[ 23.07.2014 11:35 ] ›
La obesidad constituye uno de los mayores problemas de la sociedad moderna
Federico Reutemann insiste con un proyecto de la recordada Silvia De Césaris
El diputado provincial justicialista Federico Reutemann (PyT-FV), presidente del Bloque Producción y Trabajo (PyT) Frente para la Victoria (FV) de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, mediante el proyecto de ley (expediente 29071 PyT-FV) de su autoría, que estudian las comisiones de Salud Pública y Asistencia Social y de Asuntos Constitucionales y Legislación General desde la sesión ordinaria del día jueves 26 de junio de 2014, similar al presentado oportunamente por la fallecida y siempre recordada Silvia De Césaris, pretende que “se establezca en el ámbito de la Provincia de Santa Fe, la obligatoriedad de disponer en ámbitos públicos y privados, de libre acceso, sillas o similares para personas con obesidad u obesidad mórbida”. Cabe destacar que en esa oportunidad, idéntico proyecto de ley (expediente 26074 PyT-FV), suscripto también, además de los nombrados, por Avelino Lago (PyT-FV) y Marcelo Picardi (PyT-FV), había recibido el apoyo unánime de los integrantes del Cuerpo, sobre tablas, en la sesión ordinaria del pasado 31 de mayo de 2012, pero perdiera estado parlamentario por falta de tratamiento en el Senado.
Los establecimientos contarán con un mínimo de 2 sillas especiales
Esta disposición será extensible a restaurantes, confiterías, bares, pubs y todo aquel establecimiento que revista similares características; salas de espectáculos tales como cines, teatros y análogos, que deberán contar con un mínimo de dos asientos especiales o, en su caso, el uno por ciento (1%) del total; y todo organismo o dependencia pública o privada con atención al público; los cuales, dentro del año de su promulgación, deberán haber dado estricto cumplimiento con lo establecido en la presente ley, para la cual el Ministerio de Salud de la Provincia será la autoridad de aplicación.
La multa a aplicar oscilará entre 3 unidades Jus y 15 unidades Jus
Los propietarios o titulares de los establecimientos que incumplieren con la obligación dispuesta en la norma, serán pasibles de una multa que oscilará entre un mínimo equivalente a tres (3) unidades Jus y un máximo de quince (15) unidades Jus.
Se sancionará con clausura del local de cinco (5) a veinte (20) días
Si dentro del plazo otorgado por la autoridad de aplicación en el respectivo sumario administrativo, no dieren cumplimiento a la mencionada obligación, serán sancionados con clausura del establecimiento de cinco (5) a veinte (20) días. El mínimo y máximo de estas sanciones se duplicarán cuando se cometa otra infracción similar dentro de los dos (2) años desde que se determinó la anterior.
El importe recaudado se destinará a los programas de prevención
El importe recaudado en virtud de las multas, en el ámbito provincial, será destinado por el Ministerio de Salud a los programas y acciones que éste lleve a cabo para el tratamiento y prevención de la obesidad. A los efectos de la administración y control de los fondos que se obtengan, se habilitará una cuenta en la entidad que oficie de agente financiero de la Provincia. Se invita a las Municipalidades y Comunas de la Provincia de Santa Fe a adherirse a la presente ley.
La obesidad, aunque suene extraño, es tan grave como el hambre
La obesidad, y por ende el sobrepeso, constituye uno de los mayores problemas de la sociedad moderna, afectando a niños, adolescentes, adultos y ancianos y, lo más preocupante, es que la tendencia es creciente. Según un informe de la ONU, en el mundo hay 1.300 millones de personas con exceso de peso, lo que provoca 3 millones de muertes anuales, razón por la cual, hoy, la obesidad es tan grave como el hambre, convirtiéndose en un problema, aunque suene extraño, más grave que la desnutrición.
Esta sociedad discrimina a las personas con obesidad y sobrepeso
La obesidad y el sobrepeso no sólo son motivo de discriminación y, a la larga, conllevan a lo que se conoce como enfermedades no transmisibles: diabetes, problemas cardiovasculares de todo tipo, hipertensión, complicaciones del sistema óseo y desórdenes metabólicos.
La sociedad alimenta el trastorno y, a la vez, condena al enfermo
Estas personas, además de los padecimientos físicos, sufren ciertos estigmas sociales que se producen por la discriminación constante por parte de una sociedad que mira hacia otro lado y que solamente se preocupa por fijar estereotipos, desatendiendo las necesidades de quienes no se ajustan a ellos. Es la misma sociedad la que alimenta el trastorno y, a la vez, condena al enfermo.
Queremos que el obeso desarrolle sus actividades sin obstáculos
Queremos que desde el ámbito provincial, además de buscar el método adecuado para la prevención y tratamiento de la obesidad, se procure que quienes padecen dicho trastorno puedan desarrollar sus actividades cotidianas sin que esa obesidad constituya para ellos un obstáculo en su normal desenvolvimiento social.
