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[ 21.02.2018 09:45 ]   ›

Lifschitz promulgó con suma rapidez el Acuerdo de “Consenso Fiscal”

Se coincidió en que “la no suscripción del acuerdo hubiese generado asimetrías”

Lifschitz promulgó con suma rapidez el Acuerdo de “Consenso Fiscal”
En relación al Acuerdo de “Consenso Fiscal” suscripto el día 16 de noviembre de 2017 entre el Poder Ejecutivo Nacional, el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los gobernadores firmantes, el Gobernador de la Provincia de Santa Fe, Roberto Miguel Lifschitz, remitió el 12 de diciembre de 2017 a la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, vía el Senado, el Mensaje 4648 (Expediente 36229 PE) habilitado para este 135º Período Extraordinario de Sesiones, por el cual se solicita la ratificación del Acuerdo de “Consenso Fiscal”; girándose en la 1ª sesión extraordinaria del jueves 14 de diciembre de 2017 de “Senadores” a las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación General para su estudio y consideración.
 
El día jueves 8 de febrero de 2018, la Legislatura de la Provincia de Santa Fe ratificó el Acuerdo denominado “Consenso Fiscal”, en sumarísimo trámite; ya que primero el Senado a las 17:00 horas por unanimidad, presidido por el senador justicialista Rubén Regis Pirola (BJ-Las Colonias, presidente provisional del Cuerpo por ausencia con aviso del vicegobernador Carlos Alcides Fascendini (NEO-UCR-FPCS); y luego Diputados a las 20:00 horas por amplia mayoría: 29 votos positivos; 10 votos negativos; dos abstenciones y 8 ausentes, bajo la presidencia del diputado Antonio Juan Bonfatti (PS-FPCS); sobre tablas en ambas Cámaras; sancionó con fuerza de Ley.
 
Este día lunes 19 de febrero de 2018, el Gobernador Roberto Miguel Lifschitz, con suma rapidez y en sumarísimo trámite, registró como Ley Nº 13.748, promulgó y publicó en el Boletín Oficial para su vigencia plena.
 
Se faculta al Poder Ejecutivo Provincial a disponer de todas las medidas y dictar las normas necesarias para dar cumplimiento a los compromisos asumidos en el Acuerdo denominado “Consenso Fiscal”.
 
En el caso de que el dictado de estas normas resulte de competencia legislativa, el Poder Ejecutivo Provincial no las dispondrá “ad referendum” de la Legislatura Santafesina, sino que tendrán, indefectiblemente, tratamiento parlamentario, es decir, deberán discutirse en el seno de ambas Cámaras Legislativas.
 
En el Senado Santafesino, luego de las alocuciones de los senadores: Lisandro Enrico (UCR-FPSUR-Gral. López), Alcides Lorenzo Calvo (BJ-Castellanos), Felipe Enrique Michlig (NEO-UCR-FPCS-San Cristóbal) y Joaquín Raúl Horacio Gramajo (BJ-9 de Julio), se aprobó por unanimidad como “clara apuesta a la gobernabilidad provincial”, no sin antes coincidir en que “surgió de la necesidad de disminuir la presión tributaria”, y aclarar que “no afecta de ninguna forma a las jubilaciones santafesinas”.
 
Diputados, tres horas más tarde, completó el procedimiento parlamentario y sancionó con fuerza de Ley, pero luego de varios cabildeos y alocuciones de los diferentes legisladores: diputados y diputadas, oficialistas y de la oposición.
 
29 votos afirmativos; 10 votos negativos: Rubén Giustiniani (IP), Silvia Augsburger (IP), Carlos Del Frade (FSP), Mercedes Meier (FSP), Claudia Giaccone (JSF), Julio Eggimann (JSF), Silvia Simoncini (FJV), Roberto Mirabella (FJV), Germán Bacarella (FJV) y Patricia Chialvo (FJV); y dos abstenciones: Verónica Benas (PARES-FPCS) y Alicia Gutiérrez (SI-FPCS); arrojó el resultado de la votación, con 42 diputados y diputadas presentes, 8 ausentes y la presidencia del diputado socialista Antonio Juan Bonfatti (PS-FPCS), presidente del Cuerpo.
 
