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[ 30.11.2016 20:45 ]   ›

SADOP logró su objetivo: “evitar despidos arbitrarios de docentes privados”

La Legislatura sancionó reformas importantes para la “estabilidad laboral”

SADOP logró su objetivo: “evitar despidos arbitrarios de docentes privados”
En el marco de la lucha que llevó adelante el Sindicato Argentino de Docentes Privados de Santa Fe y de Rosario: SADOP Seccional Santa Fe y SADOP Seccional Rosario, por la sanción definitiva de la Ley Contra los Despidos Arbitrarios, desde el pasado miércoles 19 de octubre de 2016, frente a la explanada de la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, con un firme reclamo mediante la instalación de una carpa docente durante 48 horas semanales (miércoles y jueves), hasta tanto sea promulgada la misma que, corregida, mejorada y aumentada en la Cámara de Diputados, reformada de común acuerdo y modificada en el Senado en la sesión ordinaria de prórroga del pasado jueves 24 de noviembre; resultó sancionada en forma definitiva con fuerza de Ley, luego que Diputados aceptara las enmiendas introducidas, este miércoles 30 de noviembre de 2016, en sumarísimo trámite, con el voto afirmativo de los diputados y diputadas presentes, oficialistas y de la oposición, y las abstenciones de los legisladores de Cambiemos Santa Fe; lográndose el objetivo perseguido: “evitar los despidos arbitrarios de los docentes privados y, por ende, reafirmar su estabilidad laboral”; comunicándose la flamante norma al Poder Ejecutivo Provincial para su promulgación; entre vítores, aplausos y aclamaciones.
 
Bajo la consigna “Cada día que pasa, un docente más puede quedar en la calle”, los maestros de escuelas privadas profundizaron la esforzada lucha por la estabilidad laboral y, después de mucho bregar, obtuvieron el resultado buscado, la sanción definitiva de la Ley contra los Despidos Arbitrarios.
 
Vale recordar que en ese avance a paso firme en pos de los resultados deseados, y finalmente obtenidos, desde las barras del Senado aplaudieron a los senadores que modificaron la media sanción proveniente de Diputados, en la sesión ordinaria de prórroga del pasado jueves 24 de noviembre de 2016, presidida por el vicegobernador Carlos Fascendini (NEO-UCR-FPCS) y asistencia perfecta de los 19 senadores, de los cuales: el senador José Baucero (BJ-San Javier) se abstuvo; el senador Lisandro Enrico votó por la negativa; y los 17 senadores restantes por la afirmativa. Ahora, en la sesión ordinaria de prórroga de este jueves 30 de noviembre de 2016, Diputados aceptó las enmiendas y sancionó en forma definitiva la Ley contra los Despidos Arbitrarios; igualmente con las barras colmadas de esforzados educadores.
 
La comisión de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación que preside el senador justicialista Danilo Capitani (BJ-San Jerónimo), de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, el pasado día 19 de setiembre de 2016, hace poco más de dos meses, emitió despacho favorable y remitió el dictamen a las comisiones de Legislación del Trabajo, de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación General, presididas por los senadores: Germán Giacomino (UCR-FPS-Constitución), Alcides Lorenzo Calvo (BJ-Castellanos) y Joaquín Raúl Horacio Gramajo (BJ-9 de Julio), respectivamente.
 
La comisión de Legislación del Trabajo que preside el citado senador radical Germán Giacomino (UCR-FPS-Constitución), luego de recibir a los dirigentes gremiales: Patricia Mounier, secretaria general de SADOP Santa Fe; Pedro Bayúgar, secretario gremial de SADOP Argentina; y Martín Lucero, secretario general de SADOP Rosario; emitió despacho favorable el día jueves 27 de octubre de 2016, y remitió la iniciativa a la comisión de Presupuesto y Hacienda que preside el senador justicialista Alcides Lorenzo Calvo (BJ-Castellanos).
 
