constituida bajo el sistema democrático y republicano de gobierno, exige resultados acordes a las plataformas y propuestas que se formulan desde el ejercicio de la función pública.
En función de ello, el juego armónico y equilibrado de funciones, asegura un correcto desenvolvimiento de la actividad estatal que, claramente, es desempeñada por los distintos poderes públicos, preservando sus notas distintivas.
Con ello, su independiente y específica regulación viene a reafirmar el Estado de Derecho, como límite para la valoración del cumplimiento correcto de las responsabilidades asumidas.
Esta propuesta ha sido acompañada por la firma de todos los Vocales que integran el Cuerpo Plenario del Tribunal de Cuentas de la Provincia, “avalando el compromiso de asegurar una regulación específica para sus trabajadores”, fundamentaron los once (11) senadores integrantes del Bloque Justicialista, al que luego se sumaron los ocho (8) senadores oficialistas del Frente Progresista Cívico y Social, el Proyecto de Ley (Expediente 33371 DBL) suscripto por todos ellos e ingresado, sobre tablas, en la sesión ordinaria del jueves 18 de agosto de 2016 de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, y, como las Comisiones de Legislación del Trabajo y de Asuntos Constitucionales y Legislación General emitieron despacho favorable, se incluyó en el Orden del Día de la sesión ordinaria de este jueves 29 de setiembre de 2016 y, en tal sentido, se sancionaría por unanimidad y se comunicaría la media sanción a la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe para su estudio y sanción definitiva.
Publicado: 28/Setiembre/2016
La propuesta se enrola en las facultades conferidas por la Ley Nº 12.510 en su artículo 200, inciso b), el cual establece en el ámbito de competencias del Cuerpo Plenario de Vocales del Tribunal de Cuentas, aquellas referidas a las “…modificaciones de la estructura orgánico funcional, el reglamento interno, el régimen laboral, las normas de ingreso de su personal y el régimen salarial”.
Esta iniciativa se enmarca en el proceso de vinculación con el Poder Legislativo que se tiene iniciado, conforme una “óptica de vanguardia constitucionalista” que brega por el resguardo de las instituciones que aseguran un equilibrio e independencia en el ejercicio de las funciones estatales.
Desde el punto de vista sustancial, el cuerpo normativo estatutario condensa el reconocimiento de derechos, deberes y obligaciones para el personal. Este tipo de normas viene a reflejar el conjunto de principios que inspiran el denominado “constitucionalismo social”, cuyo eje principal de reconocimientos gira en torno del trabajador y su relación laboral, desde su perspectiva como persona.
Por ello, el articulado guarda relación con normas de igual tenor vigentes para casos similares en la administración pública provincial, pero con salvaguarda de notas distintivas que caracterizan las particularidades de los sujetos que integran la relación con este Organismo de control externo del sector público provincial.
Es de público conocimiento el largo camino de conquistas y revalorización de los derechos del trabajador hasta la fecha, pero también es cierto que la actual composición e idiosincrasia de la sociedad constituida bajo el sistema democrático y republicano de gobierno, exige resultados acordes a las plataformas y propuestas que se formulan desde el ejercicio de la función pública.
En función de ello, el juego armónico y equilibrado de funciones, asegura un correcto desenvolvimiento de la actividad estatal que, claramente, es desempeñada por los distintos poderes públicos, preservando sus notas distintivas.
Con ello, su independiente y específica regulación viene a reafirmar el Estado de Derecho, como límite para la valoración del cumplimiento correcto de las responsabilidades asumidas.
Esta propuesta ha sido acompañada por la firma de todos los Vocales que integran el Cuerpo Plenario del Tribunal de Cuentas de la Provincia, “avalando el compromiso de asegurar una regulación específica para sus trabajadores”, fundamentaron los once (11) senadores integrantes del Bloque Justicialista, al que luego se sumaron los ocho (8) senadores oficialistas del Frente Progresista Cívico y Social, el Proyecto de Ley (Expediente 33371 DBL) suscripto por todos ellos e ingresado, sobre tablas, en la sesión ordinaria del jueves 18 de agosto de 2016 de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, y, como las Comisiones de Legislación del Trabajo y de Asuntos Constitucionales y Legislación General emitieron despacho favorable, se incluyó en el Orden del Día de la sesión ordinaria de este jueves 29 de setiembre de 2016 y, en tal sentido, se sancionaría por unanimidad y se comunicaría la media sanción a la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe para su estudio y sanción definitiva.
Publicado: 28/Setiembre/2016
Fuente: Fernando Brosutti
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