El diputado radical Julián Galdeano (UCR-FPCS), quien cerró el debate parlamentario, señaló que “el Gobierno Nacional ha resignado recursos, caso el financiamiento del déficit de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe”, además de representar “una reducción gradual de la presión tributaria”, sin desfinanciar las arcas provinciales. Significa “un avance en términos del modelo tributario, superador en lo institucional y en la forma de este federalismo con diálogo y concertación”.     
 
El Gobierno Nacional explicitó públicamente “la necesidad de avanzar con una serie de iniciativas anunciadas bajo el rótulo de ‘reformas’, planteando que las mismas resultan imprescindibles para progresar en soluciones definitivas a problemas económicos e institucionales estructurales”.
 
Una de dichas iniciativas consiste en “lograr la convergencia de determinadas variables fiscales que no sólo dependen del nivel federal de gobierno sino que involucran al desempeño de los niveles de gobierno subnacionales”.
 
Por tal motivo, “la consecución de dichos logros sólo puede encomiarse a partir de un acuerdo entre el Estado Nacional, los Estados Provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que contenga distintos puntos del marco fiscal nacional y provincial, tanto atinentes al gasto como a los recursos como asimismo a las reglas de relaciones fiscales ya sean en sentido vertical como horizontal”.
 
El Acuerdo de “Consenso Fiscal” suprime los aspectos con impacto negativo en las provincias que figuraban en los primeros planteos del Gobierno Nacional, e incorpora “otras concesiones y beneficios para las provincias”.
 
Entre ellas se destacan: garantías de que no disminuirán los recursos recibidos desde el Estado Nacional; coparticipación del impuesto que se aplique a partir de la Ley de Revalúo Impositivo; otorgamiento de un bono a 11 años; claridad en que las Cajas de Jubilaciones Provinciales no serán transferidas al Estado Nacional; un margen de maniobra en materia de política tributaria; y el compromiso de acordar antes del 31 de marzo de 2018 el monto y forma de pago de los juicios con sentencia firme de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
 
Para mayor abundamiento, el “Consenso Fiscal” es un acuerdo que “pretende comenzar a poner fin a la mora constitucional en materia de Coparticipación Federal”.
 
Se optó por suscribir el “Consenso Fiscal” porque “la no suscripción del mismo hubiese tenido, como consecuencia, la pérdida de los recursos procedentes del Fondo Federal Solidario (Fondo Soja), de los cuales un 30% es distribuido a municipios y comunas; la exclusión en la coparticipación del impuesto resultante de la Ley de Revalúo Impositivo; no quedar alcanzado por la suspensión de los plazos para el cumplimiento del Pacto Fiscal II”, y, también, “generar asimetrías desventajosas para la actividad económica de la Provincia de Santa Fe”.
 
Corresponde destacar que “el documento aludido incorpora puntos de exclusiva competencia del Congreso de la Nación”, como por ejemplo “aspectos vinculados al régimen previsional nacional”, se aclaró en los fundamentos del Mensaje 4648 del Poder Ejecutivo Provincial, habilitado para el actual 135º Período Extraordinario de Sesiones por el Gobernador Roberto Miguel Lifschitz, ingresado por mesa de movimiento el 12 de diciembre de 2017 y sancionado con fuerza de Ley el día jueves 8 de febrero de 2018 por la Legislatura Santafesina, primero en el Senado por unanimidad y finamente en Diputados por amplia mayoría, en trámite sumarísimo como se indica más arriba. Se comunicó al Poder Ejecutivo Provincial que este día lunes 19 de febrero de 2018 registró como Ley Nº 13.748, promulgó y publicó en el Boletín Oficial para su plena vigencia.
 
Publicado: 21/Febrero/2018

Fuente: Fernando Brosutti


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