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[ 15.10.2016 11:53 ]   ›

Se analiza, por impulso de Capitani, el Sistema de Voto Electrónico en el Senado

Nuevo ingreso para que “se aplique en todas las elecciones y categorías electorales”

Se analiza, por impulso de Capitani, el Sistema de Voto Electrónico en el Senado
En la sesión ordinaria del jueves 13 de octubre de 2016 de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, se procedió al ingreso formal del Proyecto de Ley (Expediente 33845 JL) del senador justicialista Danilo Hugo Capitani (BJ-San Jerónimo) presentado por mesa de movimiento el día anterior, el 12 de octubre, y se lo giró únicamente a la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General para su estudio; réplica del Proyecto de Ley (Expediente 28713 JL) del mismo autor, ingresado el 5 de mayo de 2014 durante la anterior gestión parlamentaria, por el cual procura que “se implemente en el ámbito de la Provincia de Santa Fe el Sistema de Voto Electrónico, el que se aplicará para todas las categorías electorales y para todos los tipos de elecciones”, con el objeto de “facilitar la emisión del voto y agilizar el proceso y darle mayor transparencia”; atentos a que “la tecnología existente actualmente, tanto informática como de telecomunicaciones, hace posible dar este paso”.
 
Capitani y López Mirau, hace dos años, explicaron el Sistema de Voto Electrónico
 
Vale recordar que el ex presidente de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, Jorge Antonio Henn, actual diputado provincial radical, el mencionado senador provincial justicialista Danilo Hugo Capitani (BJ-San Jerónimo), autor de la iniciativa por la cual promueve que “se implemente el Sistema de Voto Electrónico en el ámbito de la Provincia de Santa Fe a los fines de su aplicación para todas las categorías electorales y para todos los tipos de elecciones”, y el director Nacional del Observatorio Político Electoral de la ACEP (Asociación Civil Estudios Populares), Juan Manuel Busto; habían invitado a la Conferencia: “Voto Electrónico y Sistemas Electorales, transparencia y nuevas tecnologías”, que ofreció el secretario de Planificación del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Salta, Guillermo López Mirau, que se realizó el pasado miércoles 10 de setiembre de 2014 a las 18:30 horas en el Recinto de la Cámara de Senadores, hace poco más de dos años, con importante concurrencia.
 
El Senado, en el año 2012, había otorgado media sanción al Voto Electrónico
 
Cabe destacar que el senador provincial justicialista Danilo Hugo Capitani (BJ-San Jerónimo); vicepresidente del Bloque Justicialista, en la sesión ordinaria del viernes 30 de noviembre de 2012 del Senado de la Provincia de Santa Fe, hace casi cuatro años y con la antigua conformación legislativa, había obtenido el apoyo unánime de sus pares para el proyecto de ley de su autoría, acumulado a otro proyecto de ley del senador radical mandato cumplido Hugo Marcucci (UCR-FPCS-La Capital-MC), hoy diputado nacional (UCR-Santa Fe), y de los senadores radicales: Felipe Michlig (UCR-FPCS-San Cristóbal) y Hugo Rasetto (UCR-FPS-Iriondo), el cual perdiera estado parlamentario.
 
Capitani insistió para que el Voto Electrónico se aplique en todas las categorías
 
El senador provincial justicialista Danilo Capitani (BJ-San Jerónimo) persistió en su cometido mediante el Proyecto de Ley (Expediente 28713 JL) ingresado al Senado en la sesión ordinaria del jueves 8 de mayo de 2014 y derivado a la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General para su estudio y consideración, y para el cual había acordado con sus pares, en la sesión ordinaria del jueves 4 de setiembre de 2014 una preferencia de tratamiento que no prosperó por falta de consenso, a los fines que “se implemente en el ámbito de la Provincia de Santa Fe el Sistema de Voto Electrónico, el que se aplicará para todas las categorías electorales y para todos los tipos de elecciones”.
 
