[ 21.08.2014 09:33 ] ›
Tessa y Gazcué buscan evitar los negocios privados en los espacios verdes
El Estado Provincial debe garantizar los intereses sociales, no los económicos
El diputado provincial José María Tessa (ECP), presidente del Bloque Encuentro Corriente Peronista (ECP) de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, y su par de bancada: diputada provincial Patricia Gazcué (ECP); por intermedio del proyecto de ley (expediente 29300 ECP) suscripto por los nombrados, ingresado sobre tablas durante la sesión ordinaria del pasado día jueves 7 de agosto de 2014 y derivado a las comisiones internas para su estudio y consideración, a través de 17 artículos cuidadosamente elaborados, uno de ellos con numerosos incisos; pretenden preservar aquellos espacios considerados Paisajes Protegidos o Espacios Verdes, declarados previamente por ambas Cámaras de Interés Provincial, en atención a que el Estado Provincial debe garantizar los intereses sociales, no los económicos, y evitar que se favorezcan los sectores privados con negocios inmobiliarios, comerciales e industriales en espacios públicos, postergando los derechos de los ciudadanos.
Se propone, mediante la presente, consagrar los principios generales dispuestos en la Ley Provincial Nº 11.717 que establecen la necesidad de protección del medio ambiente, y servir como herramienta para la preservación de los Espacios Verdes y Paisajes Protegidos, con el objetivo de velar por el bienestar del pueblo.
Se hace necesario diferenciar los Espacios Verdes (espacios abiertos en áreas urbanas) de los Paisajes Protegidos (ambientes naturales) en tanto cumplen diferentes funciones y poseen distintas características, y contemplar la posibilidad de autorizar modificaciones que no sean perjudiciales, protegiendo estos espacios porque cumplen una función esencial para el desenvolvimiento de la vida humana. Y es el Estado, en tanto garante de los derechos humanos, el que debe impedir que los intereses económicos particulares invadan y se aprovechen de los espacios públicos, vulnerando así el bienestar social.
Se busca, mediante los distintos artículos de la presente, armonizar los posibles contactos entre las autoridades municipales, particulares y el Estado Provincial en torno a sus competencias y jurisdicciones. Respecto a las sanciones, esta ley se rige por el código normativo: código de faltas y contravenciones municipales y las sanciones previstas en la Ley Provincial Nº 11.717.
Ante los intereses postergados de los ciudadanos santafesinos, a lo largo de todo el territorio provincial, en beneficio de garantizar a los sectores privados: negocios inmobiliarios, comerciales e industriales, nos encontramos con que no sólo existe un vacío legal a nivel provincial y que faltan herramientas para que la ciudadanía se exprese en estas situaciones, sino que además muchas veces el Poder Ejecutivo Provincial como asimismo los Departamentos Ejecutivos Municipales sirven de garantes de los intereses económicos más que de los sociales.
“Necesitamos, a través del correspondiente marco legal, garantizar la expresión del conjunto de los ciudadanos, sobre qué espacios deben ser protegidos por encima de los intereses particulares de ciertos grupos económicos e impedir que las decisiones al respecto sean tomadas por unos pocos”, argumentaron los diputados provinciales José María Tessa (ECP) y Patricia Gazcué (ECP) el proyecto de ley (expediente 29300 ECP) que, suscripto por ambos, estudian formalmente desde la sesión ordinaria del pasado día jueves 7 de agosto de 2014 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, las comisiones internas a las que fue derivado.
Publicado: 21/Agosto/2014
Se propone, mediante la presente, consagrar los principios generales dispuestos en la Ley Provincial Nº 11.717 que establecen la necesidad de protección del medio ambiente, y servir como herramienta para la preservación de los Espacios Verdes y Paisajes Protegidos, con el objetivo de velar por el bienestar del pueblo.
Se hace necesario diferenciar los Espacios Verdes (espacios abiertos en áreas urbanas) de los Paisajes Protegidos (ambientes naturales) en tanto cumplen diferentes funciones y poseen distintas características, y contemplar la posibilidad de autorizar modificaciones que no sean perjudiciales, protegiendo estos espacios porque cumplen una función esencial para el desenvolvimiento de la vida humana. Y es el Estado, en tanto garante de los derechos humanos, el que debe impedir que los intereses económicos particulares invadan y se aprovechen de los espacios públicos, vulnerando así el bienestar social.
Se busca, mediante los distintos artículos de la presente, armonizar los posibles contactos entre las autoridades municipales, particulares y el Estado Provincial en torno a sus competencias y jurisdicciones. Respecto a las sanciones, esta ley se rige por el código normativo: código de faltas y contravenciones municipales y las sanciones previstas en la Ley Provincial Nº 11.717.
Ante los intereses postergados de los ciudadanos santafesinos, a lo largo de todo el territorio provincial, en beneficio de garantizar a los sectores privados: negocios inmobiliarios, comerciales e industriales, nos encontramos con que no sólo existe un vacío legal a nivel provincial y que faltan herramientas para que la ciudadanía se exprese en estas situaciones, sino que además muchas veces el Poder Ejecutivo Provincial como asimismo los Departamentos Ejecutivos Municipales sirven de garantes de los intereses económicos más que de los sociales.
“Necesitamos, a través del correspondiente marco legal, garantizar la expresión del conjunto de los ciudadanos, sobre qué espacios deben ser protegidos por encima de los intereses particulares de ciertos grupos económicos e impedir que las decisiones al respecto sean tomadas por unos pocos”, argumentaron los diputados provinciales José María Tessa (ECP) y Patricia Gazcué (ECP) el proyecto de ley (expediente 29300 ECP) que, suscripto por ambos, estudian formalmente desde la sesión ordinaria del pasado día jueves 7 de agosto de 2014 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, las comisiones internas a las que fue derivado.
Publicado: 21/Agosto/2014
Fuente: Fernando Brosutti
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