El presidente de dicha comisión de Presupuesto y Hacienda, senador justicialista Alcides Calvo (BJ-Castellanos), como la iniciativa no contempla cuestiones presupuestarias, remitió directamente el despacho, que siguió su derrotero, a la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General que preside el senador justicialista Joaquín Raúl Horacio Gramajo (BJ-9 de Julio) y además integran: Ricardo Kaufmann (BJ-Garay), Alcides Calvo (BJ-Castellanos), Cristina Berra (BJ-San Martín), Armando Traferri (BJ-San Lorenzo), Eduardo Rosconi (BJ-Caseros), Lisandro Enrico (UCR-FPS-Gral. López), Orfilio Marcón (NEO-UCR-FPCS-Gral. Obligado), Rodrigo Borla (NEO-UCR-FPCS-San Justo) y Raúl Emilio Jatón (PS-FPCS-La Capital).
 
No debemos olvidar que el presidente de dicha comisión, Joaquín Raúl Horacio Gramajo (BJ-9 de Julio) había adelantado el “voto afirmativo”, pero había aclarado que lo haría siempre y cuando supere el trámite parlamentario en la comisión de Presupuesto y Hacienda. Por lo tanto, cumplimentando la palabra empeñada, convocó a sesión de comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General que, de común acuerdo con el resto de los representantes territoriales, los dirigentes gremiales y los diputados y diputadas, emitió el dictamen respectivo con las modificaciones consensuadas, y, luego de aprobarse en Senado, se devolvió en segunda revisión a Diputados que, este miércoles 30 de noviembre de 2016, sancionó en forma definitiva en trámite sumarísimo.
 
Cabe resaltar que desde la sesión ordinaria del jueves 16 de junio de 2016 del Senado, hace cinco meses y medio, se estudiaba el Proyecto de Ley (Expediente 32997 CD) proveniente con media sanción de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe desde la sesión ordinaria del jueves 2 de junio de 2016, por el cual se modifican los artículos 29º, 30º y 31º de la Ley Provincial Nº 6427 (Servicio Provincial de Enseñanza Privada), con el objetivo de “evitar despidos injustos de docentes privados cuya fundamentación pueda evadirse mediante el pago de una indemnización”.
 
Vale recordar que la diputada provincial justicialista Olga Coteluzzi (BJ), acompañada de sus pares de distintos bloques: Antonio Bonfatti (PS-FPCS), presidente de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe; Eduardo Di Pollina (PS-FPCS), Rubén Giustiniani (IP-FPCS), Germán Bacarella (FJV), Claudia Giaccone (JSF), Verónica Benas (PARES-FPCS), Carlos Del Frade (FSP), Alicia Gutiérrez (SI-FPCS), Silvia Augsburger (IP-FPCS), Julio Eggimann (JSF), Leandro Busatto (PJ-FV) y Ariel Bermúdez (CC-ARI-FPCS), en la sesión ordinaria del día jueves 2 de junio de 2016, obtuvo el respaldo necesario para el Proyecto de Ley (Expediente 31191 CD-DB) de su autoría y suscripto por los nombrados, ingresado por mesa de movimiento el 19 de mayo de 2016; de similar tenor a la iniciativa de su compañero de bancada: Luis Daniel Rubeo (BJ), quien presentó el Proyecto de Ley (Expediente 30675 CD-PJ) de su autoría, vinculado con “los despidos de docentes privados”, el miércoles 3 de febrero de 2016; ahora corregido, mejorado y aumentado que estudiaron para su acumulación las comisiones de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, de Asuntos Laborales, Gremiales y de Previsión y de Asuntos Constitucionales y Legislación General por el cual se proponen modificaciones en los artículos 29º, 30º y 31º de la Ley Provincial Nº 6427 (Servicio Provincial de Enseñanza Privada), porque “en el ámbito educativo provincial, los únicos casos de despidos sin invocación de causa pueden darse en la educación de gestión privada, habida cuenta de que en el ámbito oficial sólo puede darse a través de un sumario que compruebe las causas invocadas para el distracto laboral y garantizando el derecho a defensa del docente”; comunicándose la media sanción al Senado que, en fecha 24 de noviembre, modificó y devolvió a Diputados en segunda revisión, que este miércoles 30 de noviembre de 2016 sancionó en forma definitiva luego de aceptar rápidamente las enmiendas.
 
