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[ 21.08.2014 20:34 ]   ›

El Senado aprobó el limitado “reconocimiento a los movilizados de Malvinas”

No implica el reclamo de ningún otro beneficio, sea pecuniario o previsional

El Senado aprobó el limitado “reconocimiento a los movilizados de Malvinas”
La Legislatura de la Provincia de Santa Fe; la Cámara de Senadores en la sesión ordinaria del día jueves 21 de agosto de 2014 por unanimidad y sobre tablas, alterando el orden de la sesión y con las barras colmadas de soldados convocados y movilizados, después de las alocuciones de los senadores: Alberto Crossetti (FV-Belgrano), Hugo Marcucci (UCR-FPCS-La Capital), Lisandro Enrico (UCR-FPCS-Gral. López) y Ricardo Kaufmann (FV-Garay); como de igual manera había acontecido en la Cámara de Diputados en la sesión ordinaria del día jueves 31 de julio de 2014, también por unanimidad y sobre tablas; sancionó de forma definitiva el proyecto de ley (expediente 29144 DB) (expediente 29454 CD) suscripto por el diputado provincial Oscar Urruty (PPS-FV), acompañado de su pares: Alejandra Vucasovich (BF-UPROF) y Luis Rubeo (KFV), este último presidente de la Cámara Baja; por el cual se dispone que “el Gobierno de la Provincia de Santa Fe otorgue un reconocimiento histórico a todos los soldados bajo bandera, convocados y movilizados que, durante el conflicto bélico entre la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982, prestaron servicio como apoyo táctico y logístico en el ámbito del territorio Nacional Argentino y, en aquel momento, tuvieran domicilio en la provincia”; comunicándose la flamante norma al Poder Ejecutivo Provincial para su reglamentación, promulgación y publicación en el Boletín Oficial.
 
Se aclaró en pleno recinto del Senado, principalmente por parte del senador justicialista Alberto Crossetti (FV-Belgrano) y del senador radical Lisandro Enrico (UCR-FPCS-Gral. López), que es un “reconocimiento histórico y limitado, porque no implica el reclamo de ningún otro beneficio, sea pecuniario o previsional”; bajo una salva de aplausos cruzados y vítores por doquier que inundó el recinto, de los senadores departamentales hacia los soldados que arriesgaron su vida en el conflicto bélico y viceversa a pesar de las limitaciones al reconocimiento.
 
Cabe recordar que la Legislatura de la Provincia de Santa Fe; primero la Cámara de Diputados en la sesión ordinaria del día jueves 7 de noviembre de 2013; luego la Cámara de Senadores en la sesión ordinaria del día jueves 28 de noviembre de ese mismo año, en la cual se introdujeron modificaciones; y, finalmente, en segunda revisión de la Cámara Baja, en la sesión ordinaria del día viernes 29 de noviembre de 2013 aceptando las enmiendas; en todas las circunstancias con el voto afirmativo de los diputados y senadores del arco opositor y el voto negativo de los diputados y senadores del Frente Progresista Cívico y Social; había sancionado con fuerza de ley el proyecto del presidente de la Cámara de Diputados, diputado justicialista Luis Rubeo (KFV), presentado oportunamente con el acompañamiento de sus pares: Gerardo Rico (ME-FV), Olga Coteluzzi (KFV), Leandro Busatto (KFV), Avelino Lago (PyT-FV), Oscar Urruty (PPS-FV), Darío Mascioli (KFV) y Federico Reutemann (PyT-FV).
 
La ley sancionada en forma definitiva en esa oportunidad, registrada con el Nº 13.393, comunicada al Poder Ejecutivo Provincial, fue vetada parcialmente por el gobernador de la provincia de Santa Fe, Antonio Bonfatti, como todos presumían en atención al voto negativo de todos los legisladores oficialistas en ambas Cámaras Legislativas. El gobernador vetó el artículo 6º de la Ley Nº 13.393 y, en consecuencia, subsiste el objetivo que dio origen a la iniciativa, de realizar un reconocimiento moral e histórico a aquellos ciudadanos que permanecieron en el continente durante el conflicto de Malvinas.
 
Estos ciudadanos, para el reconocimiento, deberán presentar la documentación
 
Los ciudadanos comprendidos en este reconocimiento deberán acreditar dicha condición con la siguiente documentación: a) Certificado de cumplimiento del Servicio Militar Obligatorio (Ley Nº 17.531); o bien b) Documento Nacional de Identidad (DNI) suscripto por la autoridad militar. El reconocimiento consistirá en la entrega de un Diploma de Honor y una Medalla Conmemorativa.
 
Las condecoraciones serán de una sola y única clase para todos los ex soldados
 
En caso de fallecimiento del titular, tales condecoraciones serán recibidas por sus derechohabientes. La Medalla será de acero; en cuyo anverso lucirá el nombre y apellido del soldado y la leyenda: ‘2 de Abril – 14 de junio de 1982’; y en el reverso el Escudo Oficial de la Provincia de Santa Fe. Las condecoraciones serán de una sola y única clase para todos los ciudadanos comprendidos en la ley.
 
Se remitirá copia de la presente ley a toda dependencia de la Administración
 
El Poder Ejecutivo Provincial articulará las medidas conducentes a los efectos del otorgamiento de los beneficios de la presente y remitirá copia de la misma a todas las dependencias de la Administración Pública Provincial y Municipal.
 
Queremos reconocer el estado de exclusión y abandono en el que fueron dejados
 
El reconocimiento de esta ley no es sólo histórico moral, sino también es un reconocimiento del estado de exclusión y abandono social en el que fueron dejados estos ciudadanos luego del conflicto, los cuales padecieron los eventuales perjuicios emocionales y psicológicos propios que genera un estado de guerra en los seres humanos; habían argumentado los diputados provinciales: Oscar Urruty (PPS-FV), Alejandra Vucasovich (BF-UPROF) y Luis Rubeo (KFV), este último presidente de la Cámara de Diputados, el proyecto de ley que, presentado el día jueves 26 de junio de 2014 por mesa de movimiento de expedientes, resultara aprobado en la sesión ordinaria del día jueves 31 de julio de 2014, sobre tablas y por unanimidad; como del mismo modo ocurrió ahora en la sesión ordinaria del día jueves 21 de agosto de 2014 de la Cámara de Senadores; comunicándose la flamante norma sancionada con fuerza de ley al Poder Ejecutivo Provincial para su reglamentación, promulgación y publicación en el Boletín Oficial.
 
Vale recordar que el gobernador de la provincia de Santa Fe, Antonio Bonfatti, como todos presumían en su momento, en atención a la votación negativa de los diputados y senadores del oficialismo, había vetado el artículo 6º de la Ley Nº 13.393 y, en consecuencia, los soldados bajo bandera, convocados y movilizados durante el conflicto bélico de Malvinas, no gozarán de la cobertura de salud del IAPOS, alegando para ello, a través del Decreto 4437 remitido a las Cámaras Legislativas que implicaba “una intromisión del Poder Legislativo en el Poder Ejecutivo” y, además, provocaba “un perjuicio a los demás beneficiarios” de la Obra Social, “colisionando” con los principios del régimen constitucional vigente.
 
Publicado: 21/Agosto/2014

Fuente: Fernando Brosutti


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