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[ 13.01.2017 19:52 ]   ›

Mascheroni promueve un marco regulatorio general sobre la temática hídrica

Santa Fe necesita una Ley Marco o Código para regular “el problema del agua”

Mascheroni promueve un marco regulatorio general sobre la temática hídrica
El diputado radical Santiago Mascheroni (UCR-FPCS), acompañado de sus pares: Julián Galdeano (UCR-FPCS), Alejandro Boscarol (UCR-FPCS), Claudio Fabián Palo Oliver (UCR-FPCS), Héctor Gregoret (UCR-FPCS), Patricia Tepp (UCR-FPCS), Claudia Moyano (UCR-FPCS), Gabriel Real (BDP-FPCS), Carlos Del Frade (FSP) y Verónica Benas (PARES-FPCS), por intermedio del Proyecto de Ley (Expediente 32066 CD-DB) de su autoría y suscripto por los nombrados, ingresado el pasado 13 de octubre de 2016 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, hace tres meses, que consta de 190 artículos cuidadosamente elaborados sobre la base de un proyecto anterior que caducó por falta de tratamiento parlamentario en tiempo y forma, pretende establecer “las disposiciones que rigen la gestión integral de los recursos hídricos” en el territorio de la Provincia de Santa Fe para “garantizar el acceso al agua potable como un derecho humano fundamental”, y promover el “uso sustentable del agua en el marco de la política hídrica provincial”.
 
La gestión integrada involucra el ordenamiento territorial, sobre la base que “el dominio de la Provincia de Santa Fe sobre las aguas es inalienable, imprescriptible e inembargable”. La planificación hidrológica tendrá como objetivo general “satisfacer las demandas de agua y equilibrar y compatibilizar el desarrollo regional y sectorial de acuerdo a los distintos usos”.
 
El proyecto de Ley, que consta de 190 artículos, comprende cuatros Libros. El Libro I: Postulados de la Ley de Aguas y el Plan Hídrico Provincial; el Libro II: Usos del Agua, Concesión y Canon, Obras Vinculadas con las Aguas y de los Grandes Acueductos; el Libro III: Control de Actividades Relacionadas al Recurso Hídrico y Afectaciones al Medio por Efecto del Agua y por Acción Antrópica; y el Libro IV: Disposiciones Administrativas, Registros y Catastro, Régimen Económico Financiero, Régimen Contravencional y Sanciones; con muchos Títulos, Capítulos y Secciones.   
 
Se aborda el tema reconociendo que “ya hubo iniciativas legislativas en ese sentido, y sobre las cuales se ha trabajado este proyecto”. En su estructura “se mantienen los mismos lineamientos generales”, pero se introducen modificaciones estimadas de importancia y se suprimen algunas cuestiones que encuentran regulación en legislación específica, o por no coincidir con el enfoque abordado en proyectos anteriores.
 
Entre los cambios más importantes introducidos al proyecto que caducó por falta de tratamiento, “se dispone la creación del área específica dentro del Ministerio de Infraestructura a los fines de centralizar el control, coordinación y aplicación de la presente Ley”; y se encomienda “la elaboración de un Plan Hídrico Provincial” que contará con una visión integrada y previsora de las distintas regiones del territorio provincial para “abordar integralmente la problemática hídrica”.
 
En cuanto al uso social, se introduce como requisito “la solicitud de autorización cuando se considere que la escala o magnitud del emprendimiento requiera mayores exigencias al momento de explotar el recurso”, y, en relación al uso productivo, en lo que refiere a plantas de industrialización y envases, se hace necesario la adecuación a la normativa vigente: Ley Nº 11.220 de Servicios Públicos de Agua y Saneamiento, que rige esta materia especialmente.
 
En lo que refiere al “uso del agua con fines terapéuticos o medicinales de las aguas termales”, se sostiene el criterio de la regulación vigente por los organismos competentes en la materia, siendo la ANMAT quien determina o califica cuando algún elemento es apto para uso medicinal.
 
En materia de minería, “se limita al uso del agua como complemento de la actividad minera principal y en modo alguno se permite su utilización como parte de la técnica de fractura o fraccionamiento hidráulico (fracking)”.
 