Capitani no abandona la idea de implementar en Santa Fe el Voto Electrónico
 
Vale aclarar que en esa misma sesión, en la del jueves 4 de setiembre de 2014, el senador radical Hugo Marcucci (MC) había ingresado el Proyecto de Ley (Expediente 29646 FPL) de similar tenor y, de igual modo, había acordado una preferencia de tratamiento que tampoco prosperó, a pesar de haber consensuado el tratamiento conjunto. Luego, un año después, el Senado analizó nuevamente la posibilidad del tratamiento conjunto de ambas iniciativas que tampoco prosperó y perdió estado parlamentario. Ahora, en la sesión ordinaria del jueves 13 de octubre de 2016, el senador justicialista Danilo Hugo Capitani (BJ-San Jerónimo), otra vez, ingresó el Proyecto de Ley (Expediente 33845 JL), réplica del anterior, y se giró sólo a la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General; sin acordar ninguna preferencia de tratamiento.
 
La emisión del voto electrónico será en forma presencial por parte del elector
 
Se entiende por sistema de voto electrónico a un mecanismo informático destinado a permitir el sufragio, escrutinio provisorio y transmisión de resultados electorales para todas las categorías electorales de la provincia de Santa Fe y, en cuanto al elector, la emisión del voto será en forma presencial.
 
La mesa de votación tendrá terminales electrónicas y urnas electrónica y física
 
Para ello, la mesa de votación poseerá una o varias terminales de votación electrónica para la emisión del voto, las cuales no podrán estar conectadas en ningún momento a red informática alguna, ni entre sí. Además contendrá una urna electrónica en la cual se consolidarán electrónicamente todos los votos emitidos y, también, una urna física donde el votante depositará su voto impreso.
 
El sufragio pasará por una urna electrónica y se depositará en la urna física
 
El elector emitirá su sufragio a través de una terminal de votación electrónica, la que deberá garantizar el secreto del voto, la fácil operación del mecanismo y la no inducción del voto. Emitido el sufragio, el elector pasará el mismo por una urna electrónica para su recuento y luego lo depositará en la urna física.
 
Previo a la emisión del voto, se mostrará por la pantalla las opciones elegidas
 
La terminal de votación electrónica deberá contemplar: habilitación a votar para las categorías que el elector tiene permitidas; emisión de un solo voto por elector, con posibilidad de reemitir en caso de error; igualdad de tratamiento de todos los candidatos y categorías. La votación se hará categoría por categoría, no pudiendo contemplar una opción de voto por lista completa, y la opción por el voto en blanco será la última de cada categoría. Previo a la emisión del voto, se mostrará por pantalla las opciones elegidas por el elector a efectos de su confirmación.
 
La terminal de votación imprimirá una boleta que contendrá el voto del elector
 
La terminal de votación electrónica no podrá almacenar los sufragios y, además, imprimirá una boleta que contendrá el voto del elector para todas las categorías, un código de barras, o el que determine la reglamentación, para su lectura por la urna electrónica, y un código de seguridad para evitar la suplantación del voto.
 
La urna electrónica no podrá estar conectada a ninguna red informática
 
La urna electrónica deberá contemplar: al momento de constituirse la mesa emitirá un acta inicial donde constará que no registra voto alguno; desde la apertura al cierre de los comicios, no podrá estar conectada a ninguna red informática ni de telecomunicación; no podrá almacenar los votos individualmente, sino solamente la sumatoria de los mismos; la información obtenida no podrá borrarse hasta finalizado el escrutinio definitivo; y, para el caso de los electores impugnados, acumulará el voto como impugnado, sin tener en cuenta las opciones electorales.
 
Se emitirán copias a los fiscales de totales transmitidos al Tribunal Electoral
 
Una vez cerrado los comicios, la autoridad de mesa solicitará a la urna electrónica: la emisión del acta de escrutinio que contendrá los totales sumados, procediendo simultáneamente a su transmisión al Tribunal Electoral. También emitirá tantas copias del acta de escrutinio como fiscales la soliciten. En caso de imposibilidad de transmisión electrónica de los resultados, la urna electrónica emitirá los telegramas correspondientes para su transmisión por los canales actualmente habituales.
 
Se procederá al conteo manual, cuando corresponda, en cada mesa observada
 
Se procederá, en caso que corresponda, al escrutinio manual de las boletas impresas contenidas en la urna, y el resultado se volcará en los espacios destinados al conteo manual previsto en el acta que contiene el conteo electrónico. El conteo manual será cargado por la autoridad de mesa en la misma urna electrónica y transmitido al Tribunal Electoral. De haber diferencias con el conteo electrónico, se tomará como válido para el escrutinio provisorio el conteo manual y la mesa se clasificará como observada.
 
