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[ 19.04.2018 20:40 ]   ›

Adecuado Régimen para la Caja de Previsión Social de Agentes Civiles del Estado

Para Galassi y Michlig “las funciones de la Caja no hacen al quehacer asegurador”

Adecuado Régimen para la Caja de Previsión Social de Agentes Civiles del Estado
El Gobernador de la Provincia de Santa Fe, Roberto Miguel Lifschitz, secundado por el Ministro de Gobierno y Reforma del Estado, Pablo Gustavo Farías, el 3 de abril de 2018 incluyó, mediante el Decreto 0604/18, en el temario de Sesiones Extraordinarias de la Honorable Legislatura de la Provincia, para su tratamiento, el Proyecto de Ley (Expediente 34363 CD-FP-PS) (Expediente 36699 CD) del diputado socialista Rubén Darío Galassi (PS-FPCS), por el cual se propicia la abrogación de la Ley Nº 9816 y sus modificatorias, y la aprobación de un nuevo marco regulatorio de la Caja de Previsión Social de los Agentes Civiles del Estado; y, en tal sentido, a través del Mensaje 4683 del día jueves 4 de abril de 2018 se comunicó a ambas Cámaras, el cual consta de 66 artículos distribuidos en 11 capítulos.
 
En la 8ª sesión extraordinaria del jueves 12 de abril de 2018 de la Cámara de Diputados, sobre tablas y por unanimidad, se aprobó y rápidamente se comunicó la media sanción al Senado que este día jueves 19 de abril de 2018, en la 9ª sesión extraordinaria, también sobre tablas y por unanimidad, luego de los argumentos bosquejados en pleno recinto por el senador radical Felipe Enrique Michlig (NEO-UCR-FPCS-San Cristóbal), presidente del Bloque Frente Progresista Cívico y Social, quien ofició de miembro informante, completó el proceso parlamentario y comunicó al Poder Ejecutivo para su promulgación y publicación en el Boletín Oficial.
 
Cabe destacar que las comisiones de Seguridad Social, de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Diputados, el jueves 12 de abril de 2018, en sumarísimo trámite y luego de un breve cuarto intermedio, emitieron despacho favorable en relación al Proyecto de Ley (Expediente 34363 CD-FP-PS) (Expediente 36699 CD) del diputado Rubén Darío Galassi (PS-FPCS), y, luego de las consideraciones pertinentes del caso, se aprobaron los 66 artículos con una votación sumaria por capítulos; comunicándose la media sanción al Senado que, como se indica más arriba, este día jueves 19 de abril de 2018, actuó de igual manera ante la ponencia del senador Felipe Enrique Michlig (NEO-UCR-FPCS-San Cristóbal), girándose la flamante norma sancionada en forma definitiva al Poder Ejecutivo.
 
Se propicia, para “reestablecer los beneficios de los afiliados”, la abrogación (supresión de una disposición obligatoria por una disposición nueva, lo que trae como consecuencia que la primera deje de ser aplicable) de la Ley Nº 9816 y sus modificatorias, y la aprobación de un nuevo marco jurídico regulatorio de la Caja de Previsión Social de los Agentes Civiles del Estado.
 
Esta iniciativa encuentra fundamento en la necesidad de sustituir el régimen legal vigente por otro que no contemple ninguna referencia a la palabra “seguro”, dado que la utilización de dicha expresión determinó que la Superintendencia de Seguros de la Nación requiriera a la Caja de Previsión Social su adecuación como entidad aseguradora y el sometimiento a su respectiva fiscalización, siendo esta exigencia confirmada luego judicialmente.
 
Si bien la palabra “seguro” fue utilizada en su momento por los legisladores santafesinos de un modo genérico para referirse analógicamente a la seguridad social y no a la actividad asegurativa propiamente dicha, corresponde no obstante, ante tal situación, despejar toda duda al respecto, dejando establecido que “las funciones de la Caja de Previsión Social no encuadran dentro del quehacer asegurador”, ni está sometida al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación toda vez que aquella constituye, como persona pública no estatal, una pieza fundamental del Sistema de Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe.
 
La Caja de Previsión Social de los Agentes Civiles del Estado es una entidad de derecho público no estatal, y conforma junto con la Caja de Jubilaciones y Pensiones, el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (IAPOS) y la Caja de Pensiones Sociales Ley 5110, el Sistema de Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a los principios estatuidos en la Constitución Provincial.
 
La Caja de Previsión Social tiene por objeto administrar los subsidios que acuerda la presente Ley, como asimismo los que por Ley se instituyan en lo sucesivo, destinados a atender necesidades sociales y económico-financieras de sus afiliados conforme a los principios solidarios de la Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe; había argumentado el diputado socialista Rubén Galassi (PS-FPCS), presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General, el Proyecto de Ley (Expediente 34363 CD-FP-PS) (Expediente 36699 CD) en el trascurso de la 8ª sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados en la que, sobre tablas y por unanimidad, resultó aprobado por los diputados y diputadas presentes, bajo la presidencia del diputado socialista Antonio Bonfatti (PS-FPCS) y se comunicó ipso facto al Senado.
 
A los fines de completar el procedimiento parlamentario, y ante la premura del caso, las comisiones de Legislación del Trabajo, de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales del Senado emitieron despacho favorable y, en la 9ª sesión extraordinaria de este día jueves 19 de abril de 2018, luego de los fundamentos del senador radical Felipe Enrique Michlig (NEO-UCR-FPCS-San Cristóbal) esbozados en pleno recinto, se sancionó con fuerza de Ley y se giró al Poder Ejecutivo.
 
Se aclaró, por parte del diputado socialista Rubén Galassi (PS-FPCS), autor y miembro informante en Diputados, con quien coincidió el senador radical Felipe Enrique Michlig (NEO-UCR-FPCS-San Cristóbal) en el Senado, en atención a que “las funciones de la Caja de Previsión Social de los Agentes Civiles del Estado no encuadran dentro del quehacer asegurador”, que las disposiciones del presente Proyecto de Ley (Expediente 34363 CD-FP-PS) (Expediente 36699 CD), que consta de 66 artículos corregidos, mejorados y aumentados, sancionado con fuerza de Ley por la Legislatura Santafesina, primero en Diputados el 12 de abril del corriente año y ahora en “Senadores” este día jueves 19 de abril de 2018, en ambos casos por unanimidad y sobre tablas, “en modo alguno alterarán los derechos adquiridos por los afiliados” en lo respectivo a la afiliación, antigüedad, aportes y trámites en curso de ejecución a la fecha de la sanción de la presente.
 
Publicado: 19/Abril/2018

Fuente: Fernando Brosutti


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