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[ 16.09.2014 11:32 ]   ›

Se expropiarán terrenos para viviendas sociales y la apertura de una calle

Rasetto promueve que se faculte a Bustinza para la acción de expropiación

Se expropiarán terrenos para viviendas sociales y la apertura de una calle
Las comisiones de Asuntos Comunales y Municipales, Desarrollo Regional y Defensa Civil y de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, desde la sesión ordinaria del día jueves 11 de setiembre de 2014, estudian el proyecto de ley (expediente 29717 FPL) del senador provincial radical Hugo Rasetto (UCR-FPCS-Iriondo) que había ingresado el pasado día jueves 4 de setiembre del presente año por mesa de movimiento de expedientes, por el cual se declara de interés general y sujeto a expropiación una fracción de 4.738 metros cuadrados y se faculta a la Comuna de Bustinza a promover la acción de expropiación contra el propietario, destinándose el inmueble a expropiar a la regularización de cinco viviendas sociales y a la apertura de una calle pública.
 
El inmueble a expropiar es una fracción de 4.738 metros cuadrados, según plano de mensura que al efecto se confeccione, de una mayor área del terreno ubicado en el  Distrito Bustinza, Departamento Iriondo, cuyo dominio está inscripto en el Registro General de Rosario y tiene como titular a María Carolina Galli.
 
El inmueble a expropiar por la presente ley, situado en el Pueblo Bustinza, Departamento Iriondo de la Provincia de Santa Fe, con lo en él clavado y plantado, debe ser destinado a la regularización de cinco viviendas sociales y a la apertura de una calle pública; facultándose a la Comuna de Bustinza a promover la acción de expropiación contra quien en definitiva resulte ser el propietario; fundamentó el senador provincial radical Hugo Rasetto (UCR-FPCS-Iriondo) el proyecto de ley (expediente 29717 FPL) de su autoría, que estudian las comisiones internas de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe desde la sesión ordinaria del día jueves 11 de setiembre 2014, a las que fue derivado formalmente; no sin antes aclarar que “las erogaciones provenientes de la aplicación de la presente ley, y los gastos que se deriven de la confección del Plano de Mensura correspondiente, son a cargo de la Comuna de Bustinza”.
 
Publicado: 16/Setiembre/2014

Fuente: Fernando Brosutti


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