Se realizará el escrutinio manual, por sorteo, en el 30% de las mesas electorales
 
Una vez abierto los comicios, el Tribunal Electoral procederá a la selección por sorteo del 30% de las mesas electorales en las cuales será obligatorio proceder al escrutinio manual a efectos de la verificación del correcto funcionamiento del sistema. Entre las mesas a verificar deberá existir por lo menos una en cada municipio. Los partidos políticos tendrán derecho a participar del acto de sorteo.
 
El software utilizado para el sistema de voto electrónico será de código abierto
 
A pedido de cada lista participante de las elecciones, el Tribunal Electoral le proveerá un acceso prioritario, a través de Internet, al sistema de escrutinio provisorio a efectos de poder visualizar los datos cargados al sistema por mesa y sus respectivos totales. El software utilizado para el sistema de voto electrónico deberá ser de código abierto a efectos de permitir su fiscalización por parte de los partidos políticos. Para la confección y oficialización de las boletas electrónicas a presentar a través de la terminal de votación electrónica, el Tribunal Electoral seguirá las pautas y plazos establecidos para la boleta única previstos en la Ley Provincial Nº 13.156.
 
Se implementará a partir de las próximas elecciones y se hará en forma gradual
 
Esta ley entrará en vigor a partir de las próximas elecciones generales, incluidas las correspondientes primarias abiertas, simultáneas y obligatorias, a llevarse a cabo para cualquier categoría electoral, y su implementación será progresiva. En la primera elección general abarcará entre 15% y 30% del total de mesas electorales; en la segunda elección general como mínimo el 50% de las mesas; a partir de la tercera elección general cubrirá el 100% de las mesas.
 
Se agilizará el proceso eleccionario con más transparencia en la emisión del voto
 
La tecnología existente actualmente, tanto informática como de telecomunicaciones, hace posible dar este paso, el cual no sólo facilitará la emisión del voto, sino que agilizará el proceso y le dará mayor transparencia. En nuestro país “existen varios antecedentes: la provincia de Salta, los municipios de Ushuaia, Pinamar e, incluso, recientemente, en la ciudad de Santa Fe para definir el presupuesto participativo”; fundamentó el senador provincial justicialista Danilo Hugo Capitani (BJ-San Jerónimo) el Proyecto de Ley (Expediente 33845 JL) de su autoría que, presentado el 12 de octubre de 2016 por mesa de movimiento, ingresó formalmente al Senado en la sesión ordinaria del jueves 13 de octubre de 2016 y se lo giró sólo a la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General para su estudio. Cabe recordar que el mismo proyecto de ley, acumulado a otro de similar tenor de varios senadores radicales, en la sesión ordinaria del viernes 30 de noviembre de 2012, hace casi cuatro años, había recibido el apoyo unánime del Senado, pero por falta de tratamiento en la Cámara de Diputados con su antigua conformación, perdió su estado parlamentario.
 
Capitani y López Mirau, hace un par de años, explicaron el Voto Electrónico
 
El ex presidente de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, Jorge Antonio Henn, hoy diputado provincial radical, el senador provincial justicialista Danilo Hugo Capitani (BJ-San Jerónimo) y el director Nacional del Observatorio Político Electoral de la ACEP (Asociación Civil Encuentros Populares), Juan Manuel Busto, habían invitado a la conferencia y disertación sobre “Voto Electrónico y Sistemas Electorales: transparencia y nuevas tecnologías”, que ofreció el secretario de Planificación del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Salta, Guillermo López Mirau, que se llevó a cabo el pasado miércoles 10 de setiembre de 2014 a las 18:30 horas en el Recinto de la Cámara de Senadores, hace poco más de dos años, con importante concurrencia. Ahora, nuevamente, dos años después, el Senado analiza la posibilidad de aprobar la iniciativa parlamentaria, aunque depende del despacho de la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General y del consenso en Labor Parlamentaria, aunque todavía no se acordó ninguna preferencia de tratamiento.
 
Publicado: 15/Octubre/2016

Fuente: Fernando Brosutti


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