[ 26.08.2025 19:12 ] ›
2ª reunión de Comisión Redactora en dos etapas, antes y después de Labor Parlamentaria de la Convención Reformadora
Se dictaminaron artículos referidos al Poder Legislativo y Poder Ejecutivo por amplia mayoría, y Cláusula Transitoria relacionada. MSF, Activemos, FE y SVyL adhirieron al Poder Legislativo. FE y SVyL adhirieron al Poder Ejecutivo. LLA no adhirió en nada y presentó 3 Dictámenes en Minoría.

Las Comisiones de Poder Legislativo y Poder Ejecutivo y de Funcionamiento del Estado y Participación Ciudadana, con sus integrantes convocados al efecto, en reunión de Comisión Redactora (foto del Diario Digital El Protagonista Web – EPW) este martes 26 de agosto, antes de un triple pase a Cuarto Intermedio, resolvieron algunos temas y, por ello, se corrigió, mejoró y dictaminó antes de las 14:00 y se giró el despacho concerniente al Poder Legislativo y Poder Ejecutivo (artículos 31 al 82, y 98), incluyendo la reelección del gobernador y vicegobernador, a reunión de Labor Parlamentaria de Convención para su tratamiento, en tiempo y forma, en la 6ª sesión plenaria de la mencionada Convención convocada para el miércoles 27 de agosto en horas de la tarde (14:00), en la que se aprobarían los artículos habilitados y posterior vuelta a reunión de Comisión Redactora.
Luego de cumplir con un proceso de labor signado por un amplio trabajo de diálogo, participación y apertura, este martes 26 de agosto, en dos etapas, una antes de la reunión de Labor Parlamentaria y otra después de la misma, esta Comisión Redactora siguió con el avance en la redacción de artículos habilitados para su modificación, textos y artículos nuevos y cláusulas transitorias de Constitución Provincial 2025.
Y, para ello, se continuó con la lectura de artículos de Constitución 1962, artículos habilitados por Ley Nº 14.384 y, finalmente, dictámenes de mayoría con la nueva redacción para cada artículo habilitado a su modificación, en este caso los correspondientes a las otras Secciones de nuestra Constitución Provincial, nuevamente con una participación masiva de los miembros integrantes y de otros convencionales pertenecientes a las Comisiones de Funcionamiento del Estado y Participación Ciudadana y de Poder Legislativo y Poder Ejecutivo que presiden Germana Figueroa Casas y Rodrigo Borla, respectivamente.
Cabe recordar que corresponde a esta Comisión Redactora “la recepción de los despachos de las otras Comisiones sobre las cuestiones de su competencia específica, los ajustes de redacción que no alteren el sentido y la elaboración del texto ordenado único y final de la reforma de la ‘Constitución Provincial’”, según reza el artículo 33 del Reglamento Interno en su primer párrafo.
“Los despachos parciales que elabore y presente esta Comisión Redactora, deberán indicar los artículos que se incorporen como nuevos, bajo la denominación provisoria del artículo correspondiente, así como también los artículos que quedan derogados de la ‘Constitución Provincial’”, estipula el segundo párrafo.
Esta Comisión Redactora integrada por 18 convencionales: Joaquín Andrés Blanco (UCSF-PS) (presidente), Lucas Galdeano (UCSF), Lisandro Enrico (UCSF), Claudia Levin (UCSF), Fabián Bastía (UCSF), Hugo Rasetto (UCSF), Lucas Incicco (UCSF), Josefina del Río (UCSF), Lionella Cattalini (UCSF), Armando Traferri (MSF), Diego Giuliano (MSF), Lucila De Ponti (MSF), Patricia Boni (MSF) (secretaria), Nicolás Mayoraz (LLA), Marcos Peyrano (LLA), Emiliano Peralta (SVyL), Marcelo Lewandowski (Activemos) y Caren Fruh (FE), prosiguió este martes 26 de agosto la tarea de la definición de los textos que serán derivados al plenario de la “Convención Constituyente Reformadora”.
Y, en esta 2ª reunión de Comisión Redactora que se prolongó desde las 10:20 hasta las 17:20, incluyendo un triple pase a Cuarto Intermedio de dos horas, se continuó con la lectura de artículos de Constitución 1962, artículos habilitados por Ley Nº 14.384 y Dictámenes de Mayoría de los Artículos a modificar y Cláusulas Transitorias.
En la 1ª etapa de esta 2ª reunión de Comisión se avanzó y dictaminó lo concerniente al Poder Legislativo y Poder Ejecutivo de nuestra Constitución Provincial y se giró dicho dictamen a Labor Parlamentaria para su pase al plenario de Convención, juntamente con una Cláusula Transitoria.
