Lun, 29 de Abril de 2024 | 19:16 hs.

[ 12.04.2024 11:16 ]   ›

Beatriz Brouwer plantea la exención de impuestos provinciales y tasas para bomberos voluntarios y familiares de fallecidos en y por acto de servicio

Los beneficiarios son todos los miembros de los distintos cuerpos de bomberos voluntarios de la Provincia de Santa Fe y, en caso de fallecimiento en y por acto de servicio, a sus familiares directos que dependían económicamente de ellos, quienes deberán acreditar tal situación con la correspondiente declaratoria de herederos donde también se aplicará el beneficio fiscal.

Beatriz Brouwer plantea la exención de impuestos provinciales y tasas para bomberos voluntarios y familiares de fallecidos en y por acto de servicio
ALCANCE DE LA EXENCIÓN Y LÍMITES
Un inmueble de uso residencial del bombero voluntario activo o retirado, que se encuentre registrado a nombre de éste al momento de la entrada en vigencia de la presente Ley. Para el caso que el inmueble no se encuentre en cabeza del beneficiario pero el mismo sea su residencia habitual. Una propiedad cuyo contrato de alquiler se encuentre debidamente registrado.

Una propiedad donde el bombero voluntario activo o retirado desarrolle una actividad comercial y/o industrial y/o forestal y/o agropecuaria, siempre y cuando dicho inmueble se encuentre en cabeza del beneficiario al momento de entrada en vigencia de la presente Ley y teniendo en cuenta lo siguiente:
La superficie del inmueble no podrá superar los 500 m2 cubiertos para el caso de industrias o comercios. La superficie del inmueble no podrá superar las 35 has para explotaciones agrícolas. La superficie del inmueble no podrá superar las 70 has para explotaciones ganaderas. La superficie del inmueble no podrá superar las 50 has para explotaciones forestales.

Para todo caso que la vivienda no se encuentre en cabeza del beneficiario y pretenda aplicar la exención impositiva deberá justificarlo fehacientemente a través de un expediente administrativo que así lo acredite.

Para acceder a las exenciones, se requerirá: a) Certificado de servicio activo en el cuerpo de bomberos voluntarios para bomberos en servicio. b) Comprobante de inscripción en el régimen de monotributo, si corresponde. c) En caso de fallecimiento, certificado de defunción y documentación que acredite la relación y dependencia económica;
La exención para bomberos voluntarios tendrá una vigencia anual, requiriendo renovación.

Para familiares de bomberos fallecidos, la exención es a perpetuidad según las condiciones establecidas.

La Diputada Provincial por UNITE, manifestó “que este proyecto de Ley tiene como objetivo reconocer la labor de los Bomberos Voluntarios de toda la provincia, que a diario, con dedicación esmero y hasta arriesgando su propia vida dan todo, en el cumplimiento de su deber”.

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