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[ 24.10.2016 18:30 ]   ›

El Senado consideraría que “se suspenda la radicación de ferias informales”

Se prorrogaría la “situación de riesgo” del sistema comercial de Santa Fe

El Senado consideraría que “se suspenda la radicación de ferias informales”
El Gobernador de la Provincia de Santa Fe, Roberto Miguel Lifschitz, acompañado del ministro de la Producción, Luis Gustavo Contigiani, en fecha 18 de octubre de 2016, remitió a la consideración de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe el Proyecto de Ley (Expediente 33894 PE) (Mensaje 4503) del Poder Ejecutivo a los efectos que se prorrogue la Ley que declara en situación de riesgo al sistema comercial de la Provincia de Santa Fe, de autoría el año pasado del senador provincial radical Hugo Rasetto (UCR-FPS-Iriondo) cuando se desempeñaba como presidente de la comisión de Legislación del Trabajo del Senado; en atención a que dicha Ley sirve como una “herramienta indispensable para paliar la difícil situación que está sobrellevando el sector comercial en el territorio provincial”.
 
La prórroga que faculta al Poder Ejecutivo, “por única vez”, se basa en que continúa la situación de riesgo comercial en nuestra Provincia, para lo cual es necesario extender la suspensión de habilitaciones para la radicación de ferias o de formatos similares, popularmente conocidas como “Saladitas”.
 
En función de ello, se suspende por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días corridos la radicación de nuevos establecimientos comerciales con múltiples puntos de ventas, denominados “ferias internadas transitorias y permanentes, o de formatos similares”.
 
Vale recordar que la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, primero el Senado el 9 de octubre de 2014 y luego la Cámara de Diputados el 13 de agosto de 2015, había sancionado en forma definitiva el Proyecto de Ley por el cual se dispuso que “se declare en situación de riesgo al sistema comercial de la Provincia de Santa Fe, por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días corridos a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley”; el que ha sido tenido en cuenta y consideración por el Poder Ejecutivo Provincial, motivo por el que “espera contar con su pronta aprobación”.
 
Se hace necesario que se suspenda, nuevamente, por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días corridos la radicación de nuevos establecimientos comerciales de múltiples puntos de venta, denominados ferias internadas transitorias y permanentes o de formatos similares, y, en tal sentido, se hace uso de la facultad concedida al Poder Ejecutivo Provincial a prorrogar, por única vez y por igual término, los plazos previstos en la presente Ley.
 
Asimismo, la Ley establece la creación de una Comisión integrada por tres (3) miembros de la Cámara de Senadores y tres (3) de la Cámara de Diputados, que elaborará en el plazo de ciento ochenta (180) días una propuesta de reglamentación definitiva, garantizando la igualdad ante la Ley, la trazabilidad impositiva, el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales, laborales, previsionales y de todo otro requisito normativo de orden nacional, provincial y municipal.
 
En la Provincia de Buenos se avanzó en la regulación de las ferias internadas, multipuntos o cooperativas de comerciantes, usualmente denominadas: “saladitas o saladas”, a través de una Ley; al igual que en la Provincia de Córdoba. Ante ello, por medio de la presente, pretendemos regular el fenómeno comercial que tiene como modalidad la instalación de locales internos en un mismo predio destinado a la venta de mercaderías, al por mayor o menor, explotados por sus propietarios y/o inquilinos y/o concesionarios y que en su conjunto se encuentran ligados a un único responsable habilitado del predio.
 
Es claro que no debe considerarse comprendido a las galerías comerciales, o los centros comerciales. Tampoco aquellos comercios encuadrados en la Ley Provincial Nº 12.096 “Grandes Superficies Comerciales”. Este fenómeno comercial carece de norma específica en la Provincia de Santa Fe generando una laguna jurídica respecto de las condiciones de habilitación, de salubridad, de responsabilidades, entre otras cuestiones, de tal suerte que “el Estado Provincial se encuentra con serias dificultades a fin de controlar y evitar, por ejemplo, la precarización laboral”.
 
También se dificulta determinar los responsables de la relación comercial emergente de las operaciones realizadas, haciendo imposible el posterior reclamo por productos defectuosos, no se garantiza el acceso a la información, ni las condiciones de oferta si las hubiere y, sin dudas, la metodología de este tipo de ferias multipuntos, genera una “competencia desleal con los comercios instalados bajo normas y exigencias tradicionales”.
 
Se ha perjudicado al comercio local tradicional, hecho que ha sido manifestado por las Cámaras Empresariales Locales, la Federación Gremial del Comercio e Industria de Rosario, la Asociación de Entidades Empresarias del Sur Santafesino y la Federación de Centros Comerciales de Santa Fe, razón por la cual “se hace imperioso un marco regulatorio de tales ferias”; había fundamentado el senador radical Hugo Rasetto (UCR-FPS-Iriondo) el Proyecto de Ley de su autoría sancionado por la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, en forma definitiva, el pasado 13 de agosto de 2015.
 
Ahora, el 18 de octubre de 2016, el Poder Ejecutivo Provincial remitió al Senado el Proyecto de Ley (Expediente 33894 PE) (Mensaje 4503), a los fines de prorrogar la citada “Ley que declara en situación de riesgo al sistema comercial de la provincia de Santa Fe”, que se derivó a las comisiones de Economía, Agricultura, Ganadería, Industria, Comercio y Turismo, de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación General para su estudio.
 
El Gobernador de la Provincia de Santa Fe, Roberto Miguel Lifschitz, y el ministro de la Producción, Luis Gustavo Contigiani “esperan contar con su pronta aprobación” porque la Ley sirve como una “herramienta indispensable para paliar la difícil situación que está sobrellevando el sector comercial en el territorio provincial”.
 
Publicado: 24/Octubre/2016

Fuente: Fernando Brosutti


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