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[ 25.11.2016 19:24 ]   ›

Incorporación al Sistema de Salud de medicamentos ricos en Cannabidiol

Se acumularon proyectos en el Senado y se devolvió en 2ª revisión a Diputados

Incorporación al Sistema de Salud de medicamentos ricos en Cannabidiol
En la sesión ordinaria de prórroga del jueves 24 de noviembre de 2016 de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, presidida por el vicegobernador Carlos Alcides Fascendini (NEO-UCR-FPCS) y asistencia perfecta de los 19 senadores, se acumularon varios Proyectos de Ley a los fines de la “incorporación al Sistema de Salud Pública Provincial de los medicamentos ricos en Cannabidiol y formas farmacéuticas derivadas”, sobre la base del Proyecto de Ley (Expediente 34101 JL) del senador justicialista Danilo Hugo Capitani (BJ-San Jerónimo), corregido, mejorado y aumentado después de la unificación con el Proyecto de Ley (Expediente 34221 CD) proveniente con media sanción de la Cámara de Diputados luego de una anterior acumulación de dos Proyectos de Ley (Expediente 31932 CD-FV-PJ) (Expediente 32104 CD-FP-PS) del diputado justicialista Leandro Busatto (PJ-FV) el primero, y de los diputados socialistas: Julio Francisco Garibaldi (PS-FPCS), Joaquín Andrés Blanco (PS-FPCS) y Antonio Juan Bonfatti (PS-FPCS) el segundo, motivo por el cual fue devuelto en segunda revisión a Diputados que, como se adelantó en pleno recinto, obtendría el miércoles 30 de noviembre de 2016 la sanción definitiva.
 
Se dispone la incorporación al listado previsto en el artículo 1º de la Ley 9524; denominado Formulario Terapéutico Provincial; de los medicamentos ricos en cannabidiol y formas farmacéuticas derivadas, de utilización obligatoria para la atención en los establecimientos médico-asistenciales dependientes del Ministerio de Salud y en el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (IAPOS), para el “tratamiento de patologías como epilepsia refractaria, cáncer, dolores crónicos, fibromialgia, glaucoma, esclerosis múltiple y toda otra patología existente o futura”,  que la Autoridad de Aplicación de la presente Ley considere conveniente.
 
El Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (IAPOS) deberá incluir en su cobertura obligatoria, los medicamentos ricos en cannabidiol y formas farmacéuticas derivadas, “sin costo alguno para los afiliados que así lo requieran”, y deberá gestionar todos los trámites necesarios ante los organismos públicos intervinientes.
 
El Ministerio de Salud, a través de los organismos pertinentes, promoverá estudios e investigaciones clínicas relacionadas con el uso de Cannabidiol con fines terapéuticos, con la finalidad de profundizar conocimientos y crear nuevos saberes sobre su uso. Asimismo, dicho Ministerio, a través de los laboratorios públicos existentes en el territorio provincial, de conformidad con las Leyes Nacionales Nº 26.688 y Nº 27.113 y normas complementarias, promoverá y estimulará la producción pública de medicamentos a base de Cannabidiol y formas farmacéuticas derivadas.
 
La Autoridad de Aplicación, que será el Ministerio de Salud, además de dar cumplimiento a lo establecido más arriba, tendrá a su cargo las siguientes funciones, mencionadas sólo a título ejemplificativo: implementar medidas que permitan contar con los recursos y modalidades terapéuticas adecuadas a las necesidades individuales y colectivas para las personas con alguna de las patologías enunciadas; coordinar acciones, realizar la gestión de autorizaciones, demás diligencias y convenios necesarios, con los Ministerios involucrados, con los efectores del Sistema Público de Salud, con el IAPOS, con los Colegios Médicos de la Primera y Segunda Circunscripción, con los Laboratorios Públicos Provinciales, con los Municipios y Comunas de la Provincia, con la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), con organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática de la presente Ley, y con otros organismos provinciales y nacionales que correspondan.
 
En el mismo sentido, realizar convenios con Instituciones de Investigación Clínica en Salud, Universidades Nacionales, laboratorios públicos nacionales, a fin de “intercambiar información y cooperación para la realización de protocolos de investigación, guías de utilización, seguimiento de resultados en pacientes y producción de medicamentos ricos en cannabidiol y también con organizaciones de la sociedad civil sean nacionales o internacionales”; y capacitar al personal que trabaja en los laboratorios públicos de la Provincia” en los aspectos necesarios para lograr en el menor tiempo posible la producción pública de medicamentos ricos en cannabidiol.
 
Y, también, propiciar la difusión, concientización y el debate público sobre los aspectos relacionados con esta Ley, a través de jornadas públicas y otras instancias de origen en la sociedad civil; promover ante el Consejo Federal de Salud y el Consejo Federal Legislativo de Salud, la coordinación de las políticas públicas nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) vinculadas a la temática de la presente Ley.
 
En idéntica dirección, “realizar programas de sensibilización, concientización y capacitación” dirigidos a “los profesionales y demás trabajadores del Sistema Público de Salud, y a todo interesado en la temática”, explicó el senador justicialista Danilo Hugo Capitani (BJ-San Jerónimo) el Proyecto de Ley, que consta de 7 artículos, elaborado y consensuado sobre la base del Proyecto de Ley (Expediente 34101 JL) de su autoría, corregido, mejorado y aumentado luego de la acumulación con la media sanción (Expediente 34221 CD) proveniente de la Cámara de Diputados que, a su vez, había unificado dos Proyectos de Ley (Expediente 31932 CD-FV-PJ) (Expediente 32104 CD-FP-PS), del diputado justicialista Leandro Busatto (PJ-FV) el primero, y de los diputados socialistas Julio Francisco Garibaldi (PS-FPCS), Joaquín Andrés Blanco (PS-FPCS) y Antonio Juan Bonfatti (PS-FPCS) el segundo; aprobado por unanimidad en la sesión ordinaria de prórroga del jueves 24 de noviembre de 2016 de la Cámara de Senadores, razón por la cual fue devuelto en segunda revisión a la Cámara de Diputados que, como se adelantó en pleno recinto, obtendría el miércoles 30 de noviembre de 2016 la sanción definitiva.
 
Cabe resaltar que con las barras colmadas de representantes de las diferentes agrupaciones y organizaciones: APUCAM, MACAME y otras, que vitorearon el consenso logrado en el Senado y la pronta sanción definitiva en Diputados, el senador radical Felipe Michlig (NEO-UCR-FPCS-San Cristóbal), presidente del Bloque Frente Progresista Cívico y Social, valoró la “madurez de todos los bloques” y ponderó la tarea desarrollada en la comisión de Salud  Pública y Conservación del Medio Ambiente Humano, especialmente “la labor de los senadores Miguel Cappiello y Danilo Capitani”, ex ministro de Salud y presidente de la citada comisión, respectivamente, y del resto de los integrantes, porque “el dolor no puede esperar” y, por eso, “hemos actuado más como padres y abuelos que como legisladores”.
 
Publicado: 25/Noviembre/2016

Fuente: Fernando Brosutti


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