Y, al respecto, “se incorpora el perfil industrial” con rango constitucional como agregado después del inciso 27) del artículo 55 (Atribuciones del Poder Legislativo) con “una redacción concisa”, y, en relación a “indultar y conmutar penas” según el inciso 17) del artículo 72 (Atribuciones del Poder Ejecutivo) se propuso una redacción nueva en el marco de la “Cláusula Democrática” con el agregado de “…atentar contra el orden democrático…” y se conserva en la compatibilización la palabra “amnistía”.
No prosperó el cambio de denominación “Cámara de Diputadas y Diputados” y “Cámara de Senadoras y Senadores” que había propuesto Lucila De Ponti en los artículos 32, 36 y 37, como tampoco el agregado de “sistema D’Hondt” y quedó solo “sistema proporcional” en el artículo 32, alegándose que “en el futuro pueden surgir sistemas proporcionales superadores”.
Sí, en cambio, se aceptó el agregado de “ciudadano argentino” en los artículo 33 y 37.
En cuanto al artículo 54 inciso 5) referido a la “sanción ficta” y su ampliación, se acordó “…expresa y efectiva para los miembros integrantes de Corte Suprema de Justicia, Fiscal General y Defensor General…”, ante el “silencio de Asamblea Legislativa”.
Y, finalmente, en el artículo 55 inciso 27), se mantuvo “…bancos y otras instituciones de crédito” sin el agregado de “…acceso a los mercados…” que sí se incluye en el artículo 72 inciso 19).
Seguidamente, a las 11:30, se pasó a un Cuarto Intermedio hasta las 13:00 y, nuevamente, ante la propuesta de Fabián Bastía, se pasó a otro Cuarto Intermedio hasta las 14:00 para terminar de “pulir” la redacción de los artículos sobre Poder Legislativo y Poder Ejecutivo y su pase a la reunió de Labor Parlamentaria de Convención que había iniciado su tarea a las 12:00 y concluyó un par de horas después.
En la 2ª etapa, esto es, después de los pases a Cuarto Intermedio por la participación de muchos convencionales en la reunión de Labor Parlamentaria de Convención, se retomó y procedió a la lectura del Dictamen de Mayoría de UCSF (Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Cláusula Transitoria), continuó y/o retomó con los Artículos habilitados para la reforma, cada uno con Texto Nuevo y, una vez despachados y dictaminados, se giraron al plenario de Convención Reformadora. MSF se sumó al Poder Legislativo y presentó Dictamen en Minoría por el Poder Ejecutivo.
LLA presentó 3 Dictámenes en Minoría. Activemos adhirió al Poder Legislativo y presentó Dictamen en Minoría por el Poder Ejecutivo. SVyL adhirió al Poder Legislativo y Poder Ejecutivo pero no acompañó Cláusula Transitoria. FE acompañó los 3 Dictámenes de Mayoría (UCSF).
Entonces, por el Poder Legislativo (Sección III), se modificaron los artículos 32, 33, 34, 37, 38, 40, 51, 54 inciso 5), 55 con 28 incisos, 56, 58 y 61. Por el Poder Ejecutivo (Sección IV – Capítulos 1, 2, 4 y 6) se modificaron los artículos 64, 72 con 24 incisos y el Artículo 98 de la Sección VI, y, por Cláusula Transitoria (Sección III, Sección IV y Sección VI) en relación a los mandatos (8 años para gobernador y vicegobernador y hasta 12 años para diputados y senadores si se presentan y son reelectos), es decir, la forma de considerar primer mandato para unos y no para los otros.
Se tomaron 30 minutos en las bancas para firmar los Dictámenes y, a renglón seguido, se abocaron al “Poder Judicial” con los artículos 84, 86, 88, 91 y 93. Si bien esta Sección V – Capítulo Único – Poder Judicial contempla desde el artículo 83 al artículo 97, solo los artículos 84, 86, 88, 91 y 93 con 7 incisos, que estaban habilitados por Ley Nº 14.384, se modificaron, a los cuales se adicionaron Artículos Nuevos.
Y, en este caso, se avanzó con los artículos referidos al Poder Judicial, “…el Procurador General seguirá integrando y formando parte de Corte Suprema hasta su jubilación” pero a su fin “no se designará un nuevo Procurador para que la integre”.
También se avanzó con los “procedimientos para la selección de jueces, fiscales del MPA (Ministerio Público de la Acusación) y defensores del MPD (Ministerio Público de la Defensa) ex SPPDP (Servicio Público Provincial de la Defensa Penal) que se encuentren en trámite” y, por ello, “hasta la entrada en vigencia de esta Constitución 2025, seguirán en tal condición (trámite) hasta su finalización en el marco de la normativa vigente al inicio del procedimiento”.
