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[ 18.11.2017 11:05 ]   ›

Diputados acordó tratar nuevas herramientas para las PYMES Santafesinas

Se entiende que “el desarrollo productivo construye sociedades equitativas”

Diputados acordó tratar nuevas herramientas para las PYMES Santafesinas
En la 1ª sesión ordinaria de prórroga de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe del jueves 16 de noviembre de 2017, a propuesta del diputado radical Julián Galdeano (UCR-FPCS), presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda, se acordó una preferencia de tratamiento para la 2ª sesión ordinaria de prórroga que se llevará a cabo el próximo jueves 23 de noviembre de 2017, con dictamen conjunto de las comisiones internas a las que había sido derivado, esto es, la citada de Presupuesto y Hacienda y la de Asuntos Constitucionales y Legislación General, con el objeto de lograr la media sanción correspondiente para el Proyecto de Ley (Expediente 33630 PE) (Mensaje 4619) del Poder Ejecutivo, acumulado a otras iniciativas: (Expedientes: 31885 CD-CSF-UP, 32008 CD-DB, 32299 CD-FJV, 32426 SEN y 33139 CD-FP-UCR), por el cual se crea el “Programa de Financiamiento a la Preinversión de PYMES” en la Provincia de Santa Fe. 
 
Cabe recordar que el Gobernador Roberto Miguel Lifschitz, acompañado de los ministros de Economía y de la Producción, Gonzalo Miguel Saglione y Luis Gustavo Contigiani respectivamente, ingresó el citado Proyecto de Ley (Expediente 33630 PE) (Mensaje 4619) de su autoría y suscripto por los nombrados, que consta de 21 artículos cuidadosamente elaborados, el pasado lunes 18 de setiembre de 2017 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados, con el fin del establecimiento de “herramientas trascendentes para el fortalecimiento y promoción de PYMES Santafesinas”, tanto las microempresas como las pequeñas y medianas.
 
Asimismo, “se promueve que las mismas puedan gozar del beneficio de estabilidad fiscal hasta el 31 de diciembre de 2018”; entendiendo que “el desarrollo productivo es uno de los pilares para construir una sociedad más equitativa y con más igualdad de oportunidades”.
 
Se crea el Programa de Financiamiento a la Preinversión de PYMES mediante el cual el Poder Ejecutivo podrá otorgar asistencia financiera reembolsable tanto a las microempresas como a las pequeñas y medianas, con destino a gastos de preinversión.
 
Además, se autoriza al Poder Ejecutivo a constituir una Sociedad de Garantía Recíproca (S.G.R.) en los términos de la Ley Nacional Nº 24.467, modificatorias y complementarias.
 
En el mismo sentido, se faculta al Fondo de Inversión y Desarrollo de la Provincia de Santa Fe, creado por Ley Provincial Nº 13.622, a constituir e integrar fideicomisos o fondos fiduciarios, siempre y cuando los recursos se apliquen exclusivamente a los conceptos de la constitución de dicha Sociedad de Garantía Recíproca (S.G.R.).
 
Para ello, se incorpora el diez por ciento (10%) de lo que se perciba del Estado Nacional durante el ejercicio 2018 en concepto de pago de deuda de los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación emitidos el 24 de noviembre de 2015.
 
También, se autoriza al Poder Ejecutivo a realizar las operaciones que resulten necesarias para la obtención de disponibilidades y/o realizar operaciones de financiamiento mediante la afectación de activos financieros o de cuentas a cobrar o de cualquier otro derecho de cobro que resulte de operaciones oportunamente efectuadas.
 
En la misma dirección, se autoriza al Poder Ejecutivo a ceder en garantía, custodia o propiedad fiduciaria las disponibilidades obtenidas por las operaciones de financiamiento realizadas. Sin perjuicio de esto, el ejercicio de las acciones de cobro judicial y/o extrajudicial correspondientes a los activos financieros y/o cuentas a cobrar y/o cualquier otro derecho de cobro continuarán bajo el control del Poder Ejecutivo.
 
