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[ 25.11.2014 11:44 ]   ›

Se encuentra en peligro de extinción la actividad cultural de los videoclubes

La Legislatura equiparó la carga tributaria del video hogareño con los libros

Se encuentra en peligro de extinción la actividad cultural de los videoclubes
Las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Diputados aconsejaron la aprobación del texto sancionado en la Cámara de Senadores, venido en segunda revisión, por el cual se propone “liberar de la sobrecarga impositiva a los ingresos provenientes del alquiler y venta de películas o videogramas grabados, cualquiera sea su soporte material”; y en la sesión ordinaria de prórroga del pasado día jueves 20 de noviembre de 2014, bajo la presidencia del diputado justicialista Luis Rubeo (KFV), presidente del Cuerpo, por 27 votos afirmativos, ningún voto negativo, una abstención y 21 ausencias, el proyecto de ley (expediente 28220 DB) quedó sancionado con fuerza de ley, comunicándose al Poder Ejecutivo Provincial para su promulgación y publicación en el Boletín Oficial.
 
Con las enmiendas propuestas por la Cámara de Senadores y aceptadas por los diputados y diputadas: Marcela Aeberhard (KFV), Ricardo Olivera (SFPT), Alejandra Vucasovich (BF-UPROF), Joaquín Blanco (PS-FPCS), Julián Galdeano (UCR-FPCS), Pablo Di Bert (ESF), Maximiliano Pullaro (UCR-FPCS), Erika Gonnet (KFV), Rosario Cristiani (SFPT), Avelino Lago (PyT-FV) y Federico Angelini (PRO-UPROF), autores de la iniciativa, quedó modificado el Código Fiscal de la Provincia, Ley 3456, y se incorporó como inciso “z” al artículo 160 del Capítulo V de las Exenciones: “los ingresos provenientes del alquiler y venta de películas o videogramas grabados, cualquiera sea su soporte material”.
 
La actividad de los videoclubes acumuló y catalogó durante más de tres décadas: decenas de miles de películas de todos los géneros, además de clásicos, documentales, educativas y gran cantidad de filmes nacionales, repartida en las ciudades grandes y pequeñas de todas las provincias argentinas. Ese proceso continúa y estas empresas, micro, pequeñas y medianas, que aúnan conocimientos y entretenimientos de todas las latitudes con la mayor diversidad, se han especializado, manteniendo y actualizando catálogos de inmenso valor cultural; pero lamentablemente esta importante actividad cultural se encuentra en peligro de extinción.
 
En los últimos años se ha podido observar el cierre de una gran cantidad de locales dedicados a la venta y alquiler de películas debido, fundamentalmente, a la venta y comercialización de títulos no originales, tanto en formato físico como virtual (mediante Internet), agravado por la inacción de los organismos de control del Estado, a lo que se suma, como otro factor determinante de la crisis del sector, la alta carga impositiva. Los videoclubes 100% original tienen el mérito de haber resistido esta situación, y continúan haciéndolo, con una sobrecarga impositiva que ronda el 35%.
 
Siendo el videograma una expresión que permite el acceso a la cultura, se plantea la necesidad de equiparar la carga tributaria del video hogareño con otras expresiones culturales tales como los libros. El videoclub legal, que aún sobrevive esta situación, está generalmente a cargo de personas que tienen un gran compromiso con la actividad, ya sea por su cinefilia o por intereses culturales de todo tipo, que incluyen el respeto al derecho de autor. Este perfil de los recursos humanos dedicados al rubro hace que se promueva el cine y la cultura, desde la atención personalizada e idónea; fundamentó la diputada Marcela Aeberhard (KFV), acompañada de diputados y diputadas de los distintos bloques parlamentarios, oficialistas y de la oposición, el proyecto de ley (expediente 28220 DB) venido en segunda revisión del Senado, que la Cámara de Diputados sancionó con fuerza de ley, aceptando las modificaciones introducidas por la Cámara de Senadores, en la pasada sesión ordinaria de prórroga del Cuerpo del día jueves 20 de noviembre de 2014, comunicándolo al Poder Ejecutivo Provincial para su promulgación y publicación en el Boletín Oficial.
 
Publicado: 25/Noviembre/2014

Fuente: Susana Goris


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