Y, de igual modo, “hasta que no estén dictadas las leyes que regulan el funcionamiento del Consejo Asesor de Magistratura y Selección y del MPA, los procesos disciplinarios seguirán bajo la órbita de los institutos actuales”.
Asimismo para el MPD (Ministerio Público de la Defensa), es decir, “hasta que no se sancionen las leyes que reglamenten su organización, que subsumirá las funciones de las defensorías civiles y pupilares, estos organismos seguirán manteniendo su lugar institucional en el marco de la normativa vigente”.
Y, con Artículos Nuevos, el Ministerio Público (MP) como “órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera, que se compone del MPA y del MPD”, designación, duración y remoción del Fiscal General, Defensor General.
El Consejo Asesor de Magistratura y Selección (Consejo Asesor del Gobernador según Diego Giuliano) se integra con un representante y/o integrante del Poder Judicial (del MPA o MPD), un diputado, un senador, un abogado y un académico (profesor por concurso).
Y, para los enjuiciables, un Tribunal de Enjuiciamiento integrado por un juez, fiscal o defensor, 2 senadores, 2 diputados y 2 abogados. También Artículos Nuevos para Defensoría del Pueblo y funciones.
14 Cláusulas Transitorias para plazo de 2 años para caducidad de leyes; Procurador General; procedimiento para designación (en trámite); Consejo Asesor; procedimiento disciplinario; Tribunal de Enjuiciamiento y enjuiciables; MPD y Ministerio Pupilar; Fiscal General, Fiscales Regionales y Fiscales; Agentes del MPA y MPD (ex SPPDP) y su traslado y conservación de empleo y remuneración; Ley para el MP (Ministerio Público); expropiación; procedimiento contencioso administrativo; y otras.
Y, en la continuidad de la reunión de Comisión Redactora, se avanzó con “Régimen Municipal”, Artículos 106 y 107 con 9 ítems, Derecho a la Ciudad, Ordenamiento Territorial, Áreas Metropolitanas y Regionalización y Recursos con Artículos Nuevos y varias Cláusulas Transitorias.
Y, seguidamente, con la Sección VIII – Capítulo Único – Educación, con modificaciones a los Artículos 109, 110, 111 y 113, y derogación del Artículo 112.
Y, nuevamente, se acordó convocar a una u otra Comisión Temática para resolver diferencias en las próximas reuniones de Comisión Redactora, en este caso Comisión de Funcionamiento del Estado para el jueves 28 de agosto a las 10:00 y Comisión de Régimen Municipal a las 12:00.
No habrá reunión de Comisión Redactora el miércoles 27 de agosto. Se convocará para el martes 2 de setiembre a las 10:00 a Comisión de Poder Judicial y para el jueves 4 de setiembre a las 10:00 a Comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías.
En la 1ª reunión de Comisión Redactora se había leído el Preámbulo, que no se modifica, y se había avanzado con la “Sección Primera – Capítulo Único – Principios, Derechos, Garantías y Deberes”, desde el artículo 1º al artículo 28, con la inclusión de artículos nuevos, algunos complementarios de varios de los artículos reformados y muchísimos otros correspondientes a las Cláusulas Transitorias, que serán numerados y/o renumerados.
Las Cláusulas Transitorias corresponden a los Mecanismos de Participación Ciudadana y de Democracia Semi-Directa; Seguridad Pública; Derechos Digitales; Servicios Públicos; Ciencia e Innovación; Derecho a la Ciudad; Protección del Ambiente; Derecho al Agua; Consumidores y Usuarios; Principios en materia de Políticas Públicas; Medidas de Acción Positiva; Ministerio Público, Consejo Asesor de la Magistratura y Selección de Magistrados, Jueces, Fiscales y Defensores, Ministerio Público de la Acusación y Ministerio Público de la Defensa; Reconocimiento de Consejos y Colegios Profesionales y Cajas de Previsión y Seguridad Social; Defensoría del Pueblo; Federalismo de Concertación; Cláusula Democrática y Republicana; y Causa Malvinas.
