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[ 31.10.2018 10:56 ]   ›

Giaccone reclama por el Protocolo para prevenir acosos en el ámbito escolar

Se exige la elaboración e implementación del Protocolo de acción inmediata

Giaccone reclama por el Protocolo para prevenir acosos en el ámbito escolar
En el caso que los padres o representantes legales soliciten el cambio de establecimiento educativo del niño, niña y adolescente que se encuentra padeciendo situación de acoso en ámbito escolar, el Ministerio de Educación debe disponer de “un procedimiento urgente, expedito y gratuito para efectivizarlo” y, por ello, la diputada justicialista Claudia Alejandra Giaccone (JSF), mediante el Proyecto de Comunicación (Pedido de Informes) (Expediente 35670 CD-BJS) de su autoría, ingresado el 24 de octubre por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe y que estudian, desde la sesión ordinaria del día 25 de octubre de 2018, las comisiones de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación y de Asuntos Constitucionales y Legislación General, “vería con agrado” que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación, informe si procedió a elaborar el Protocolo de acción inmediata a seguir ante una situación de acoso en el ámbito escolar, previsto en el inciso b) del artículo 2º de la Ley Nº 13.674 y, en caso negativo, disponga su rápida implementación.
 
Y, al respecto, no debemos olvidar que la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, primero el Senado el 10 de mayo de 2018 y luego Diputados el 17 de mayo de 2018, aceptó el veto parcial al Proyecto de Ley sancionado en fecha 30 de noviembre de 2017 y registrado por el Poder Ejecutivo bajo el Nº 13.674, motivo por el cual quedó sancionado con fuerza de Ley la iniciativa de la senadora justicialista Cristina Berra (BJ-San Martín) que, mediante nueve (9) artículos cuidadosamente elaborados, y sólo vetado el inciso e) del artículo 2º referido a “la incorporación en la currícula de los institutos de formación docente de una materia sobre acoso en el ámbito escolar”; se establece la “prevención y erradicación del acoso en el ámbito escolar” bajo la forma de “hostigamiento e intimidación física o psicológica, mitigando sus efectos dañosos en niños, niñas y adolescentes”; y se devolvió al Gobierno Provincial que promulgó y publicó en el Boletín Oficial.
 
Vale recordar que la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General del Senado de la Provincia de Santa Fe, desde la sesión ordinaria del jueves 1º de junio de 2017, estudió nuevamente el Proyecto de Ley (Expediente 35055 JL) (Expediente 33500 SEN) ingresado otra vez por mesa de movimiento el 31 de mayo de 2017, autoría de la senadora justicialista Cristina Berra (BJ-San Martín), como aconteciera en los años 2013 y 2015; emitió despacho favorable luego de corregirlo, mejorarlo y aumentarlo y, en la sesión ordinaria del pasado jueves 17 de agosto de 2017, obtuvo por unanimidad la media sanción correspondiente, y, en Diputados, sobre tablas, el 30 de noviembre de 2017, por unanimidad, se completó el procedimiento parlamentario y se sancionó con fuerza de Ley la iniciativa y se giró al Poder Ejecutivo.
 
El Gobierno Provincial sólo vetó el inciso e) del artículo 2º de la Ley registrada como Nº 13.674 que la Legislatura Santafesina aceptó rápidamente, razón por la cual quedó establecida la “prevención y erradicación del acoso en el ámbito escolar bajo la forma de hostigamiento e intimidación física o psicológica, mitigando sus efectos dañosos en niños, niñas y adolescentes”; comunicándose otra vez al Poder Ejecutivo para su promulgación y publicación en el Boletín Oficial, tal como aconteció.
 
Se aclara que, consecuencia del veto parcial aceptado por ambas Cámaras, “no se incorporará en la currícula de los institutos de formación docente, una materia sobre acoso en el ámbito escolar”.
 
La iniciativa consta de 9 artículos, algunos de ellos con varios incisos, elaborados sobre la base de que “cuando existe un caso de acoso en el ámbito escolar, una luz roja se enciende y, cada día que dejamos pasar, somos cómplices del daño”, y, tal como se indica más arriba, se sancionó como Ley Nº 13.674, sin olvidar que había perdido estado parlamentario en dos ocasiones por falta de tratamiento en tiempo y forma.
 
Vale destacar que la senadora justicialista Cristina Berra (BJ-San Martín); acompañada del senador radical Germán Giacomino (UCR-FPSUR-Constitución), en el año 2013 había presentado similar Proyecto de Ley al aprobado ahora nuevamente en el año 2017, y de parecido tenor al sancionado en el Senado en el año 2015, es decir, en dos oportunidades con el respaldo de los senadores oficialistas y de la oposición, pero caducó en Diputados a pesar de que para su elaboración se tuvo en cuenta la opinión de todos los actores involucrados y, además, los aportes recibidos por haberse incluido el anteproyecto en la página Web del Senado para que pueda ser corregido, aumentado y mejorado a través de un vínculo creado al efecto. Ahora, y como parte de un acuerdo conjunto y luego de aceptado el veto parcial se sancionó como Ley Nº 13.674 y se giró nuevamente al Poder Ejecutivo que promulgó y publicó en el Boletín Oficial para su plena vigencia.
 
