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[ 31.08.2018 10:25 ]   ›

Palo Oliver y otros quieren corregir la inequidad de las campañas electorales

Se busca mejorar los procesos eleccionarios con el financiamiento de los partidos

Palo Oliver y otros quieren corregir la inequidad de las campañas electorales
En consideración a que “hoy, en la provincia de Santa Fe, el problema no es el fraude electoral, sino la inequidad de campañas que han disparado sus gastos de manera abusiva, y la influencia de quién aporta ese dinero”, los diputados provinciales: Claudio Fabián Palo Oliver (NEO-UCR-FPCS), Rubén Héctor Giustiniani (IP-Igualdad) y Carlos Alfredo Del Frade (FSP-Igualdad), por intermedio del Proyecto de Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos de la Provincia de Santa Fe (Expediente 33632 CD-DB) suscripto por los nombrados y que consta de 21 artículos cuidadosamente elaborados, ingresado el 19 de setiembre de 2017 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe para su posible tratamiento en el actual 136º Período Ordinario de Sesiones, se plantean “seguir mejorando los procesos de las elecciones, en el entendimiento que un factor clave en la garantía de elecciones transparentes, equitativas y competitivas” es la “regulación del financiamiento y gasto partidario”.
 
Para ello, se crea el Cuerpo de Auditores del Financiamiento de los Partidos Políticos y Alianzas Electorales como “ente autárquico y encargado de controlar todo lo atinente a los gastos de los partidos políticos”, e integrado por ocho (8) miembros elegidos por concurso de antecedentes y oposición, que durarán seis (6) años en su mandato.
 
El Cuerpo de Auditores gestionará ante el Banco de la Nación Argentina la apertura de cuentas de los Partidos o Alianzas de Partidos reconocidos en la Provincia de Santa Fe y los movimientos de dichas cuentas.
 
Los partidos políticos podrán disponer de los fondos de dicha cuenta únicamente a través del presidente o secretario general del partido, el secretario financiero o quien desempeñe el cargo como tal, y el vicepresidente del partido o quien ocupe el cargo como tal. Las alianzas de partidos, en cambio, deberán nombrar tres personas que sean los responsables financieros.
 
Todos los aportes al partido o alianza de partidos se canalizarán por la cuenta mencionada. Sólo podrán hacer aportes personas particulares a través de sus cuentas personales, en la modalidad de descuento automático o transferencias bancarias.
 
Los aportes no pueden exceder el cinco por ciento (5%) del sueldo neto de la persona o hasta el total de dos (2) salario mínimo, vital y móvil, lo que alcance primero. En el período electoral se habilita un aumento del monto recibido, hasta un quince por ciento (15%).
 
Se considerarán actividades partidarias lícitas de propaganda, todas aquellas que no involucren erogaciones económicas en los medios de comunicación televisivos, radiales, escritos o de publicidad callejera. La Provincia de Santa Fe se hará cargo de la publicidad gráfica, radial, televisiva, y de vía pública.
 
En los medios gráficos se informarán las actividades de campaña de los partidos o alianzas de partidos, o sus artículos de opinión, de tal manera que todos los partidos estén visibles en sus actividades y propuestas. En las carteleras, radios y televisión se difundirán los spots y gráficas de propaganda electoral.
 
En las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), la distribución será de un diez por ciento (10%) del fondo destinado al financiamiento entre las listas que no tengan internas partidarias. El noventa por ciento (90%) restante se destinará a las agrupaciones que tengan internas partidarias.
 
La distribución de los fondos para propaganda será del cuarenta por ciento (40%) igualitariamente entre las listas presentadas, y el sesenta por ciento (60%) distribuido proporcionalmente a los votos obtenidos en la elección anterior por el partido o alianza de partidos en la categoría que se estén presentando. En el caso de ser una alianza nueva, se toma como referencia los votos del partido de dicha alianza que más votos haya obtenido en la elección anterior.
 
Se crea un Fondo de Propaganda Electoral que será incluido en el Presupuesto anual para financiar la publicidad de los períodos electorales ya sea en medios gráficos, radiales, televisivos y callejeros.
 
La proporción del gasto en las diferentes categorías será la siguiente: 20% Gobernador; 30% Diputados Provinciales; 10% Senador Provincial; 20% Intendentes; 10% Junta Comunal; y 10% Concejales. En el período electoral que no estén dichas categorías la proporción es: 40% Intendentes; 30% Juntas Comunales; y 30% Concejales.
 
La provincia de Santa Fe ha sido pionera en el país introduciendo reformas sustanciales para el mejoramiento y la transparencia de los procesos electorales. Así, a través de la boleta única, el Estado garantiza que toda oferta partidaria esté presente permitiendo al ciudadano elegir entre la totalidad de los partidos existentes.
 
El robo de boletas partidarias ha quedado superado largamente por el sistema de boleta única que, además, evita fraudes económicos, ya que no hay que controlar si los partidos gastan realmente el dinero entregado por el Estado en boletas o lo subejecutan.
 
Así como la boleta única garantiza todas las ofertas partidarias, las PASO también han sido un salto de calidad, ya que los partidos tienen la opción de definir, a la vez y democráticamente, quiénes serán sus candidatos a ocupar bancas y cargos ejecutivos en la provincia.
 
Hoy el problema no es el fraude electoral, sino la inequidad de campañas que han disparado sus gastos de manera abusiva, y la influencia de “quién aporta ese dinero”. El punto crítico del gasto en la campaña electoral es la propaganda, por lo que “entendemos que ahí debe existir mayor regulación y el Estado debe ser protagonista exclusivo”, argumentaron los diputados provinciales: Claudio Fabián Palo Oliver (NEO-UCR-FPCS), Rubén Héctor Giustiniani (IP-Igualdad) y Carlos Alfredo Del Frade (FSP-Igualdad) el Proyecto de Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos de la Provincia de Santa Fe (Expediente 33632 CD-DB) que consta de 21 artículos concienzudamente elaborados, ingresado el 19 de setiembre de 2017 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, y que estudian las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación General desde el 28 de setiembre de 2017 para su posible consideración y tratamiento en el actual 136º Período Ordinario de Sesiones que concluirá el día 30 de noviembre de 2018, con prórroga incluida; no sin antes agregar que la iniciativa sigue una línea de “democratización, transparencia y mejora de la calidad institucional en lo concerniente a los procesos electorales provinciales santafesinos”.
 
Publicado: 31/Agosto/2018

Fuente: Susana Goris


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