Posteriormente, siempre en la 1ª reunión de Comisión, se había avanzado con las Secciones Segunda, Tercera, Cuarta y Sexta y sus respectivas Cláusulas Transitorias, es decir, con la “Sección Segunda – Capítulo Único – Régimen Electoral”, artículos 28 y 29; Sección Tercera – Capítulo I – Poder Legislativo, Capítulo II – Cámara de Diputados, Capítulo III – Cámara de Senadores, Capítulo IV – Atribuciones del Poder Legislativo; Capítulo V – Formación y Sanción de las Leyes, del artículo 30 al artículo 61; Sección Cuarta – Poder Ejecutivo, Capítulo I – Organización, Capítulo II – Elección del Gobernador y Vicegobernador, Capítulo III – Atribuciones del Poder Ejecutivo, Capítulo IV – Ministros del Poder Ejecutivo, Capítulo V – Tribunal de Cuentas, Capítulo VI – Fiscal de Estado, desde el artículo 62 al artículo 82; y Sección Sexta – Capítulo Único – Juicio Político, del artículo 98 al artículo 105, aunque en este caso sólo el artículo 98 está habilitado.
En esta 2ª reunión de Comisión del martes 26 de agosto, en dos etapas, se avanzó con Sección Quinta – Capítulo Único – Poder Judicial, desde el artículo 83 al artículo 97; Sección Séptima – Capítulo Único – Régimen Municipal, del artículo 106 al 108; Sección Octava – Capítulo Único – Educación, del artículo 109 al artículo 113; Sección Novena – Capítulo Único – Reforma de esta Constitución, artículos 115 y 116; y Disposiciones Transitorias (artículo 116 con muchos ítems y muchísimos incisos) Cláusulas Transitorias; teniendo en cuenta que se deberá coordinar, sistematizar, armonizar, ordenar, enumerar, renumerar e integrar las disposiciones que no alteren el sentido y la elaboración del texto ordenado único y final de la reforma constitucional.
Entonces, en la 2ª reunión de Comisión Redactora de este martes 26 de agosto a partir de las 10:20 con la presencia de integrantes de dos Comisiones Temáticas (Comisión de Funcionamiento del Estado y Participación Ciudadana que preside Germana Figueroa Casas y Comisión de Poder Legislativo y Poder Ejecutivo que preside Rodrigo Borla) se resolvieron algunas diferencias y se acordaron algunas redacciones nuevas, y de tal modo presentaron los convencionales el proyecto de reforma de esta Comisión Redactora dictaminado, antes de las 14:00, ante la reunión de Labor Parlamentaria convocada para el mediodía, es decir, 24 horas antes de la convocatoria a la 6ª sesión plenaria de Convención Reformadora, que se prolongó durante casi tres horas.
Por lo tanto, dentro de los marcos legales y reglamentarios, se aprobarían los artículos de las Secciones Tercera y Cuarta (Poder Legislativo y Poder Ejecutivo), desde el artículo 31 al artículo 82, solo los habilitados por Ley Nº 14.384, y el artículo 98 (Juicio Político) de Sección Sexta de nuestra Constitución Provincial, corregidos, mejorados y aumentados, en la 6ª sesión plenaria de Convención Reformadora del miércoles 27 de agosto a partir de las 14:00 y serían devueltos a la reunión de Comisión Redactora para las correcciones lingüísticas de estilo.
La 3ª reunión de Comisión se llevará a cabo el jueves 28 de agosto a las 10:00 con los integrantes de Comisión de Funcionamiento del Estado y a las 12:00 con los miembros de Comisión de Régimen Municipal. El martes 2 de setiembre a las 10:00 con los convencionales de Comisión de Poder Judicial y el jueves 4 de setiembre a las 10:00 con los de Comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías.
La reunión de Labor Parlamentaria de Convención convocada para las 12:00 de este martes 26 de agosto por la presidencia (Felipe Michlig) se realizó a los fines de organizar y planificar el Orden del Día y, en función de ello, luego de finalizada la misma, se retomó la reunión de Comisión Redactora que pasara a tres períodos de Cuarto Intermedio, para continuar con otras Secciones de nuestra Constitución Provincial, tal se detalla más arriba.
El miércoles 27 de agosto, a las 14:00, se realizará la 6ª sesión del plenario de Convención Reformadora, en la cual se aprobarían los artículos modificados concernientes al Poder Legislativo y Poder Ejecutivo, incluyendo el artículo 98 corregido (Juicio Político) y la reelección del gobernador y el vicegobernador, y las Cláusulas Democráticas relacionadas, con vuelta a Comisión Redactora para la corrección lingüística de estilo.
Se sucederán las próximas reuniones de Comisión Redactora hasta el jueves 4 de setiembre, tal se detalla más arriba.