Desde nuestra concepción, “todo despido sin invocación de causa es arbitrario” puesto que, más allá de la reparación que intenta lograr la indemnización, priva al trabajador de conocer cuáles son las causas por las que queda sin trabajo.
 
Si bien el artículo 30º de la Ley 6427, con su antigua redacción, intenta desalentar los despidos sin invocación de causa, queda a mitad de camino legitimando por vía indirecta decisiones que pueden implicar conductas arbitrarias en perjuicio de los trabajadores docentes. En ese sentido, la nueva redacción del artículo 30º de la Ley 6427 tiende a suprimir esta falencia y “evitar despidos injustos cuya fundamentación pueda evadirse mediante el pago de una indemnización” indirectamente favorecida por la existencia del aporte estatal.
 
La norma proyectada se complementa con una nueva redacción del artículo 31º de la Ley 6427 donde se actualizan las disposiciones normativas que en la redacción original hablaban de cesantías y que, por imperio de la sanción de la Ley de Contrato de Trabajo, había quedado derogada en los hechos.
 
Cabe señalar que esta normativa “no altera ni cuestiona la potestad de los titulares de establecimientos educativos privados” de administrar y dirigirlos. Toda esa relación se mantiene, como no puede ser de otra manera, dentro del imperio de la norma de fondo establecida por la Ley Nacional Nº 20.744. Tampoco se afecta el Presupuesto del Servicio Provincial de Enseñanza Privada.
 
En la actualidad, la educación privada cumple un rol muy importante en Santa Fe, con 230.000 alumnos y 22.000 docentes titulares repartidos en 840 establecimientos, de los cuales 630 reciben aportes del 100%. Desde una concepción de compromiso con los trabajadores y sus derechos, creemos que es necesario que exista una regulación clara que fomente el principio de continuidad laboral brindando previsibilidad y seguridad a los docentes, desalentando los despidos sin invocación de causa.
 
Puntualmente, en los casos de “despidos sin expresión de causa”, el Director del Servicio Provincial de Enseñanza Privada dispondrá “la quita del aporte estatal para el cargo que ocupaba el docente despedido”. Durante la vigencia de la quita del aporte estatal, en ningún caso podrá incrementarse el porcentaje ni el monto total del mismo. No obstante, la entidad propietaria podrá solicitar nuevamente el reintegro del aporte estatal, objeto de la quita, o el cambio de sus condiciones de autorización o incorporación pasados los 18 (diez y ocho) meses (antes 30 meses) de la disposición que así lo estableciere, siempre que se acrediten las condiciones previstas en los artículos 9, 10, 11 y 12 de la presente Ley. En el caso de que el cargo que ocupaba el docente despedido estuviera autorizado, no podrá decretarse su incorporación por el plazo de 18 (diez y ocho) meses, (antes 30 meses).
 
El Director del Servicio Provincial de Enseñanza Privada, a pedido de parte, mediante disposición fundada, en casos excepcionales, y después de transcurridos 6 (seis) meses, (antes 18 meses), de la efectiva quita del aporte estatal, podrá disponer la remisión del mismo con anticipación al plazo originariamente dispuesto, a condición de que “el empleador acredite el cumplimiento de todas sus obligaciones laborales y de la seguridad social”.
 