La presente Ley, cuyo objeto es de orden público, será de aplicación en todos los establecimientos educativos radicados en la provincia de Santa Fe, públicos, privados y mixtos, en todos los niveles de enseñanza, y tendrá como autoridad de aplicación al Ministerio de Educación, el cual deberá establecer el tratamiento del acoso en el ámbito escolar como una política de Estado en materia educativa.
 
El Ministerio de Educación, además, deberá elaborar un protocolo de acción inmediata que se activará ante una situación de acoso en el ámbito escolar; crear equipos de profesionales para atender estas situaciones, en cantidad necesaria para cubrir con inmediatez los requerimientos de todos los establecimientos educativos y por cada departamento provincial; y brindar asistencia inmediata donde se detecte un caso.
 
Cada establecimiento educativo elaborará su ruta de acción inmediata ante un caso detectado, en base a criterios de inmediatez, urgencia y a las características socioculturales de cada establecimiento y localidad, el cual incluirá la notificación a padres o tutores y al Ministerio de Educación que, a su vez, a pedido, dispondrá de un procedimiento urgente, expedito y gratuito para efectivizar el cambio de establecimiento del niño, niña y adolescente que se encuentra padeciendo situaciones de acoso escolar.
 
La Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes, deberá contar con un equipo de profesionales que tendrá por objeto intervenir ante una denuncia de acoso en el ámbito escolar o de oficio y, para ello, dispondrá de líneas telefónicas de acceso gratuito, recibirá las denuncias, brindará contención, recabará información y dará intervención al Ministerio de Educación.
 
Se invita a los Centros de Estudiantes Secundarios y Federaciones a involucrarse en la prevención y erradicación del acoso entre pares, mediante acciones directas relacionadas a su ámbito de actuación y dentro del establecimiento educativo al que pertenecen, y, en cuanto a las Universidades que contengan carreras relacionadas a las Ciencias de la Educación, con asiento o sede en la provincia de Santa Fe, se invita a que incorporen una materia sobre esta temática dentro de su currícula.
 
Queremos, con esta Ley de procedimientos, generar modificaciones en el accionar de cada uno de los sujetos del proceso educativo y, al respecto, hemos tenido en cuenta a todos los actores y, por eso, escuchando la voz de los docentes, no hablamos ni de bullying ni de acoso escolar, hablamos sobre acosos generados dentro del ámbito escolar ya que la violencia es social y en ese sentido queremos legislar.
 
Y, en esa dirección, hablamos de tres componentes del acoso: la prevención, la erradicación y la mitigación de los efectos dañosos y, en función de ello, con esta Ley, hemos avanzado sobre las expresiones de deseo y las declaraciones, legislando sobre aspectos reales que hacen a los vínculos entre todos y cada uno de los actores y poniendo manos a la obra.
 
“Cuando existe un caso de acoso en el ámbito escolar, hay una luz roja que se enciende y, por eso, no podemos dejar pasar un solo día para no convertirnos en cómplices del daño”, había fundamentado la senadora justicialista Cristina Berra (BJ-San Martín) el Proyecto de Ley (Expediente 35055 JL) (Expediente 33500 SEN) de su autoría, presentado por mesa de movimiento del Senado de la Provincia de Santa Fe el 31 de mayo de 2017, despachado favorablemente por la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General e incluido en el Orden del Día de la sesión ordinaria del jueves 17 de agosto de 2017 donde recibió la media sanción correspondiente y se comunicó a Diputados para su estudio y sanción definitiva, tal como aconteció el jueves 30 de noviembre de 2017, sobre tablas y por unanimidad.
 
Se comunicó la flamante norma sancionada con fuerza de Ley por la Legislatura al Poder Ejecutivo que la registró bajo el Nº 13.674. Como la Legislatura Santafesina aceptó el veto parcial, primero el Senado el 10 de mayo y luego Diputados el 17 de mayo de 2018, la Ley Nº 13.674 se giró nuevamente al Poder Ejecutivo que la promulgó rápidamente; sin olvidar que similar iniciativa, ahora corregida, mejorada, aumentada y convertida en Ley, había recibido el apoyo de los senadores oficialistas y de la oposición en los años 2013 y 2015, pero había caducado en Diputados por falta de tratamiento. Finalmente, como consecuencia del acuerdo entre el Poder Ejecutivo y ambas Cámaras Legislativas que aceptaron el veto parcial por unanimidad, obtuvo la correspondiente sanción definitiva convirtiéndose en la flamante Ley Nº 13.674.
 
Ahora, cinco meses después, el día 24 de octubre de 2018, la diputada justicialista Claudia Alejandra Giaccone (JSF) ingresó el Proyecto de Comunicación (Pedido de Informes) (Expediente 35670 CD-BJS) que estudian dos comisiones internas de la Cámara de Diputados desde la sesión ordinaria del día 25 de octubre de 2018, por el cual “vería con agrado” que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación, informe si procedió a elaborar el Protocolo de acción inmediata a seguir ante una situación de acoso en el ámbito escolar, previsto en el inciso b) del artículo 2º de la Ley Nº 13.674 y, en caso negativo, disponga su pronta implementación.
 
Publicado: 31/Octubre/2018

Fuente: Susana Goris


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