Y, finalmente, según Cronograma de Sesiones Plenarias, además de la 6ª sesión plenaria del miércoles 27 de agosto (Poder Legislativo y Poder Ejecutivo), las próximas sesiones se realizarán el viernes 29 de agosto (Funcionamiento del Estado), el lunes 1º de setiembre (Régimen Municipal), el miércoles 3 de setiembre (Poder Judicial) y el viernes 5 de setiembre (Declaraciones, Derechos y Garantías), y las últimas el martes 9 y el miércoles 10 de setiembre (sesión final), todas a partir de las 14:00.
No se descarta que el miércoles 10 de setiembre ó, en su defecto, el jueves 11 de setiembre, se proceda al juramento por parte de los 69 convencionales de la nueva Constitución Reformada 2025. Y, también, en el Museo de Constitución, en fecha a confirmar, con alumnos de distintos establecimientos educativos.
Publicado: 26/Agosto/2025
Luego de cumplir con un proceso de labor signado por un amplio trabajo de diálogo, participación y apertura, este martes 26 de agosto, en dos etapas, una antes de la reunión de Labor Parlamentaria y otra después de la misma, esta Comisión Redactora siguió con el avance en la redacción de artículos habilitados para su modificación, textos y artículos nuevos y cláusulas transitorias de Constitución Provincial 2025.
Y, para ello, se continuó con la lectura de artículos de Constitución 1962, artículos habilitados por Ley Nº 14.384 y, finalmente, dictámenes de mayoría con la nueva redacción para cada artículo habilitado a su modificación, en este caso los correspondientes a las otras Secciones de nuestra Constitución Provincial, nuevamente con una participación masiva de los miembros integrantes y de otros convencionales pertenecientes a las Comisiones de Funcionamiento del Estado y Participación Ciudadana y de Poder Legislativo y Poder Ejecutivo que presiden Germana Figueroa Casas y Rodrigo Borla, respectivamente.
Cabe recordar que corresponde a esta Comisión Redactora “la recepción de los despachos de las otras Comisiones sobre las cuestiones de su competencia específica, los ajustes de redacción que no alteren el sentido y la elaboración del texto ordenado único y final de la reforma de la ‘Constitución Provincial’”, según reza el artículo 33 del Reglamento Interno en su primer párrafo.
“Los despachos parciales que elabore y presente esta Comisión Redactora, deberán indicar los artículos que se incorporen como nuevos, bajo la denominación provisoria del artículo correspondiente, así como también los artículos que quedan derogados de la ‘Constitución Provincial’”, estipula el segundo párrafo.
Esta Comisión Redactora integrada por 18 convencionales: Joaquín Andrés Blanco (UCSF-PS) (presidente), Lucas Galdeano (UCSF), Lisandro Enrico (UCSF), Claudia Levin (UCSF), Fabián Bastía (UCSF), Hugo Rasetto (UCSF), Lucas Incicco (UCSF), Josefina del Río (UCSF), Lionella Cattalini (UCSF), Armando Traferri (MSF), Diego Giuliano (MSF), Lucila De Ponti (MSF), Patricia Boni (MSF) (secretaria), Nicolás Mayoraz (LLA), Marcos Peyrano (LLA), Emiliano Peralta (SVyL), Marcelo Lewandowski (Activemos) y Caren Fruh (FE), prosiguió este martes 26 de agosto la tarea de la definición de los textos que serán derivados al plenario de la “Convención Constituyente Reformadora”.
Y, en esta 2ª reunión de Comisión Redactora que se prolongó desde las 10:20 hasta las 17:20, incluyendo un triple pase a Cuarto Intermedio de dos horas, se continuó con la lectura de artículos de Constitución 1962, artículos habilitados por Ley Nº 14.384 y Dictámenes de Mayoría de los Artículos a modificar y Cláusulas Transitorias.
En la 1ª etapa de esta 2ª reunión de Comisión se avanzó y dictaminó lo concerniente al Poder Legislativo y Poder Ejecutivo de nuestra Constitución Provincial y se giró dicho dictamen a Labor Parlamentaria para su pase al plenario de Convención, juntamente con una Cláusula Transitoria.
Y, al respecto, “se incorpora el perfil industrial” con rango constitucional como agregado después del inciso 27) del artículo 55 (Atribuciones del Poder Legislativo) con “una redacción concisa”, y, en relación a “indultar y conmutar penas” según el inciso 17) del artículo 72 (Atribuciones del Poder Ejecutivo) se propuso una redacción nueva en el marco de la “Cláusula Democrática” con el agregado de “…atentar contra el orden democrático…” y se conserva en la compatibilización la palabra “amnistía”.
