[ 04.12.2017 12:42 ] ›
Blanco y otros protegen a las empresas recuperadas por los trabajadores
La Legislatura sancionó “conservar las fuentes de producción y de trabajo”
En la sesión ordinaria del jueves 30 de noviembre de 2017 del Senado Santafesino, sobre tablas y por unanimidad, se completó el procedimiento parlamentario iniciado el 22 de setiembre de 2016 en Diputados, en relación al Proyecto de Ley (Expediente 31101 CD-FP-PS) (Expediente 33708 CD) ingresado por mesa de movimiento el pasado jueves 5 de mayo de 2016 y suscripto por los diputados socialistas: Joaquín Andrés Blanco (PS-FPCS), Inés Bertero (PS-FPCS), Antonio Bonfatti (PS-FPCS), Oscar Pieroni (PS-FPCS), María Cecilia del Huerto Ayala (PS-FPCS), Julio Francisco Garibaldi (PS-FPCS), Clara Rut García (PS-FPCS), Miguel Ángel Solís (PS-FPCS) y Eduardo Di Pollina (PS-FPCS), por el cual, mediante 13 artículos cuidadosamente elaborados, se promueve “la protección y apoyo a las empresas recuperadas por los trabajadores organizados en Cooperativas de Trabajo”, con el propósito de “conservar las fuentes de producción y de trabajo que se encuentren en funcionamiento o en proceso de reactivación, posibilitando la recuperación de la empresa por parte de sus trabajadores”; comunicándose la flamante norma sancionada con fuerza de Ley al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Se denomina “empresa recuperada por los trabajadores”, a los efectos de la presente Ley, al establecimiento o unidad productiva que estando en cesación de actividades, cierre del establecimiento, abandono de los titulares, desmantelamiento de unidades productivas, vaciamiento por parte de los empleadores, trasvasamiento de trabajadores, maquinarias y activos, disolución de la sociedad con causal de liquidación o de cierre por cualquier causa, “pasa de la gestión privada a la gestión colectiva de sus antiguos asalariados” organizados bajo la forma jurídica de cooperativas de trabajo o en trámite de constitución.
Las empresas recuperadas se caracterizan por propugnar sus acciones en base a valores tales como “la solidaridad, la cooperación, la equidad, la responsabilidad y la igualdad”; la autogestión; la participación económica de sus miembros y una distribución de ingresos conforme a los resultados; adoptar procedimientos internos democráticos en la toma de decisión; priorizar el trabajo por sobre el capital; y la autonomía e independencia.
Se crea en ámbito de la Subsecretaría de Economía Social y Solidaria, que será la autoridad competente para la interpretación y aplicación de la presente Ley, el Registro Provincial de Empresas Recuperadas por sus trabajadores, y, las que se inscriban en el mismo, tendrán “acceso a la asistencia técnica y acompañamiento” para que pueda ser sustentable en los aspectos económico, productivo y social; preferencia como proveedores del Estado; tratamiento fiscal preferencial de carácter temporal y diferenciado según el impacto en el mantenimiento y generación de puestos de trabajo de la empresa; y acceso a líneas de crédito.
El Gobierno Provincial reconoce “la centralidad del trabajo autogestivo en el sistema productivo y la importancia que adquiere la estabilidad de los puestos de trabajo en el marco de la recuperación de las empresas en situación de crisis”, fundamentó el diputado socialista Joaquín Andrés Blanco (PS-FPCS), acompañado de sus pares: Inés Bertero (PS-FPCS), Eduardo Di Pollina (PS-FPCS), Oscar Pieroni (PS-FPCS), María Cecilia del Huerto Ayala (PS-FPCS), Julio Francisco Garibaldi (PS-FPCS), Clara Rut García (PS-FPCS), Miguel Ángel Solís (PS-FPCS) y Antonio Bonfatti (PS-FPCS), el Proyecto de Ley (Expediente 31101 CD-FP-PS) (Expediente 33708 CD) de su autoría y suscripto por los nombrados, ingresado el 5 de mayo de 2016 y sancionado con fuerza de Ley por la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, primero en Diputados en la sesión ordinaria del 22 de setiembre de 2016 y después en el Senado en la sesión del 30 de noviembre de 2017, última del 135º Período Ordinario de Sesiones, en ambas Cámaras por unanimidad, comunicándose la flamante norma al Poder Ejecutivo Provincial para su promulgación; no sin antes destacar que “las empresas recuperadas en el año 2013 en la provincia ascendieron a 26 con 1.191 trabajadores”.
Publicado: 04/Diciembre/2017
Se denomina “empresa recuperada por los trabajadores”, a los efectos de la presente Ley, al establecimiento o unidad productiva que estando en cesación de actividades, cierre del establecimiento, abandono de los titulares, desmantelamiento de unidades productivas, vaciamiento por parte de los empleadores, trasvasamiento de trabajadores, maquinarias y activos, disolución de la sociedad con causal de liquidación o de cierre por cualquier causa, “pasa de la gestión privada a la gestión colectiva de sus antiguos asalariados” organizados bajo la forma jurídica de cooperativas de trabajo o en trámite de constitución.
Las empresas recuperadas se caracterizan por propugnar sus acciones en base a valores tales como “la solidaridad, la cooperación, la equidad, la responsabilidad y la igualdad”; la autogestión; la participación económica de sus miembros y una distribución de ingresos conforme a los resultados; adoptar procedimientos internos democráticos en la toma de decisión; priorizar el trabajo por sobre el capital; y la autonomía e independencia.
Se crea en ámbito de la Subsecretaría de Economía Social y Solidaria, que será la autoridad competente para la interpretación y aplicación de la presente Ley, el Registro Provincial de Empresas Recuperadas por sus trabajadores, y, las que se inscriban en el mismo, tendrán “acceso a la asistencia técnica y acompañamiento” para que pueda ser sustentable en los aspectos económico, productivo y social; preferencia como proveedores del Estado; tratamiento fiscal preferencial de carácter temporal y diferenciado según el impacto en el mantenimiento y generación de puestos de trabajo de la empresa; y acceso a líneas de crédito.
El Gobierno Provincial reconoce “la centralidad del trabajo autogestivo en el sistema productivo y la importancia que adquiere la estabilidad de los puestos de trabajo en el marco de la recuperación de las empresas en situación de crisis”, fundamentó el diputado socialista Joaquín Andrés Blanco (PS-FPCS), acompañado de sus pares: Inés Bertero (PS-FPCS), Eduardo Di Pollina (PS-FPCS), Oscar Pieroni (PS-FPCS), María Cecilia del Huerto Ayala (PS-FPCS), Julio Francisco Garibaldi (PS-FPCS), Clara Rut García (PS-FPCS), Miguel Ángel Solís (PS-FPCS) y Antonio Bonfatti (PS-FPCS), el Proyecto de Ley (Expediente 31101 CD-FP-PS) (Expediente 33708 CD) de su autoría y suscripto por los nombrados, ingresado el 5 de mayo de 2016 y sancionado con fuerza de Ley por la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, primero en Diputados en la sesión ordinaria del 22 de setiembre de 2016 y después en el Senado en la sesión del 30 de noviembre de 2017, última del 135º Período Ordinario de Sesiones, en ambas Cámaras por unanimidad, comunicándose la flamante norma al Poder Ejecutivo Provincial para su promulgación; no sin antes destacar que “las empresas recuperadas en el año 2013 en la provincia ascendieron a 26 con 1.191 trabajadores”.
Publicado: 04/Diciembre/2017
Fuente: Susana Goris
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