Entre otros cambios, “la concesión de las aguas se incorpora dentro de los principios generales” y se establece “el proceso de licitación y la audiencia pública” para los casos de explotación del recurso a gran escala o prestaciones a terceros. Al tratar el tema del canon, “se incorpora la excepción del pago del mismo a los municipios, comunas y a las cooperativas radicadas en el territorio provincial”.  
 
En cuanto a las obras vinculadas con las aguas, se incorpora un Capítulo para el tratamiento de Grandes Acueductos, y se regula en dos grandes categorías: transporte de agua cruda y de agua ya tratada o apta para el consumo humano o doméstico, con aplicación en este caso de las normas pertinentes de la Ley Nº 11.220. En lo que respecta a las obras de infraestructura se menciona la legislación específica en materia de obras públicas.
 
En relación al control de las actividades relacionadas al recurso hídrico, y en lo que refiere a la declaración de la emergencia hídrica, se introduce una modificación que mantiene la facultad de la declaración en la órbita del Poder Ejecutivo, con comunicación a los demás poderes del Estado.
 
Se modifica la línea de ribera por remisión al artículo 235 inciso c) del Código Civil y Comercial de la Nación. En cuanto a la materia de expropiación, se plantea el criterio de remitir a la Legislatura las expropiaciones que correspondan, y sin perjuicio de la ley concreta que regula el trámite expropiatorio.
 
Se modifica el proyecto base en el aspecto relacionado a los convenios con municipios, comunas y comités de cuencas y, al respecto, se elimina por estar comprendido dentro del alcance de la Ley Nº 12.385 de Obras Menores, y por la puesta en marcha por parte de la Provincia de diferentes programas específicos (EQUIPAR o similares), por lo cual esta problemática ya es abordada suficientemente.
 
Para las contribuciones de mejoras, se agregó la facultad de otorgar excepciones en el mismo sentido que se aplica en materia del canon. Se mantiene la vigencia de la Ley Nº 12.081 en materia de conflictos originados por obras hidráulicas en cuanto al trámite, pero se eliminan los artículos sobre el procedimiento. En materia de servicios públicos y saneamiento tiene plena vigencia la Ley Nº 11.220.
 
También se elimina del proyecto original caducado el tema que trataba de las organizaciones de cuencas y de usuarios o beneficiarios, ya que se encuentra regulado por la Ley Nº 9.830, de plena vigencia, y que aborda correctamente la cuestión. Se reconocen las concesiones preexistentes y se incorpora el procedimiento de las concesiones y permisos preexistentes.
 
En cuanto a la normativa vigente, se reconoce la plena vigencia de las leyes especiales sobre recursos hídricos que no resulten expresamente modificadas por esta Ley, y, en ese sentido, conservan su plena aplicación: Ley Nº 11.220 de Transformación del Sector Público de Agua Potable, Desagües Cloacales y Saneamiento; Ley Nº 11.730 sobre Régimen de Uso de Bienes Ubicados en Zonas Inundables; y Ley Nº 12.081 sobre Resolución de Conflictos de Origen Hídrico. Se derogan las Leyes Nº 2.250; Nº 3.368; Nº 3.375; Nº 10.623; Nº 10.714 y Nº 10.825.
 
Santa Fe, como provincia, tiene un gran desarrollo hídrico, en el cual se destaca el río Paraná, a la par de otros ríos: Salado y Carcarañá, y numerosas lagunas distribuidas por el territorio y grandes acuíferos que completan este recurso natural. Esto, sumado a la importancia de la problemática del agua en el desarrollo económico, hacen “imperiosa la necesidad de contar con una Ley Marco o Código que venga a regular la materia de forma integral”, fundamentó el diputado radical Santiago Mascheroni (UCR-FPCS) el Proyecto de Ley (Expediente 32066 CD-DB) de su autoría, que consta de 190 artículos distribuidos en 4 Libros y numerosos Títulos, Capítulos y Secciones, elaborados sobre la base de un proyecto anterior que caducó por falta de tratamiento; corregido, mejorado, aumentado e ingresado el pasado 13 de octubre de 2016 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, hace tres meses, no sin antes reconocer que “ya hubo iniciativas legislativas en ese sentido, y sobre las cuales se ha trabajado este proyecto”.
 
Publicado: 13/Enero/2017

Fuente: Fernando Brosutti


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