En definitiva, entendemos que “debe primar un criterio de estricta justicia distributiva”, coincidieron en los fundamentos el diputado provincial justicialista Luis Daniel Rubeo (BJ), autor del Proyecto de Ley (Expediente 30675 CD-PJ) ingresado en fecha 3 de febrero de 2016 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, y los diputados y diputadas: Olga Coteluzzi (BJ), Antonio Bonfatti (PS-FPCS), Eduardo Di Pollina (PS-FPCS), Carlos Del Frade (FSP), Verónica Benas (PARES-FPCS), Germán Bacarella (FJV), Julio Eggimann (JSF), Alicia Gutiérrez (SI-FPCS), Silvia Augsburger (IP-FPCS), Rubén Giustiniani (IP-FPCS), Leandro Busatto (PJ-FV), Claudia Giaccone (JSF) y Ariel Bermúdez (CC-ARI-FPCS), autora y coautores del Proyecto de Ley (Expediente 31191 CD-DB) ingresado el jueves 19 de mayo de 2016 para su acumulación y posterior consideración, hecho que aconteció en la sesión ordinaria del jueves 2 de junio de 2016, comunicándose la media sanción al Senado que, en la sesión ordinaria de prórroga del jueves 24 de noviembre de 2016, incorporó las reformas indicadas en cuanto a la atenuación de los plazos, de 30 meses a 18 meses, y de 18 meses a 6 meses, como se indica más arriba, devolviendo la iniciativa a Diputados que, rápidamente, este miércoles 30 de noviembre, aceptó las enmiendas y sancionó con fuerza de Ley, atento a que “beneficia al interés general e impone una carga razonable a instituciones que reciben aportes para colaborar con su tarea educativa”.
 
Además de considerar oportuno recuperar los argumentos principales esgrimidos por el diputado provincial justicialista Luis Daniel Rubeo (BJ), ya que en líneas generales el Proyecto de Ley (Expediente 31191 CD-DB) coincide con la propuesta original (Expediente 26414) que obtuvo media sanción el 8 de noviembre de 2012 y perdió estado parlamentario en el Senado por falta de tratamiento, y, también, con el Proyecto de Ley (Expediente 30675 CD-PJ) vinculado con los “despidos de docentes privados”; la autora y coautores mencionados más arriba reiteraron, luego en coincidencia con los senadores, que “todo despido sin invocación de causa es arbitrario puesto que, más allá de la reparación que intenta lograr la indemnización, priva al trabajador de conocer cuáles son las causas por las que queda sin trabajo”, y reafirmaron que “se hace necesario que exista una regulación clara que fomente la continuidad laboral de los docentes y desaliente los despidos sin invocación de causa”.
 
La comisión de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación del Senado emitió despacho favorable el 19 de setiembre de 2016 y, de igual modo, el 27 de octubre de 2016, la comisión de Legislación del Trabajo, y se remitió el dictamen a la comisión de Presupuesto y Hacienda que, como no contemplaba cuestiones presupuestarias, lo elevó directamente a la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Senadores que, con las reformas enunciadas, aprobó en la sesión ordinaria de prórroga del jueves 24 de noviembre, que Diputados, este miércoles 30 de noviembre de 2016, convirtió en Ley en sumarísimo trámite.
 
En función de ello, y en el marco de la lucha que llevó adelante SADOP Seccional Santa Fe y SADOP Seccional Rosario por la sanción definitiva de la Ley Contra los Despidos Arbitrarios, frente a la explanada de la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, a través de un firme reclamo liderado por Patricia Mounier, Pedro Bayúgar y Martín Lucero, mediante la instalación de una carpa docente durante 48 horas semanales (miércoles y jueves), hasta tanto sea promulgada la Ley, se obtuvieron los resultados deseados con firmeza y plena convicción.
 
Bajo la consigna “Cada día que pasa, un docente más puede quedar en la calle”, los maestros de escuelas privadas profundizaron su lucha por la estabilidad laboral y, luego de lo acontecido el jueves 24 de noviembre en el Senado, este miércoles 30 de noviembre de 2016 en Diputados, por unanimidad, sobre tablas y en sumarísimo trámite, aunque con las abstenciones de los legisladores de Cambiemos Santa Fe, con la sanción definitiva, obtuvieron los frutos del esfuerzo y la perseverancia, y, con aplausos y vítores que bajaron desde las barras colmadas de esforzados educadores, como aconteció en el Senado el pasado jueves 24 de noviembre, en el día de la fecha: miércoles 30 de noviembre de 2016, en Diputados y luego en la explanada de la Legislatura de Santa Fe, reconocieron la tarea mancomunada y conjunta de legisladores: senadores y diputados, dirigentes gremiales, educadores y la comunidad educativa “en defensa del trabajo y la estabilidad laboral”.
 
Publicado: 30/Noviembre/2016

Fuente: Susana Goris


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