Pretendemos garantizar condiciones de igualdad y accesibilidad
“Nosotros, con esta iniciativa parlamentaria, pretendemos garantizar condiciones de igualdad y accesibilidad para hombres, mujeres y niños con obesidad o sobrepeso, a los espacios públicos”, fundamentó el diputado provincial justicialista Federico Reutemann (PyT-FV) el proyecto de ley (expediente 29071 PyT-FV) que, desde la sesión ordinaria del día jueves 26 de junio de 2014, estudian las comisiones de Salud Pública y Asistencia Social y de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe. Cabe destacar que similar proyecto de ley (expediente 26074 PyT-FV), autoría de la siempre recordada Silvia De Césaris, presentado con el acompañamiento de Federico Reutemann (PyT-FV), Marcelo Picardi (PyT-FV) y Avelino Lago (PyT-FV), había sido aprobado, sobre tablas y por unanimidad, en la sesión ordinaria del pasado día jueves 31 de mayo de 2012, perdiendo estado parlamentario en el Senado por falta de consideración y tratamiento.
Publicado: 23/Julio/2014
Los establecimientos contarán con un mínimo de 2 sillas especiales
Esta disposición será extensible a restaurantes, confiterías, bares, pubs y todo aquel establecimiento que revista similares características; salas de espectáculos tales como cines, teatros y análogos, que deberán contar con un mínimo de dos asientos especiales o, en su caso, el uno por ciento (1%) del total; y todo organismo o dependencia pública o privada con atención al público; los cuales, dentro del año de su promulgación, deberán haber dado estricto cumplimiento con lo establecido en la presente ley, para la cual el Ministerio de Salud de la Provincia será la autoridad de aplicación.
La multa a aplicar oscilará entre 3 unidades Jus y 15 unidades Jus
Los propietarios o titulares de los establecimientos que incumplieren con la obligación dispuesta en la norma, serán pasibles de una multa que oscilará entre un mínimo equivalente a tres (3) unidades Jus y un máximo de quince (15) unidades Jus.
Se sancionará con clausura del local de cinco (5) a veinte (20) días
Si dentro del plazo otorgado por la autoridad de aplicación en el respectivo sumario administrativo, no dieren cumplimiento a la mencionada obligación, serán sancionados con clausura del establecimiento de cinco (5) a veinte (20) días. El mínimo y máximo de estas sanciones se duplicarán cuando se cometa otra infracción similar dentro de los dos (2) años desde que se determinó la anterior.
El importe recaudado se destinará a los programas de prevención
El importe recaudado en virtud de las multas, en el ámbito provincial, será destinado por el Ministerio de Salud a los programas y acciones que éste lleve a cabo para el tratamiento y prevención de la obesidad. A los efectos de la administración y control de los fondos que se obtengan, se habilitará una cuenta en la entidad que oficie de agente financiero de la Provincia. Se invita a las Municipalidades y Comunas de la Provincia de Santa Fe a adherirse a la presente ley.
La obesidad, aunque suene extraño, es tan grave como el hambre
La obesidad, y por ende el sobrepeso, constituye uno de los mayores problemas de la sociedad moderna, afectando a niños, adolescentes, adultos y ancianos y, lo más preocupante, es que la tendencia es creciente. Según un informe de la ONU, en el mundo hay 1.300 millones de personas con exceso de peso, lo que provoca 3 millones de muertes anuales, razón por la cual, hoy, la obesidad es tan grave como el hambre, convirtiéndose en un problema, aunque suene extraño, más grave que la desnutrición.
Esta sociedad discrimina a las personas con obesidad y sobrepeso
La obesidad y el sobrepeso no sólo son motivo de discriminación y, a la larga, conllevan a lo que se conoce como enfermedades no transmisibles: diabetes, problemas cardiovasculares de todo tipo, hipertensión, complicaciones del sistema óseo y desórdenes metabólicos.
La sociedad alimenta el trastorno y, a la vez, condena al enfermo
Estas personas, además de los padecimientos físicos, sufren ciertos estigmas sociales que se producen por la discriminación constante por parte de una sociedad que mira hacia otro lado y que solamente se preocupa por fijar estereotipos, desatendiendo las necesidades de quienes no se ajustan a ellos. Es la misma sociedad la que alimenta el trastorno y, a la vez, condena al enfermo.
Queremos que el obeso desarrolle sus actividades sin obstáculos
Queremos que desde el ámbito provincial, además de buscar el método adecuado para la prevención y tratamiento de la obesidad, se procure que quienes padecen dicho trastorno puedan desarrollar sus actividades cotidianas sin que esa obesidad constituya para ellos un obstáculo en su normal desenvolvimiento social.
Pretendemos garantizar condiciones de igualdad y accesibilidad
“Nosotros, con esta iniciativa parlamentaria, pretendemos garantizar condiciones de igualdad y accesibilidad para hombres, mujeres y niños con obesidad o sobrepeso, a los espacios públicos”, fundamentó el diputado provincial justicialista Federico Reutemann (PyT-FV) el proyecto de ley (expediente 29071 PyT-FV) que, desde la sesión ordinaria del día jueves 26 de junio de 2014, estudian las comisiones de Salud Pública y Asistencia Social y de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe. Cabe destacar que similar proyecto de ley (expediente 26074 PyT-FV), autoría de la siempre recordada Silvia De Césaris, presentado con el acompañamiento de Federico Reutemann (PyT-FV), Marcelo Picardi (PyT-FV) y Avelino Lago (PyT-FV), había sido aprobado, sobre tablas y por unanimidad, en la sesión ordinaria del pasado día jueves 31 de mayo de 2012, perdiendo estado parlamentario en el Senado por falta de consideración y tratamiento.
Publicado: 23/Julio/2014
Fuente: Fernando Brosutti
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