Mié, 24 de Abril de 2024 | 11:36 hs.

[ 12.10.2018 18:29 ]   ›

La Legislatura Santafesina se esmeró en asegurar la eficacia de las Fiscalías

Se aprobó por impulso de Moyano el “banco de suplentes” o régimen de suplencias

La Legislatura Santafesina se esmeró en asegurar la eficacia de las Fiscalías
Ante la imperiosa necesidad de “asegurar el pleno y eficaz desenvolvimiento de las fiscalías previstas en la Ley Nº 13.013 (Ministerio Público de la Acusación) en los casos de licencias, suspensión u otros supuestos de ausencia del titular designado”, la diputada radical Claudia Moyano (UCR-FPCS); posando en la fotografía exclusiva del Diario Digital El Protagonista Web junto a sus pares: Julián Galdeano (UCR-FPCS) y María Victoria Tejeda (NEO-UCR-FPCS); acompañada de su par de bancada: Santiago Mascheroni (UCR-FPCS), obtuvo el apoyo unánime de la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, primero en la 8ª sesión ordinaria del jueves 5 de julio de 2018 de Diputados y ahora en la 12ª sesión ordinaria de fecha 11 de octubre de 2018 del Senado, por unanimidad y sobre tablas en ambas Cámaras, para el Proyecto de Ley (Expediente 34994 CD-FP-UCR) (Expediente 37385 CD), por el cual se incorpora el artículo 68 bis a la Ley Nº 13.013 (Ministerio Público de la Acusación) referido a la suplencia de fiscales; comunicándose la flamante norma sancionada en forma definitiva al Poder Ejecutivo Provincial para su promulgación y publicación en el Boletín Oficial.
 
En el caso de Suplencia de Fiscales (Titulares), “la vacancia transitoria mayor de treinta (30) días en la titularidad de cualquier fiscalía, puede ser cubierta provisoriamente por fiscales adjuntos de la misma fiscalía regional del Ministerio Público de la Acusación, que reúnan los requisitos exigidos para el cargo a subrogar”.
 
El nombramiento del Poder Ejecutivo se hará previo concurso público de antecedentes y en su caso de oposición, que dispondrá el Fiscal General, en el que se considerará el sistema de carrera del Ministerio Público de la Acusación (MPA).
 
Quien actúa en sustitución lo hará “con retención del cargo del cual es titular” y percibirá los haberes correspondientes a su categoría presupuestaria con más la diferencia que exista con la retribución del cargo cuyas funciones subrogue.
 
Para que comiencen a ejercerse las subrogancias previstas, “bastará la propuesta de nombramiento de la Corte Suprema de Justicia que así lo disponga, ad-referéndum del decreto de nombramiento de parte del Poder Ejecutivo, dentro de los noventa (90) días de comunicada la resolución”.
 
En relación a la Suplencia de Fiscales Adjuntos, “la vacancia transitoria mayor de treinta (30) días en la titularidad de cualquier fiscalía adjunta puede ser cubierta provisoriamente, a solicitud del Fiscal General del MPA, por subrogante designado por el Poder Ejecutivo, en el orden establecido en la lista que hubiera confeccionado y que tuviera acuerdo de la Asamblea Legislativa de entre quienes reúnan las calidades constitucionales y legales para ser Fiscal”.
 
A tal fin, el Poder Ejecutivo solicitará acuerdo legislativo para listas de fiscales adjuntos subrogantes, según el siguiente detalle: 12 fiscales adjuntos en la circunscripción judicial Nº 1; 22 fiscales adjuntos en la circunscripción judicial Nº 2; y 6 fiscales adjuntos en cada una de las circunscripciones judiciales Nº 3, Nº 4 y Nº 5.
 
Las listas serán comunicadas al Fiscal General, y tendrán una duración de cuatro (4) años, contados desde el otorgamiento del acuerdo legislativo, al cabo de los cuales entrarán en vigencia nuevas listas confeccionadas de igual manera. Si se agotare la lista de algunas de las circunscripciones, el Poder Ejecutivo elaborará una nueva lista, la cual deberá obtener el acuerdo de la Asamblea Legislativa.
 
Para su designación, “el subrogante necesita cumplir los requisitos constitucionales y legales, y cesa automáticamente en su función a los cuatro (4) años ó antes, en caso de reintegrarse el subrogado o de asumir un nuevo titular designado para el cargo”, fundamentó la diputada radical Claudia Moyano (UCR-FPCS) el Proyecto de Ley (Expediente 34994 CD-FP-UCR) (Expediente 37385 CD) aprobado sobre tablas y por unanimidad en ambas Cámaras de la Legislatura Santafesina, primero en la sesión ordinaria de Diputados de fecha 5 de julio de 2018, y ahora en la sesión ordinaria del día jueves 11 de octubre de 2018 del Senado, comunicándose al Poder Ejecutivo para su promulgación; no sin antes aclarar que “se propone un régimen de suplencias similar al establecido en el artículo 217 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el cual se aplica con suma eficacia”.
 
Publicado: 12/Octubre/2018

Fuente: Fernando Brosutti


EL CLIMA
NEWSLETTER

Recibí toda la información por
tu casilla de e-mail.

HORÓSCOPO

Obtén tu horóscopo diario con tu pronóstico gratis dándole clic a tu Signo del Zodiaco abajo