No prosperó el cambio de denominación “Cámara de Diputadas y Diputados” y “Cámara de Senadoras y Senadores” que había propuesto Lucila De Ponti en los artículos 32, 36 y 37, como tampoco el agregado de “sistema D’Hondt” y quedó solo “sistema proporcional” en el artículo 32, alegándose que “en el futuro pueden surgir sistemas proporcionales superadores”.
Sí, en cambio, se aceptó el agregado de “ciudadano argentino” en los artículo 33 y 37.
En cuanto al artículo 54 inciso 5) referido a la “sanción ficta” y su ampliación, se acordó “…expresa y efectiva para los miembros integrantes de Corte Suprema de Justicia, Fiscal General y Defensor General…”, ante el “silencio de Asamblea Legislativa”.
Y, finalmente, en el artículo 55 inciso 27), se mantuvo “…bancos y otras instituciones de crédito” sin el agregado de “…acceso a los mercados…” que sí se incluye en el artículo 72 inciso 19).
Seguidamente, a las 11:30, se pasó a un Cuarto Intermedio hasta las 13:00 y, nuevamente, ante la propuesta de Fabián Bastía, se pasó a otro Cuarto Intermedio hasta las 14:00 para terminar de “pulir” la redacción de los artículos sobre Poder Legislativo y Poder Ejecutivo y su pase a la reunió de Labor Parlamentaria de Convención que había iniciado su tarea a las 12:00 y concluyó un par de horas después.
En la 2ª etapa, esto es, después de los pases a Cuarto Intermedio por la participación de muchos convencionales en la reunión de Labor Parlamentaria de Convención, se retomó y procedió a la lectura del Dictamen de Mayoría de UCSF (Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Cláusula Transitoria), continuó y/o retomó con los Artículos habilitados para la reforma, cada uno con Texto Nuevo y, una vez despachados y dictaminados, se giraron al plenario de Convención Reformadora. MSF se sumó al Poder Legislativo y presentó Dictamen en Minoría por el Poder Ejecutivo.
LLA presentó 3 Dictámenes en Minoría. Activemos adhirió al Poder Legislativo y presentó Dictamen en Minoría por el Poder Ejecutivo. SVyL adhirió al Poder Legislativo y Poder Ejecutivo pero no acompañó Cláusula Transitoria. FE acompañó los 3 Dictámenes de Mayoría (UCSF).
Entonces, por el Poder Legislativo (Sección III), se modificaron los artículos 32, 33, 34, 37, 38, 40, 51, 54 inciso 5), 55 con 28 incisos, 56, 58 y 61. Por el Poder Ejecutivo (Sección IV – Capítulos 1, 2, 4 y 6) se modificaron los artículos 64, 72 con 24 incisos y el Artículo 98 de la Sección VI, y, por Cláusula Transitoria (Sección III, Sección IV y Sección VI) en relación a los mandatos (8 años para gobernador y vicegobernador y hasta 12 años para diputados y senadores si se presentan y son reelectos), es decir, la forma de considerar primer mandato para unos y no para los otros.
Se tomaron 30 minutos en las bancas para firmar los Dictámenes y, a renglón seguido, se abocaron al “Poder Judicial” con los artículos 84, 86, 88, 91 y 93. Si bien esta Sección V – Capítulo Único – Poder Judicial contempla desde el artículo 83 al artículo 97, solo los artículos 84, 86, 88, 91 y 93 con 7 incisos, que estaban habilitados por Ley Nº 14.384, se modificaron, a los cuales se adicionaron Artículos Nuevos.
Y, en este caso, se avanzó con los artículos referidos al Poder Judicial, “…el Procurador General seguirá integrando y formando parte de Corte Suprema hasta su jubilación” pero a su fin “no se designará un nuevo Procurador para que la integre”.
También se avanzó con los “procedimientos para la selección de jueces, fiscales del MPA (Ministerio Público de la Acusación) y defensores del MPD (Ministerio Público de la Defensa) ex SPPDP (Servicio Público Provincial de la Defensa Penal) que se encuentren en trámite” y, por ello, “hasta la entrada en vigencia de esta Constitución 2025, seguirán en tal condición (trámite) hasta su finalización en el marco de la normativa vigente al inicio del procedimiento”.
Y, de igual modo, “hasta que no estén dictadas las leyes que regulan el funcionamiento del Consejo Asesor de Magistratura y Selección y del MPA, los procesos disciplinarios seguirán bajo la órbita de los institutos actuales”.
Asimismo para el MPD (Ministerio Público de la Defensa), es decir, “hasta que no se sancionen las leyes que reglamenten su organización, que subsumirá las funciones de las defensorías civiles y pupilares, estos organismos seguirán manteniendo su lugar institucional en el marco de la normativa vigente”.