Las operaciones de financiamiento aludidas deberán reunir las siguientes características: deuda directa interna; plazo mínimo de amortización de 30 días desde la fecha de emisión; plazo máximo de amortización de 365 días desde la fecha de emisión; y destino del financiamiento.
 
Se crea el “Programa de Mejora de la Competitividad Industrial” destinado a pequeñas y medianas empresas con interés en elevar el nivel de profesionalización y capacitación de sus recursos humanos tanto en niveles intermedios como gerenciales, realizar innovación de sus productos, avanzar en el desarrollo tecnológico y de gestión u otros objetivos similares.
 
El Poder Ejecutivo podrá destinar Aportes No Reintegrables (A.N.R.) a un conjunto de empresas que compartan las mismas problemáticas, con el objetivo de mejorar su productividad, fortalecer su competitividad, optimizar la gestión de costos, mejorar su organización, incrementar la rentabilidad y brindar mayor sustentabilidad en el tiempo.
 
Se crea el Programa “Educación para el mundo laboral” cuyo objetivo es la formación y calificación permanente de los operarios de empresas PYMES industriales que desarrollen sus tareas en establecimientos fabriles radicados en la Provincia de Santa Fe. El Poder Ejecutivo podrá otorgar Aportes No Reintegrables (A.N.R.) conducentes a dicho objetivo.
 
Se crea el Programa “Santa Fe al mundo” con el objetivo de generar herramientas integrales para la preparación de las empresas santafesinas en su proceso de internacionalización, potenciando la presencia global de los productos elaborados en la provincia a través de consultoría in company, planes de negocios, asistencia técnica, capacitaciones, estudios de mercados, inteligencia comercial, participación en ferias y misiones comerciales, y organización de agendas de negocios en mercados con potencial estratégico.
 
Asimismo, “se propiciará la creación de condiciones que tiendan a favorecer el asociativismo entre empresas”.
 
En cuanto a la “Estabilidad Fiscal”, la Provincia de Santa Fe adhiere al régimen de estabilidad fiscal previsto en el artículo 6º de la Ley Nacional Nº 27.264 para las microempresas, las pequeñas empresas y las medianas empresas. El beneficio que se establece en la presente Ley resultará de aplicación desde su publicación hasta el 31 de diciembre de 2018 y comprenderá: Impuesto sobre los Ingresos Brutos e Impuesto de Sellos. Se invita a las Municipalidades y Comunas de la Provincia de Santa Fe a dictar las normas legales pertinentes a efectos de otorgar beneficios de estabilidad fiscal.
 
En defensa de la promoción del desarrollo productivo, que debe ser entendida como una política de Estado que se sostenga en el tiempo, “se hace necesario el fortalecimiento tanto de las microempresas como de las pequeñas y medianas”, fundamentó el Gobernador Roberto Miguel Lifschitz, secundado por los ministros de Economía y de la Producción, Gonzalo Miguel Saglione y Luis Gustavo Contigiani respectivamente, el Proyecto de Ley (Expediente 33630 PE) (Mensaje 4619) de su autoría y suscripto por los nombrados, ingresado el lunes 18 de setiembre de 2017 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe.
 
Ante la solicitud del diputado radical Julián Galdeano (UCR-FPCS) en la 1ª sesión ordinaria de prórroga del jueves 16 de noviembre de 2017 de Diputados, se acordó una preferencia de tratamiento para la 2ª sesión ordinaria de prórroga que se realizará el próximo jueves 23 de noviembre de 2017, en la que, como todos presumen admitiendo prueba parlamentaria en contrario, recibiría la media sanción correspondiente y se comunicaría rápidamente al Senado para que complete el procedimiento legislativo.
 
Publicado: 18/Noviembre/2017

Fuente: Susana Goris


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