Y, con Artículos Nuevos, el Ministerio Público (MP) como “órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera, que se compone del MPA y del MPD”, designación, duración y remoción del Fiscal General, Defensor General.
El Consejo Asesor de Magistratura y Selección (Consejo Asesor del Gobernador según Diego Giuliano) se integra con un representante y/o integrante del Poder Judicial (del MPA o MPD), un diputado, un senador, un abogado y un académico (profesor por concurso).
Y, para los enjuiciables, un Tribunal de Enjuiciamiento integrado por un juez, fiscal o defensor, 2 senadores, 2 diputados y 2 abogados. También Artículos Nuevos para Defensoría del Pueblo y funciones.
14 Cláusulas Transitorias para plazo de 2 años para caducidad de leyes; Procurador General; procedimiento para designación (en trámite); Consejo Asesor; procedimiento disciplinario; Tribunal de Enjuiciamiento y enjuiciables; MPD y Ministerio Pupilar; Fiscal General, Fiscales Regionales y Fiscales; Agentes del MPA y MPD (ex SPPDP) y su traslado y conservación de empleo y remuneración; Ley para el MP (Ministerio Público); expropiación; procedimiento contencioso administrativo; y otras.
Y, en la continuidad de la reunión de Comisión Redactora, se avanzó con “Régimen Municipal”, Artículos 106 y 107 con 9 ítems, Derecho a la Ciudad, Ordenamiento Territorial, Áreas Metropolitanas y Regionalización y Recursos con Artículos Nuevos y varias Cláusulas Transitorias.
Y, seguidamente, con la Sección VIII – Capítulo Único – Educación, con modificaciones a los Artículos 109, 110, 111 y 113, y derogación del Artículo 112.
Y, nuevamente, se acordó convocar a una u otra Comisión Temática para resolver diferencias en las próximas reuniones de Comisión Redactora, en este caso Comisión de Funcionamiento del Estado para el jueves 28 de agosto a las 10:00 y Comisión de Régimen Municipal a las 12:00.
No habrá reunión de Comisión Redactora el miércoles 27 de agosto. Se convocará para el martes 2 de setiembre a las 10:00 a Comisión de Poder Judicial y para el jueves 4 de setiembre a las 10:00 a Comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías.
En la 1ª reunión de Comisión Redactora se había leído el Preámbulo, que no se modifica, y se había avanzado con la “Sección Primera – Capítulo Único – Principios, Derechos, Garantías y Deberes”, desde el artículo 1º al artículo 28, con la inclusión de artículos nuevos, algunos complementarios de varios de los artículos reformados y muchísimos otros correspondientes a las Cláusulas Transitorias, que serán numerados y/o renumerados.
Las Cláusulas Transitorias corresponden a los Mecanismos de Participación Ciudadana y de Democracia Semi-Directa; Seguridad Pública; Derechos Digitales; Servicios Públicos; Ciencia e Innovación; Derecho a la Ciudad; Protección del Ambiente; Derecho al Agua; Consumidores y Usuarios; Principios en materia de Políticas Públicas; Medidas de Acción Positiva; Ministerio Público, Consejo Asesor de la Magistratura y Selección de Magistrados, Jueces, Fiscales y Defensores, Ministerio Público de la Acusación y Ministerio Público de la Defensa; Reconocimiento de Consejos y Colegios Profesionales y Cajas de Previsión y Seguridad Social; Defensoría del Pueblo; Federalismo de Concertación; Cláusula Democrática y Republicana; y Causa Malvinas.
Posteriormente, siempre en la 1ª reunión de Comisión, se había avanzado con las Secciones Segunda, Tercera, Cuarta y Sexta y sus respectivas Cláusulas Transitorias, es decir, con la “Sección Segunda – Capítulo Único – Régimen Electoral”, artículos 28 y 29; Sección Tercera – Capítulo I – Poder Legislativo, Capítulo II – Cámara de Diputados, Capítulo III – Cámara de Senadores, Capítulo IV – Atribuciones del Poder Legislativo; Capítulo V – Formación y Sanción de las Leyes, del artículo 30 al artículo 61; Sección Cuarta – Poder Ejecutivo, Capítulo I – Organización, Capítulo II – Elección del Gobernador y Vicegobernador, Capítulo III – Atribuciones del Poder Ejecutivo, Capítulo IV – Ministros del Poder Ejecutivo, Capítulo V – Tribunal de Cuentas, Capítulo VI – Fiscal de Estado, desde el artículo 62 al artículo 82; y Sección Sexta – Capítulo Único – Juicio Político, del artículo 98 al artículo 105, aunque en este caso sólo el artículo 98 está habilitado.
En esta 2ª reunión de Comisión del martes 26 de agosto, en dos etapas, se avanzó con Sección Quinta – Capítulo Único – Poder Judicial, desde el artículo 83 al artículo 97; Sección Séptima – Capítulo Único – Régimen Municipal, del artículo 106 al 108; Sección Octava – Capítulo Único – Educación, del artículo 109 al artículo 113; Sección Novena – Capítulo Único – Reforma de esta Constitución, artículos 115 y 116; y Disposiciones Transitorias (artículo 116 con muchos ítems y muchísimos incisos) Cláusulas Transitorias; teniendo en cuenta que se deberá coordinar, sistematizar, armonizar, ordenar, enumerar, renumerar e integrar las disposiciones que no alteren el sentido y la elaboración del texto ordenado único y final de la reforma constitucional.
Entonces, en la 2ª reunión de Comisión Redactora de este martes 26 de agosto a partir de las 10:20 con la presencia de integrantes de dos Comisiones Temáticas (Comisión de Funcionamiento del Estado y Participación Ciudadana que preside Germana Figueroa Casas y Comisión de Poder Legislativo y Poder Ejecutivo que preside Rodrigo Borla) se resolvieron algunas diferencias y se acordaron algunas redacciones nuevas, y de tal modo presentaron los convencionales el proyecto de reforma de esta Comisión Redactora dictaminado, antes de las 14:00, ante la reunión de Labor Parlamentaria convocada para el mediodía, es decir, 24 horas antes de la convocatoria a la 6ª sesión plenaria de Convención Reformadora, que se prolongó durante casi tres horas.
Por lo tanto, dentro de los marcos legales y reglamentarios, se aprobarían los artículos de las Secciones Tercera y Cuarta (Poder Legislativo y Poder Ejecutivo), desde el artículo 31 al artículo 82, solo los habilitados por Ley Nº 14.384, y el artículo 98 (Juicio Político) de Sección Sexta de nuestra Constitución Provincial, corregidos, mejorados y aumentados, en la 6ª sesión plenaria de Convención Reformadora del miércoles 27 de agosto a partir de las 14:00 y serían devueltos a la reunión de Comisión Redactora para las correcciones lingüísticas de estilo.
La 3ª reunión de Comisión se llevará a cabo el jueves 28 de agosto a las 10:00 con los integrantes de Comisión de Funcionamiento del Estado y a las 12:00 con los miembros de Comisión de Régimen Municipal. El martes 2 de setiembre a las 10:00 con los convencionales de Comisión de Poder Judicial y el jueves 4 de setiembre a las 10:00 con los de Comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías.
La reunión de Labor Parlamentaria de Convención convocada para las 12:00 de este martes 26 de agosto por la presidencia (Felipe Michlig) se realizó a los fines de organizar y planificar el Orden del Día y, en función de ello, luego de finalizada la misma, se retomó la reunión de Comisión Redactora que pasara a tres períodos de Cuarto Intermedio, para continuar con otras Secciones de nuestra Constitución Provincial, tal se detalla más arriba.
El miércoles 27 de agosto, a las 14:00, se realizará la 6ª sesión del plenario de Convención Reformadora, en la cual se aprobarían los artículos modificados concernientes al Poder Legislativo y Poder Ejecutivo, incluyendo el artículo 98 corregido (Juicio Político) y la reelección del gobernador y el vicegobernador, y las Cláusulas Democráticas relacionadas, con vuelta a Comisión Redactora para la corrección lingüística de estilo.
Se sucederán las próximas reuniones de Comisión Redactora hasta el jueves 4 de setiembre, tal se detalla más arriba.
Y, finalmente, según Cronograma de Sesiones Plenarias, además de la 6ª sesión plenaria del miércoles 27 de agosto (Poder Legislativo y Poder Ejecutivo), las próximas sesiones se realizarán el viernes 29 de agosto (Funcionamiento del Estado), el lunes 1º de setiembre (Régimen Municipal), el miércoles 3 de setiembre (Poder Judicial) y el viernes 5 de setiembre (Declaraciones, Derechos y Garantías), y las últimas el martes 9 y el miércoles 10 de setiembre (sesión final), todas a partir de las 14:00.
No se descarta que el miércoles 10 de setiembre ó, en su defecto, el jueves 11 de setiembre, se proceda al juramento por parte de los 69 convencionales de la nueva Constitución Reformada 2025. Y, también, en el Museo de Constitución, en fecha a confirmar, con alumnos de distintos establecimientos educativos.
Publicado: 26/Agosto/2025
Fuente: Fernando Brosutti

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